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Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 9 Viernes, 12 de enero de 2024 Pág. 2803

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 26 de diciembre de 2023, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña, por el que se publica la clasificación, por sentencia judicial, de parte del Monte Castro en el ayuntamiento de Mazaricos como monte vecinal en mano común a favor de la comunidad de montes de Fornis (Id.-93).

En la sesión celebrada, el día 16 de noviembre de 2023, por el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales de A Coruña figura el siguiente acuerdo:

Antecedentes:

El 15.12.2017 se recibió solicitud de la CMVMC de Fornís para la clasificación de parte del Monte Castro como MVMC; adjuntaron la sentencia del Juzgado de Primera instancia de Corcubión, de fecha 30 de julio de 2002, declarativa de la titularidad del monte por prescripción adquisitiva en favor de la CMVMC de Fornís. Consta la declaración de firmeza de la sentencia.

El monte objeto del procedimiento consta de dos parcelas de 215 y 4,5 ha, respectivamente, que se describen en el apartado a) del escrito de reconvención y que se identifican con los siguientes lindes:

Norte:

Parcela número 1: monte público Pedregal y Ruña, situado en la parroquia de Arcos y, seguidamente, con el monte público Ruña de Beba; tal lindero se delimita por la línea señalada por los piquetes 113, 114, 115 y siguientes hasta el 128, incluido, del deslinde administrativo del monte Cadaval, Ruña y otros.

Parcela número 2: propiedades de los vecinos de Fornís. Esta delimitación se encuentra señalada por la línea que une los piquetes 154, 153, 152, 138z1, 138z, 138y y 138x del deslinde administrativo del monte público Cadaval, Ruña y otros.

Sur:

Parcela número 1: propiedades particulares de los vecinos de Fornís y Loureiro y monte público Cadaval, Ruña y otros, del que los separa el arroyo denominado Rego do Telleiro. El límite se encuentra señalado por la línea que une los piquetes 145, 146, 147, 148, 149, 150, 151, 138z2, 138z3 y siguientes hasta el 138 del ya citado deslinde administrativo.

Parcela número 2: con el arroyo denominado Rego do Telleiro se encuentra señalado este límite con la línea que une los piquetes 138x y 154 del referido deslinde.

Este:

Parcela número 1: propiedades particulares de los vecinos de Fornís y Loureiro y Monte do Castro. Este linde se encuentra delimitado por la línea señalada por los piquetes 128, 129, 130 y siguientes correlativos hasta el 145, incluido, del deslinde administrativo ya citado Cadaval Ruña y otros.

Parcela número 2: propiedades de los vecinos de Fornís. Esta delimitación se encuentra señalada por la línea que une los piquetes 154, 153, 152, 138z1, 138z, 138Y, 138x del deslinde administrativo del monte público Cadaval, Ruña y otros

Oeste:

Parcela número 1: monte público Cadaval, Ruña y otros, fincas particulares de Fornís y Loureiro y monte público Cadaval y Ruña; el linde se encuentra señalado por la línea que une los piquetes 138 al 113 pasando por los piquetes intermedios 109, 110, 111 y 112 del deslinde administrativo ya citado

Parcela número 2: propiedades de los vecinos de Fornís. Esta delimitación se encuentra señalada por la línea que une los piquetes 158, 153, 152, 138z1, 138z, 138y y 138x del deslinde administrativo del monte público Cadaval, Ruña y otros.

Se señala que el referido monte se encuentra inscrito desde el año 1988 en el Registro de la propiedad de Muros a favor de la Comunidad de Montes en Mano Común de Fornís y Loureiro (finca número 19084.0) en el tomo 339, libro 105 y folio 105.

En el expediente consta informe favorable del jefe de Sección de MVMC, según el cual el monte:

1. Ocupa una superficie de 39,6 ha.

2. Los lindes quedan descritos de la siguiente manera:

Norte: propiedades particulares, y un pequeño tramo con MVMC de Beba, Agar y Outeiro de Bois.

Este: propiedades particulares.

Sur: propiedades particulares.

Oeste: con el MVMC de Fornís y Loureiro de la misma CMVMC.

3. Consta de un enclavado con una superficie de 0,25 ha.

Una vez examinada dicha sentencia, el jurado, por unanimidad, acuerda dar cumplimiento al establecido en ella, de manera que se proceda a su inscripción en la sección provincial del Registro de Montes Vecinales en Mano Común (exp. 428), con la planimetría y lindes que constan en la carpeta elaborada por el Servicio de Montes.

Al desconocerse el nombre y dirección de los posibles titulares de derechos e intereses sobre el referido monte, por medio del presente anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se comunica dicho acuerdo. Asimismo, se hace constar que la eficacia de la notificación quedará supeditada a su publicación en el tablón de edictos único (TEU) del Boletín Oficial del Estado (BOE).

A Coruña, 26 de diciembre de 2023

El presidente del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales de A Coruña
P.S. (Resolución de 7.7.2022)
Ofelia Rivas Vázquez
Jefa del Servicio Jurídico-Administrativo