DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 244 Miércoles, 27 de diciembre de 2023 Pág. 70844

IV. Oposiciones y concursos

Universidad de Santiago de Compostela

RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 2023 por la que se modifica la composición del tribunal calificador de las pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de acceso libre, las plazas de PAS funcionario y PAS laboral del marco de estabilización extraordinaria de empleo temporal.

Mediante la Resolución rectoral de 5 de diciembre de 2023, publicada en el Diario Oficial de Galicia de 16 de diciembre de 2021, se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de acceso libre, las plazas de PAS funcionario y PAS laboral del marco de estabilización extraordinaria de empleo temporal.

En la base 5.5 de dicha resolución se dispone que la autoridad convocante publicará en el Diario Oficial de Galicia resolución por la que se nombra a los nuevos miembros que tengan que sustituir a los que hayan perdido su condición.

De conformidad con la mencionada base, como consecuencia de la renuncia de uno de sus miembros, el rector

RESUELVE:

Primero. Aceptar la renuncia presentada por Maruxa Casal Reyes, personal directivo profesional, nombrada presidenta titular del tribunal calificador.

Segundo. Nombrar a María Elena Meaños Melón, funcionaria de carrera de la escala técnica superior de la USC, presidenta titular.

Tercero. Nombrar a Carlos Alberto Gómez Otero, funcionario de carrera de la escala técnica superior de la USC, presidente suplente en sustitución de María Elena Meaños Melón.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

No obstante, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que la dictó. En este caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo mencionado en el párrafo anterior mientras no se dicte resolución expresa o presunta del recurso administrativo de reposición, al amparo del artículo 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 15 de diciembre de 2023

Antonio López Díaz
Rector de la Universidad de Santiago de Compostela