DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 242 Viernes, 22 de diciembre de 2023 Pág. 70240

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

EXTRACTO de la Orden de 11 de diciembre de 2023 por la que se regula el Plan de rehabilitación de caminos de zonas de concentración o reestructuración parcelaria 2023-2024 de mejora de caminos municipales de zonas de concentración o reestructuración parcelaria finalizadas, cofinanciado con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), al amparo del Plan de desarrollo rural de Galicia 2014-2020 (código de procedimiento MR101L).

BDNS (Identif.): 733888.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Ayuntamientos beneficiarios

1. Pueden ser ayuntamientos beneficiarios todos los ayuntamientos de Galicia que cumplan los siguientes requisitos:

a) Tener, dentro de sus límites, zonas de reestructuración o concentración parcelaria finalizadas.

b) Contener un mínimo de 10 quilómetros de caminos en dichas zonas.

c) Tener un porcentaje de uso de la tierra, según la definición del artículo 2, superior al 39 %.

d) Haber remitido al Consejo de Cuentas las cuentas del último ejercicio presupuestario a que legalmente estén obligados antes del vencimiento del plazo de presentación de la solicitud de la ayuda.

e) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no tener pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de Galicia. Este requisito se comprobará con anterioridad a dictar la correspondiente propuesta de resolución de concesión, teniendo en cuenta el límite máximo para resolver este procedimiento, según lo que se determina en el artículo 18 de esta orden.

2. No podrán tener la condición de ayuntamientos beneficiarios los ayuntamientos que estén incursos en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 10.2 y 3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Segundo. Objeto

El objeto de esta orden es:

a) Establecer las normas de gestión del procedimiento para la concesión de las ayudas que se otorguen al amparo del Plan de rehabilitación de caminos de zonas de concentración o reestructuración parcelaria 2023-2024 de mejora de caminos municipales de zonas de concentración o reestructuración parcelaria finalizadas.

b) Aprobar las bases reguladoras y convocar las ayudas para el año 2024.

c) Aprobar los importes máximos para cada ayuntamiento.

d) Aprobar los formularios para la gestión del procedimiento.

e) Aprobar el modelo de resolución de concesión de la ayuda.

Tercero. Bases reguladoras

Estas ayudas se otorgarán al amparo de lo dispuesto en la Orden de 11 de diciembre de 2023 por la que se regula el Plan de rehabilitación de caminos de zonas de concentración o reestructuración parcelaria 2023-2024 de mejora de caminos municipales de zonas de concentración o reestructuración parcelaria finalizadas, cofinanciado con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), al amparo del Plan de desarrollo rural de Galicia 2014-2020 (código de procedimiento MR101L).

Cuarto. Importe

La cuantía global de estas ayudas será, para el año 2024, de seis millones de euros (6.000.000,00 €), con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Quinto. Solicitud y plazo de presentación

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado que figura como anexo IV disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 11 de diciembre 2023

José González Vázquez
Conselleiro del Medio Rural