DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 233 Lunes, 11 de diciembre de 2023 Pág. 67973

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 15 de noviembre de 2023, de la Jefatura Territorial de Ourense, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción y se declara, en concreto, de utilidad pública, a los efectos de la urgente ocupación, de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Baños de Molgas (expediente IN407A 2023/077-3).

Examinado el expediente instruido a solicitud de UFD Distribución Electricidad, S.A. sobre las autorizaciones administrativas previa y de construcción y la declaración, en concreto, de utilidad pública de las instalaciones eléctricas que se describen a continuación:

Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Domicilio social: avenida de San Luis, 77, 28033 Madrid.

Denominación: LMTA, CTI y RBT Xocín.

Situación: lugar de Xocín, ayuntamiento de Baños de Molgas.

Presupuesto: 88.127,03 €.

Características principales del proyecto que fue firmado el 27.10.2022 por el ingeniero técnico industrial Antonio Javier Sabín Vázquez, colegiado núm. 2233 del Coeticor:

• LMT aérea, a 20 kV, de 606 m de longitud, en conductor LA-56, con origen en el apoyo proyectado número 82-11 de la LMT SRS805, de celosía metálica, del tipo C-16/3000, y final en el CT intemperie proyectado.

• CT intemperie proyectado, para situar en el apoyo número 6, de celosía metálica, del tipo C-14/3000, con transformador de 50 kVA de potencia aparente y r/t de 20.000/400 V.

La información pública del proyecto fue realizada mediante el Acuerdo de esta jefatura territorial de 28.4.2023, que fue insertado en el DOG de 25.5.2023 y en el periódico La Región de Ourense de 22.5.2023. El proyecto también estuvo en exposición pública en esta jefatura territorial y en el portal de transparencia de esta consellería durante el plazo reglamentario. Dentro del plazo establecido para ello fueron presentadas las siguientes alegaciones:

• Constantino Iglesias Bouzas, alegaciones relativas a la titularidad de las fincas núms. 7, 8, 9 y 13 de la relación de bienes y derechos afectados (en adelante, RBDA).

• Rocío Gómez Cid, en representación de Dolores Basilisa Cid Novoa, alegaciones relativas a la titularidad de la finca núm. 38 de la RBDA.

• María Pilar Salgado Iglesias, alegaciones relativas a la titularidad de las fincas núms. 39 y 40 de la RBDA.

UFD contestó a las citadas alegaciones manifestando que toma notas de las mismas y considera a los alegantes como propietarios de las fincas referenciadas y que serán convocados para el levantamiento de actas previas, en la hora y fecha que les serán notificadas para que puedan presentarse y manifestar lo que consideren oportuno.

Para dar cumplimiento al artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se realizó el trámite de notificación a desconocidos con el correspondiente anuncio que se insertó en el DOG de 4.7.2023 y en el TEU del BOE de 10.7.2023, con su corrección de errores de 3.10.2023.

En consecuencia, cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en los capítulos II y V del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, así como en la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero), esta jefatura territorial

RESUELVE:

Conceder las autorizaciones administrativas previa y de construcción y declarar, en concreto, la utilidad pública de dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.

Estas autorizaciones se otorgan sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de seis meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Que por el representante de la Administración, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 149 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dé comienzo al levantamiento de las actas previas a la ocupación, en los días y horas que a cada interesado se le notifique de manera individual, de aquellas fincas que figuran en el anexo del acuerdo de información pública del proyecto.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Ourense, 15 de noviembre de 2023

Alicia María López Míguez
Jefa territorial de Ourense