DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 231 Martes, 5 de diciembre de 2023 Pág. 67062

I. Disposiciones generales

Consellería de Hacienda y Administración Pública

ORDEN de 27 de noviembre de 2023 por la que se modifica el Decreto 165/2019, de 26 de diciembre, por el que se establece el procedimiento para la adquisición de la condición de personal funcionario de carrera por el personal laboral fijo del Convenio colectivo único del personal laboral de la Xunta de Galicia.

La disposición final segunda del Decreto 165/2019, de 26 de diciembre, por el que se establece el procedimiento para la adquisición de la condición de personal funcionario de carrera por el personal laboral fijo del Convenio colectivo único del personal laboral de la Xunta de Galicia, establece que su anexo puede ser modificado mediante orden de la persona titular de la consellería competente en materia de función pública.

La primera modificación de dicho anexo se hizo mediante la Orden de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, de 10 de marzo de 2021, por la que se modifica el anexo del Decreto 165/2019, de 26 de diciembre, por el que se establece el procedimiento para la adquisición de la condición de personal funcionario de carrera por el personal laboral fijo del Convenio colectivo único del personal laboral de la Xunta de Galicia (DOG núm. 61, de 31 de marzo).

En virtud de la Ley 18/2021, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, de la Ley 5/2022, de 21 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público de la Comunidad Autónoma de Galicia, y de la Ley 7/2022, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, se crearon una serie de escalas de personal funcionario de carrera en previsión de los procedimientos de funcionarización.

La presente orden responde a la finalidad de recoger de manera completa y ordenada todas las categorías profesionales del personal laboral de la Xunta de Galicia que son susceptibles de ser sometidas a los procesos de funcionarización.

La presente Orden cumple los principios de buena regulación establecidos en el artículo 37.a) de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico y en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Así, el principio de necesidad de esta norma viene determinado por la necesidad de dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, relativas a que los puestos deben ser cubiertos por personal funcionario, así como para homogeneizar el régimen jurídico y condiciones de trabajo aplicables a este; se respeta el principio de proporcionalidad, ya que las modificaciones introducidas derivan de las modificaciones en las escalas y especialidades propuestas por las leyes de medidas fiscales y administrativas, así como por el desarrollo del propio proceso de funcionarización; el principio de seguridad jurídica se garantiza toda vez que la presente norma se aprueba en ejercicio de la habilitación normativa prevista en la disposición final segunda del Decreto 165/2019, de 26 de diciembre; asimismo, se respeta el principio de transparencia, promoviéndose la más amplia participación de la ciudadanía, así como el principio de accesibilidad; finalmente, en virtud de los principios de simplicidad y eficacia, y dentro del objetivo de simplificación administrativa de la normativa aplicable, se evitan las cargas administrativas innecesarias o accesorias.

En consecuencia, haciendo uso de las facultades que me confieren los artículos 34.6 y 38 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, la disposición final segunda del Decreto 165/2019, de 26 de diciembre, y demás disposiciones de general aplicación, de acuerdo con el Consejo Consultivo,

ACUERDO:

Artículo único. Modificación del Decreto 165/2019, de 26 de diciembre, por el que se establece el procedimiento para la adquisición de la condición de personal funcionario de carrera por el personal laboral fijo del Convenio colectivo único del personal laboral de la Xunta de Galicia

Se modifica el anexo del Decreto 165/2019, de 26 de diciembre, por el que se establece el procedimiento para la adquisición de la condición de personal funcionario de carrera por el personal laboral fijo del Convenio colectivo único del personal laboral de la Xunta de Galicia, que queda redactado como sigue:

«ANEXO

Equivalencias entre las categorías profesionales de personal laboral y las escalas de personal funcionario

Grupo I.

Categoría profesional personal laboral

Escala de personal funcionario equivalente

I-02: titulado/a superior médico/a

Cuerpo facultativo superior de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de facultativos.

Especialidad de medicina (subgrupo A1)

I-25: titulado/a superior médico/a (especialidad medicina deportiva)

I-03: titulado /a superior químico/a

Cuerpo facultativo superior de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de ciencias.

Especialidad de química (subgrupo A1)

I-10: titulado/a superior biólogo/a

Cuerpo facultativo superior de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de ciencias.

Especialidad de biología (subgrupo A1)

I-01: director/a de residencia. Director/a de centro educativo. Director/a de residencia juvenil. Técnico/a deportivo/a. Jefe/a internado/a

Cuerpo superior de la Administración general de la C.A. de Galicia (subgrupo A1) o cualquier otra escala o especialidad del subgrupo A1

I-04: titulado/a superior

I-09: titulado/a superior economista

I-14: titulado/a superior sociólogo/a

I-19: titulado/a superior especialista. Farmacéutico/a

I-21: técnicos/as de protocolo

I-23: documentalista

I-27: coordinador/a de actividades externas

I-29: jefe de departamento de Personal y Gestión Económica-Administrativa del Igaem

I-30: relaciones públicas del Igaem

I-31: titulado/a superior de formación ocupacional

I-05: titulado/a superior veterinario/a

Cuerpo facultativo superior de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de veterinarios (subgrupo A 1).

I-06: titulado/a superior psicólogo/a

Cuerpo facultativo superior de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de facultativos.

Especialidad de psicología (subgrupo A1).

I-11: titulado/a superior pedagogo/a

Cuerpo facultativo superior de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de facultativos.

Especialidad de pedagogía (subgrupo A1).

I-17: bibliotecario/a

Cuerpo facultativo superior de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de facultativos de archivos, bibliotecas y museos.

Especialidad de bibliotecas (subgrupo A1).

I-18: licenciado/a informático/a

Cuerpo superior de Administración general de la C.A. de Galicia-escala de sistemas y tecnología de la información (subgrupo A1).

I-37: titulado/a superior ambiental

Cuerpo facultativo superior de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de ciencias-especialidad biología; o Especialidad química; o especialidad ciencias del mar (subgrupo A1).

Cuerpo facultativo superior de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de Ingenieros.

Especialidad ingeniería de montes (subgrupo A1).

I-38: técnico/a superior en defensa contra incendios

Cuerpo facultativo superior de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de ingenieros.

Especialidad de ingeniería de montes (subgrupo A1)

I-40: titulado/a superior lingüista

Cuerpo facultativo superior de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de expertos/as lingüistas (subgrupo A1).

Grupo II.

Categoría profesional personal laboral

Escala de personal funcionario equivalente

II-01: director/a-administrador/a. Director/a de centro social. Director/a casa juventud. Director/a de centro. Director/a clínica deportiva. Jefe/a del servicio administrativo del Igaem

Cuerpo de Gestión de la Administración general de la C.A. de Galicia (subgrupo A2) o cualquier otra escala o especialidad del subgrupo A2

II-07: titulados/as de grado medio

II–21: monitor/a ocupacional

II-37: titulado/a medio/a de formación ocupacional

II-02: ATS. Enfermero/a. Practicante. DUE

Cuerpo facultativo de grado medio de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de técnicos facultativos.

Especialidad de enfermería (subgrupo A2).

II-06: educador/a profesor/a especial

Cuerpo facultativo de grado medio de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de técnicos facultativos.

Especialidad educador social (subgrupo A2).

II-08: director/a de guardería infantil

Cuerpo facultativo de grado medio de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de técnicos facultativos.

Especialidad educador infantil (subgrupo A2).

II-40: maestro/a especialista en educación infantil

II-11: fisioterapeuta

Cuerpo facultativo de grado medio de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de técnicos facultativos.

Especialidad de fisioterapia (subgrupo A2).

II-13: logopeda

Cuerpo facultativo de grado medio de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de técnicos facultativos.

Especialidad de logopedia (subgrupo A2).

II-17: asistente/a social

Cuerpo facultativo de grado medio de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de técnicos facultativos.

Especialidad de trabajo social (subgrupo A2).

II-20: terapeuta ocupacional

Cuerpo facultativo de grado medio de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de técnicos facultativos.

Especialidad de terapia ocupacional (subgrupo A2).

II-27: técnico/a superior diplomado/a en informática

Cuerpo de gestión de la Administración general da C.A. de Galicia-escala de gestión de sistemas de informática (subgrupo A2).

II-31: restaurador/a

Cuerpo facultativo de grado medio de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala técnica de restauración.

Especialidad de documentos gráficos o especialidad de bienes artísticos y arqueológicos (subgrupo A2).

II-39: técnico/a forestal defensa contra incendios forestales

Cuerpo facultativo de grado medio de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de ingenieros técnicos.

Especialidad de ingeniería técnica forestal (subgrupo A2).

II-41: técnico/a ambiental

Cuerpo facultativo de grado medio de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de ingenieros técnicos.

Especialidad de ingeniería técnica forestal (subgrupo A2).

Grupo III.

Categoría profesional personal laboral

Escala de personal funcionario equivalente:

III-02: encargado/a administrativo/a, jefe/a de negociado, jefe/a de administración, jefe 2ª administración, administrador/a, secretario/a administrador/a residencia juvenil, administrador/a de producción de centros, secretario/a de dirección del Igaem, ayudante/a de dirección y difusión da música, ayudante/a de dirección y difusión del CDG

Cuerpo administrativo de la Administración general de la C.A. de Galicia (subgrupo C1).

III-05: intendente, encargado/a de establecimiento, encargado/a de almacén

III-32: encargado/a de reprografía

III-33: encargado/a supervisor de telefónica.

III-38: supervisor/a radioteléfono. Jefe sala Cecop

III-40: ayudante/a de producción

III-48: ayudante auxiliar inspección tributaria

III-62: oficial/a 1ª administrativo/a, oficial/a administrativo/a, secretario/a administrativo/a administrativo/a provincial, administrativo/a agrupación, administrativo/a, inspector/a administrativo/a

III-04: gobernante/a, gobernante servicios domésticos, encargado/a de lavadero, ropero

Cuerpo de ayudantes de carácter facultativo de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala técnica de gobernantes/as.

Especialidad gobernante/a (subgrupo C1).

III-78: subgobernante/a

III-01: encargado/a de equipos mecánicos. Mecánico/a supervisor/a. Agente auxiliar de inspección. Contramaestre

Cuerpo de ayudantes de carácter facultativo de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala técnica de mantenimiento de servicios (subgrupo C1).

III-06: jefe/a de servicios técnicos. Encargado/a de mantenimiento. Conservador/a de edificios. Encargado/a oficios varios mantenimiento. Jefe/a de taller. Encargado/a de trabajos. Especialista de oficios

 

III-69: oficial/a servicios técnicos. Oficial/a 1ª de mantenimiento. Oficial/a 1ª de oficios varios. Oficial/a de 1ª

El personal de la categoría profesional III-69 destinado en el Instituto de Estudios del Territorio (IET) o en cualquier otra entidad recogida en el artículo 45.a) de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre (Lofaxga), según las funciones que desempeñe, se funcionariza en el cuerpo administrativo de Administración general de la C.A. de Galicia (subgrupo C1).

III-82: mecánico/a inspector. Oficial/a 1ª mecánico/a. Técnico/a auxiliar

 

III-07: técnico/a práctico/a en control y vigilancia de obras, técnico/a

 

III-08: encargado/a general.

Cuerpo administrativo de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de agentes de inspección.

Especialidad de vigilancia de carreteras (subgrupo C1).

III-09: técnico/a práctico/a en control y vigilancia de obras, explotación y conservación de carreteras

 

III-23: celador/a de carreteras, capataz de brigada

 

III-60: auxiliar técnico/a de obra, auxiliar técnico/a de obra TIE

El personal de las categorías profesionales III-08 y III-67 destinado en Augas de Galicia se funcionariza en el cuerpo administrativo de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de dominio público hidráulico (subgrupo C1).

III-64: oficial/a 1ª tractorista. Tractorista. Operador/a maquinaria pesada

 

III-67: capataz de obras, capataz cuadrilla, jefe/a equipo, oficial/a 1ª obra CTOP, capataz

 

III-11: encargado/a agrario/a

Cuerpo de ayudantes de carácter facultativo de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala técnica de recursos naturales y forestales (subgrupo C1).

III-68: oficial/a 1ª agrario/a. Capataz agrario

III-80: capataz establecimiento

III-14: Jefe/a de cocina

Cuerpo de ayudantes de carácter facultativo de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala técnica de cocina (subgrupo C1).

III-65: Oficial/a 1ª de cocina. Oficial/a 1ª cocinero/a. Jefe/a cocina. Cocinero/a de 1ª

III-17: analista de laboratorio

Cuerpo de ayudantes de carácter facultativo de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala técnica de análisis de laboratorio (subgrupo C1).

III-29: delineante de 1ª

Cuerpo de técnicos de carácter facultativo de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala técnica de delineantes (grupo B).

III-30: programador/a

Cuerpo administrativo de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala técnica auxiliar de informática (subgrupo C1).

III-91: técnico/a especialista en informática

III-49: agente auxiliar de inspección de transportes

Cuerpo administrativo de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de agentes de inspección.

Especialidad de movilidad (subgrupo C1).

III-50: técnico/a especialista en jardín de infancia

Cuerpo de técnicos de carácter facultativo de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de agentes técnicos facultativos.

Especialidad de educación infantil (grupo B).

(técnicos/as superiores en educación infantil)

III-63: oficial/a 1ª conductor. Conductores/as

Cuerpo de ayudantes de carácter facultativo de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala técnica de conducción (subgrupo C1).

III-90: animador/a sociocultural

Cuerpo de técnicos de carácter facultativo de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de agentes técnicos facultativos.

Especialidad animación sociocultural (grupo B).

III-100: bombero/a forestal jefe/a de brigada

Cuerpo de técnicos de carácter facultativo de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala técnica del SPDCIF.

Especialidad bombero/a forestal jefe/a de brigada (grupo B).

Grupo IV.

Categoría profesional personal laboral

Escala personal funcionario equivalente

IV-01: auxiliar grabación, oficial/a 2ª linotipista, auxiliar administrativo/a, oficial/a administrativo/a, técnico/a auxiliar de informática, operador/a maquinaria elemental, auxiliar

Cuerpo auxiliar de Administración general de la C.A. de Galicia (subgrupo C2).

IV-17: almacenero/a, despensero/a

IV-20: conserje

IV-22: oficial/a segunda de reprografía

IV-28: auxiliar producción-dirección

IV-30: auxiliar de formación ocupacional

IV-32: operador/a codificador/a de datos de defensa contra incendios forestales

IV-03: auxiliar sanitario, auxiliar clínica, auxiliar psiquiátrico/a

Cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de auxiliares de clínica (subgrupo C2).

IV-04: auxiliar hogar, cuidador/a auxiliar, auxiliar cuidador/a, auxiliar de internado.

Cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala auxiliar de cuidadores (subgrupo C2).

III-99: cuidador/a extinguir

IV-05: oficial/a 2ª de cocina. Cocinero/a oficial 2ª

Cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala auxiliar de cocina (subgrupo C2).

IV-06: ayudante/a de servicios técnicos. Oficial 2ª de establecimiento

Cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala auxiliar de mantenimiento (subgrupo C2).

IV-18: oficial/a de segunda

IV-09: oficial/a 2ª agrario

Cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala auxiliar de recursos naturales y forestales (subgrupo C2).

IV-40: oficial/a 2ª forestal

IV-42: oficial/a de establecimiento

IV-11: auxiliar de laboratorio

Cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala auxiliar de laboratorio (subgrupo C2).

IV-16: conductor/a

Cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala auxiliar de conducción (subgrupo C2).

IV-33: bombero/a forestal conductor de motobomba

Cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la C.A. de Galicia-escala auxiliar del SPDCIF-especialidad bombero/a forestal-conductor/a motobomba (subgrupo C2).

IV-35: auxiliar de archivos y bibliotecas

Cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala auxiliar de archivos, bibliotecas y museos.

Especialidad archivos y bibliotecas (subgrupo C2).

IV-36: auxiliar de museos

Cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala auxiliar de archivos, bibliotecas e museos.

Especialidad de museos (subgrupo C2).

IV-43: gerocultor/a

Cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la C. A. de Galicia- Escala de gerocultor/a (subgrupo C2).

IV-44: PSG

Cuerpo auxiliar de Administración general de la C.A. de Galicia-escala de PSG (subgrupo C2).

V-09: celador/a de 2ª. Vigilante de recursos naturales

Cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de guardas de recursos naturales (subgrupo C2).

Grupo V.

Categoría profesional personal laboral

Escala personal funcionario equivalente

V-03: ordenanza, celador/a, vigilante de oficinas, vigilante nocturno/a, vigilante, subalterno/a, portero/a recepcionista, telefonista, sereno/a, guarda

Agrupación profesional de personal funcionario de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de personal subalterno.

V-10E: vigilante de archivos, bibliotecas y museos

V-12: peón/a, laborante, barrendero/a, mozo/a servicios, mozo/a laboratorio, jardinero/a, mozo/a transportes, peón/a jardinero/a, mozo/a subalterno, mozo/a mantenimiento/a, mozo/a subalterno

Agrupación profesional de personal funcionario de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de personal de mantenimiento.

V-02: ayudante/a trabajos u oficios. Ayudante albañil. Peón/a especializado/a. Fontanero/a. Ayudante/a. Hortelano/a Ayudante de trabajos. Encargado/a jardín

V-01: camarero/a limpiador/a. Ayudante de cocina. Planchador/a. Costurero/a. Cortador/a lavandero/a

Agrupación profesional de personal funcionario de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de personal de limpieza y cocina y recursos naturales y forestales.

Especialidad personal de limpieza y cocina.

V-11: limpiador/a. Fregador/a Empleado/a comedor. Empleado/a de cocina-pinche. Servicio doméstico. Mozo/a de limpieza. Pinche de cocina. Personal servicios generales

V-10B: vigilante fijo/a de defensa contra incendios forestales

Cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala auxiliar del SPDCIF.

Especialidad de Vigilante Fijo (subgrupo C2).

V-10C: emisorista de defensa contra incendios forestales

Cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala auxiliar del SPDCIF.

Especialidad emisorista (subgrupo C2).

V-08: peón/a agrario/a

Agrupación profesional de personal funcionario de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala de personal de limpieza y cocina y recursos naturales y forestales

Especialidad personal de recursos naturales e forestales.

V-10 F: peón/a forestal

V-14: bombero/a forestal

Cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la C.A. de Galicia-escala auxiliar del SPDCIF.

especialidad Bombero/a Forestal (subgrupo C2)».

V-14A: bombero/a forestal conductor/a

Disposición final única. Entrada en vigor

La presente orden entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 27 de noviembre de 2023

Miguel Corgos López-Prado
Conselleiro de Hacienda y Administración Pública