DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 229 Viernes, 1 de diciembre de 2023 Pág. 66747

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Narón

ANUNCIO de la aprobación definitiva del proyecto de equidistribución del polígono 1 del área de reparto del Plan de sectorización del ámbito I establecido en la modificación puntual del Plan general de ordenación municipal del SRAU del entorno del polígono industrial Río do Pozo.

La Junta de Gobierno local, en la sesión ordinaria que tuvo lugar el 25 de mayo de 2023, acordó la aprobación definitiva del proyecto de equidistribución del polígono 1 del área de reparto del Plan de sectorización del ámbito I establecido en la modificación puntual del PGOM del SRAU del entorno del polígono industrial Río do Pozo, redactado por el abogado César Pérez Maldonado y el arquitecto Alfredo Garrote Pazos, incluyendo valoraciones de aprovechamiento realizadas por la arquitecta María Meroño Pardo de Vera, así como la ratificación del convenio urbanístico propuesto para la monetización del deber legal de cesión del aprovechamiento urbanístico correspondente al Ayuntamiento, suscrito por Iván Luis Menéndez Díaz, en representación de Cementos Tudela Veguín, S.A., y por la Alcaldía Presidencia, a los efectos de su firma.

Conforme a lo establecido en el artículo 403.1 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, se publica en el Diario Oficial de Galicia el texto del convenio, junto con su acuerdo de aprobación aludido en el párrafo anterior.

«Convenio urbanístico de monetización del aprovechamiento municipal.

En el Ayuntamiento de Narón,

Comparecen:

De una parte: Marián Ferreiro Díaz, alcaldesa del Ayuntamiento de Narón.

Y de otra parte: Iván Luis Menéndez Díaz, con NIF ***5706** y domicilio a estos efectos en la Urbanización ************, Principado de Asturias.

Intervienen:

La alcaldesa, en nombre y representación del Ayuntamiento de Narón, conforme a lo dispuesto en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local.

Iván Luis Menéndez Díaz, en nombre y representación de la entidad mercantil Cementos Tudela Veguín, S.A., con CIF A74314980 y dirección en calle Argüelles, núm. 25, 33003 Oviedo, de acuerdo con documento de apoderamiento que se adjunta como anexo 1.

Ambas partes se reconocen mutua y recíproca capacidad para formalizar el presente convenio, y libremente y al efecto,

EXPONEN:

I. Antecedentes de tramitación.

1. El Ayuntamiento de Narón cuenta como instrumento de planeamiento con un plan general de ordenación municipal (PGOM), que fue objeto de una modificación puntual (en lo que se refiere a este ámbito de solo rústico apto para urbanizar del entorno del polígono industrial Río do Pozo), que resultó aprobada definitivamente por Orden de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de fecha 4.11.2010 (DOG núm. 225, de 23 de noviembre).

2. En desarrollo de sus determinaciones se tramitó el Plan de sectorización del ámbito I, aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión de 31.1.2013 (DOG núm. 40, de 26 de febrero), que incluía entre sus determinaciones la delimitación del polígono núm. 1 al que se refiere el presente documento.

3. En ejecución de las determinaciones del planeamiento señalado constituyeron la Junta de Compensación polígono 1, SRAU-1 Río do Pozo ante el notario de Narón Juan de la Riva López-Rioboo, el 29 de abril de 2014, con número 723 de su protocolo, el propietario entonces mayoritario de los terrenos en el ámbito del polígono, Cementos Tudela Veguín, el Ayuntamiento de Narón como Administración tutelante y las hermanas Fortúnez Cabada, adheridas posteriormente.

4. Cementos Tudela Veguín, S.A. adquirió a las hermanas Fortúnez Cabada la porción de la finca de su propiedad incluida en el ámbito de actuación (7.997/12.292 avas partes), en virtud de escritura de compraventa autorizada ante el notario Pedro Luis García de los Huertos Vidal el día 4 de febrero de 2020 bajo el número 253 de orden de protocolo, convirtiéndose de esta forma, en la actualidad, Cementos Tudela Veguín, S.A., en propietario único de terrenos de titularidad privada en el ámbito de actuación.

5. En tal condición, Cementos Tudela Veguín, S.A. formula el proyecto de equidistribución al que este convenio urbanístico se incorpora como anexo IV, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, que aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, del suelo de Galicia (en adelante RLSG).

II. Determinaciones urbanísticas del proyecto de equidistribución a efectos del presente convenio.

1. Los parámetros urbanísticos de partida resultantes del planeamiento que se ejecuta son los siguientes:

Polígono 1

Uso pormenorizado

Superficie de suelo (m2)

Sup. construible uso lucrativo
(m2 construibles)

Parcial

Total

Parcial

Total

Espacios libres públicos

P1-EL

7.279

7.279

--------------------

---------------------

Equipamientos públicos

P1-EQ

1.456

1.456

--------------------

---------------------

Plazas aparcamiento

Dom. público: 66

--------------------

---------------------

Adaptadas: 2

--------------------

Industrial-terciario

P1-M1

52.095

52.095

16.615,04

16.615,04

Servicios técnicos

-----------

0

0

--------------------

---------------------

Pantalla verde

0

0

--------------------

--------------------

Viario rodado y aparcamientos

4.327

4.327

--------------------

---------------------

Aparcamiento vehículos pesados

0

--------------------

--------------------

Total polígono 1

65.157

16.615,04

2. Sobre esa base y a los efectos del presente convenio, el Ayuntamiento de Narón es titular del 10 % del aprovechamiento en el ámbito de actuación, que equivale a mil seiscientos sesenta y una, con cincuenta unidades de aprovechamiento (1.661,50 u.a.).

3. Se incorpora como anexo 3 de este convenio identificación gráfica del ámbito.

III. Propuesta de monetización.

Dada la dificultad de establecer una parcelación que permita la materialización del aprovechamiento correspondiente al Ayuntamiento en una parcela única, cumpliendo con las condiciones mínimas exigidas en la normativa, el promotor propone, y el Ayuntamiento de Narón acepta, la monetización de dicho aprovechamiento señalado en el epígrafe anterior.

Por esto, coincidiendo la voluntad de ambas partes y amparándose en lo dispuesto en los artículos 29.b) de la Ley 2/2016, del suelo de Galicia, y 43.d) y 400.2 de su reglamento, formalizan el presente convenio urbanístico de gestión, de acuerdo con las siguientes,

ESTIPULACIONES:

Primera. Objeto

1. El presente convenio urbanístico tiene por objeto sustituir el aprovechamiento correspondiente al Ayuntamiento de Narón en el polígono 1, SRAU-1 Río do Pozo, (obligación legal de cesión obligatoria, gratuita y libre de cargas del suelo correspondiente al 10 % del aprovechamiento tipo del área de reparto), por su equivalente económico.

2. Este aprovechamiento, que proviene de la cesión del 10 %, se cuantifica en 1.661,50 unidades de aprovechamiento.

Segunda. Valoración del aprovechamiento municipal

Se incorpora como anexo 2 a este convenio el Informe de valoración del aprovechamiento correspondiente al Ayuntamiento de Narón en el polígono 1 del Plan de sectorización del ámbito 1, SRAU Río do Pozo, proveniente de la cesión legal del 10 %, a efectos de su monetización, formulado por la arquitecta superior María Meroño Pardo de Vera, del que resulta un valor de noventa y un mil quinientos sesenta y dos euros con cuarenta y siete céntimos (91.562,47 €).

Tercera. Pago y destino de la monetización

1. El promotor deberá proceder al pago de dicha cantidad con anterioridad a la inscripción del proyecto de equidistribución en el Registro de la Propiedad y, en consecuencia, en el plazo máximo de tres meses a partir de la firmeza en vía administrativa del acuerdo de aprobación definitiva de dicho proyecto, debiendo aportar en dicho plazo copia de la carta de pago en las dependencias municipales.

2. El Ayuntamiento de Narón se obliga a respetar lo dispuesto en los artículos 132 a 134 de la LSG, y 329 a 331 y siguientes del RLSG en cuanto al destino y a la transmisión del patrimonio público del suelo.

Cuarta. Formalización del convenio

1. La validez y vinculación del presente convenio queda supeditada a su formalización y perfeccionamiento de acuerdo con lo indicado en los artículos 401 a 403 del RLSG.

2. Todos los gastos e impuestos que se originen como consecuencia de este convenio serán abonados por cada parte según la legislación vigente.

Y para que así conste y en prueba de conformidad, firman el presente convenio las partes contratantes el presente documento.

Los anexos aludidos en este convenio se encuentran incorporados al proyecto de equidistribución aprobado por la Junta de Gobierno local en fecha 25.5.2023 y del que este convenio forma parte, (…)».

Narón, 10 de agosto de 2023

Manuel Antonio Ramos Rodríguez
Alcalde accidental