DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 227 Miércoles, 29 de noviembre de 2023 Pág. 65877

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Política Social y Juventud

ORDEN de 17 de noviembre de 2023 por la que se convoca la provisión, por el sistema de libre designación, de cinco puestos de trabajo vacantes en esta consellería.

De conformidad con lo establecido en el artículo 92 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, y en el artículo 16 del Decreto 93/1991, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, promoción profesional y promoción interna, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 17.2.c) de la misma ley, esta consellería

DISPONE:

Primero. Anunciar la convocatoria para cubrir, por el sistema de libre designación, los puestos de trabajo que se indican en el anexo I de esta orden.

Segundo. Podrán concurrir a ella las personas que reúnan las condiciones que para los puestos de trabajo se señalan en el anexo I.

Tercero. Las solicitudes se dirigirán a la Consellería de Política Social y Juventud y se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos, en el plazo de quince (15) días contados a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia, conforme al modelo que se incluye como anexo II. Para presentar dichas solicitudes, en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal está disponible el formulario normalizado correspondiente al procedimiento administrativo PR004A, y para la presentación electrónica se podrá emplear cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.

Cuarto. Las personas aspirantes deberán aportar con la petición un currículo y justificar, mediante certificación o copia electrónica auténtica de los documentos acreditativos, los méritos que aleguen.

Los méritos alegados y no probados según se indica en el párrafo anterior no se tendrán en cuenta.

Quinto. En caso de que resulten seleccionados/as para ocupar los puestos de trabajo que se anuncian en el anexo I de esta orden unos/unas funcionarios/as con destino en otras administraciones públicas, se tramitará su traslado a esta comunidad autónoma, conforme al artículo 67 del Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, y demás disposiciones concordantes.

Sexto. La resolución de esta convocatoria se hará pública en el Diario Oficial de Galicia y podrán declararse desiertos los puestos de trabajo, de considerarse oportuno.

Séptimo. El plazo de toma de posesión será de tres (3) días hábiles, si no implica cambio de residencia; de siete (7) días hábiles, si comporta cambio de residencia, o de veinte (20) días hábiles, si comporta el reingreso al servicio activo, conforme a lo establecido en el artículo 14 del Decreto 93/1991, de 20 de marzo, modificado por el Decreto 166/2013, de 14 de noviembre.

El plazo de toma de posesión empezará a contar a partir del día siguiente al cese, que deberá producirse dentro de los tres (3) días siguientes al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, o desde la fecha en que se comunique la resolución del traslado a la Comunidad Autónoma, para el caso de funcionarios/as de otras administraciones públicas.

Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión empezará a contar a partir del día siguiente a la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Octavo. Contra esta orden, que agota la vía administrativa, los/las interesados/as podrán interponer recurso potestativo de reposición, ante la conselleira de Política Social y Juventud, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o podrán impugnarla directamente, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente, en el plazo de dos (2) meses contados a partir de la misma fecha, según lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 17 de noviembre de 2023

Fabiola García Martínez
Conselleira de Política Social y Juventud

ANEXO I

Denominación

Código

Nivel

Compl. Específico

Gr.

Cuerpo/ escala

Adscr. Adm. p.

Formación específica

Centro destino

Localidad

Observaciones

Subdirector/a general de Recursos y Equipamientos de Apoyo a la Discapacidad

PSC050000115770001

30

24.428,04

A1

General

A15

640

Dirección General de Personas con Discapacidad

Santiago de Compostela

Subdirector/a general de Programas de Apoyo a la Discapacidad

PSC050000215770001

30

24.428,04

A1

General

A15

640

Dirección General de Personas con Discapacidad

Santiago de Compostela

Subdirector/a general de Recursos Residenciales y Atención Diurna de Mayores

PSC060000115770001

30

24.428,04

A1

General

A15

640

Dirección General de Mayores y Atención Sociosanitaria

Santiago de Compostela

Subdirector/a general de Atención Sociosanitaria e Innovación Asistencial

PSC060000215770001

30

24.428,04

A1

General

A15

640

Dirección General de Mayores y Atención Sociosanitaria

Santiago de Compostela

Subdirector/a general de Envejecimiento Activo, Prevención de la Dependencia e Innovación Sociosanitaria

PSC060000315770001

30

24.428,04

A1

General

A15

640

Dirección General de Mayores y Atención Sociosanitaria

Santiago de Compostela

Adscripción a administraciones públicas:

A15: adscripción indistinta a funcionarios de la Xunta de Galicia, Estado y CC.AA., y personal estatutario del Servicio Gallego de Salud y personal laboral de la Xunta de Galicia.

Formación específica:

640: para personal de otra Administración, curso de perfeccionamiento de gallego (requisito indispensable).