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Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 225 Lunes, 27 de noviembre de 2023 Pág. 65447

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de A Pontenova

ANUNCIO por el que se aprueba definitivamente el proyecto de expropiación forzosa, por el procedimiento de tasación conjunta, de los bienes y derechos que se precisan ocupar para la ejecución de la ampliación del parque empresarial de A Pontenova, Lugo (sector S-PE2).

1. El Pleno del Ayuntamiento de A Pontenova en virtud del Acuerdo de 28 de febrero de 2023 acordó aprobar inicialmente el proyecto de expropiación forzosa de referencia y someterlo a información pública por el plazo de un mes, mediante la inserción de los anuncios en el Diario Oficial de Galicia (DOG núm. 78, de 24 de abril), en un periódico de los de mayor circulación de la provincia (El Progreso, edición de 24 de abril de 2023, página 19) y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de A Pontenova desde el 24 de abril hasta el 24 de mayo de 2023. Asimismo, se le notificó al Ministerio Fiscal y a la Delegación Provincial del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

La tasación de los bienes y derechos que se precisan ocupar en este expediente se les notificó individualmente a las personas que aparecen como sus respectivos titulares, mediante traslado literal de la correspondiente hoja de valoración y de la propuesta de fijación de los criterios de valoración, para que puedan formular alegaciones en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de notificación. Además, a estas personas interesadas se les envió también una copia del citado Acuerdo de 28 de febrero de 2023.

2. El Ayuntamiento de A Pontenova, el 20 de junio de 2023, emitió certificado de las alegaciones presentadas en su registro de entrada por los interesados en el expediente.

3. Finalizados esos trámites, la Administración actuante, por medio del perito Víctor Manuel de la Cruz Vigo, ingeniero agrónomo, colegiado nº 464 del COIA de Galicia, elaboró un informe individualizado sobre cada una de las alegaciones presentadas, así como las preceptivas hojas de precio justo definitivas.

4. La gerente de Xestión do Solo de Galicia, Xestur, S.A., beneficiaria de la expropiación, firmó la correspondiente certificación sobre la disponibilidad presupuestaria para la adquisición de terrenos de esta actuación.

Consideraciones legales:

Primera. El proyecto de expropiación forzosa se tramita por el procedimiento de tasación conjunta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia (LSG).

Segunda. El citado proyecto tiene por objeto la expropiación por parte del Ayuntamiento de A Pontenova, en beneficio de Xestión do Solo de Galicia, Xestur, S.A., de los bienes y derechos que se precisan ocupar para la ejecución de la ampliación del parque empresarial de A Pontenova, Lugo (sector S-PE2).

De conformidad con lo dispuesto en el número 10 del artículo 118 del LSG, el acuerdo de aprobación definitiva del expediente de tasación conjunta implicará la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados.

Tercera. El expediente tramitado reúne la documentación relacionada en el artículo 118.1 de la LSG. Dice así el citado artículo:

«1. En los supuestos del procedimiento de tasación conjunta, el expediente contendrá los siguientes documentos:

a) Delimitación del ámbito territorial, con los documentos que lo identifiquen en cuanto a la situación, superficie y lindes, con la descripción de bienes y derechos afectados y la relación de sus titulares.

b) Fijación de precios con la valoración razonada del suelo, según su calificación urbanística.

c) Hojas de precio justo individualizado de cada finca, que contendrá en el suelo el valor del suelo sino también el correspondiente a las edificaciones, obras, instalaciones y plantaciones.

d) Hojas de precio justo que correspondan a otras indemnizaciones.

2. El proyecto de expropiación con los documentos señalados será aprobado inicialmente y expuesto al público por el plazo de un mes, para que aquellas personas que puedan resultar interesadas formulen las observaciones y reclamaciones que consideren convenientes, en particular, en lo que se refiere a la titularidad o valoración de sus respectivos derechos».

Cuarta. El artículo 118.6 de la LSG establece que «emitido el informe sobre las alegaciones, se someterá el expediente a la aprobación del órgano municipal o autonómico que sea competente».

Pues bien, en la citada expropiación, el Ayuntamiento de A Pontenova actúa como Administración expropiadora y ostenta la potestad de expropiación forzosa en virtud del artículo 4.2 de la LSG.

De acuerdo con lo anterior, en la sesión ordinaria de 28 de septiembre de 2023, el Pleno del Ayuntamiento de A Pontenova adopta el siguiente

ACUERDO:

Primero. Desestimar las alegaciones presentadas por los motivos expresados en los informes incluidos en la memoria redactada por el perito Víctor Manuel de la Cruz Vigo, ingeniero agrónomo, colegiado nº 464 del COIA de Galicia, de lo que se remitirá copia a los interesados junto con la notificación del presente acuerdo, y aprobar las preceptivas hojas de precio justo definitivas incluidas en dicha memoria.

Segundo. Aprobar definitivamente el proyecto de expropiación, por el procedimiento de tasación conjunta, de los bienes y derechos que se precisan ocupar para la ejecución de la ampliación del parque empresarial de A Pontenova, Lugo (sector S-PE2) y, consecuentemente, la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados.

Tercero. Ordenar la notificación de este acuerdo, de manera individualizada, a todos los que aparezcan como titulares de bienes o derechos que figuran como tales en este expediente de expropiación, al cual se deberá unir la correspondiente hoja de precio justo definitiva.

Igualmente, se deberá notificar este acuerdo al Ministerio Fiscal, a los efectos establecidos en el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, en relación con los propietarios desconocidos y los no comparecientes en el expediente expropiatorio que se aprueba.

Cuarto. Ordenar la publicación de este acuerdo, así como su anexo de relación de bienes y derechos afectados, en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón edictal del Ayuntamiento de A Pontenova. Asimismo, se publicará un anuncio en el Boletín Oficial del Estado, a los efectos de que sirva de notificación a los propietarios desconocidos y de los cuales se ignore el lugar de notificación o el medio o bien, si intentada esta, no se hubiera podido prácticar, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Conforme se dispone en el artículo 118.7 de la LSG, durante el plazo de veinte días, contados desde el siguiente al de la recepción de la notificación o, en su caso, de la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado, los interesados podrán manifestar su disconformidad con la valoración fijada en el expediente aprobado, mediante escrito dirigido al Ayuntamiento de A Pontenova, en la dirección plaza del Ayuntamiento, s/n, 27720 (A Pontenova), así como en los lugares establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Transcurrido el citado plazo sin que se formule oposición a la valoración, se entenderá aceptada la que se fijó en el acto aprobatorio del expediente y se entenderá determinado el precio justo definitivamente, de conformidad con el artículo 118.8 de la LSG.

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Se incorpora como anexo la relación definitiva de bienes, derechos y titulares.

A Pontenova, 2 de noviembre de 2023

Darío Campos Conde
Alcalde

ANEXO

Relación definitiva de bienes, derechos y titulares

Nº de exp.

Pol./parc.

Referencia catastral

Titular

Superficie objeto de expropiación (m2)

1

2/320

27048F00200320

Antonio Lombardero López e Mª del Carmen Reimondo González

1.193,00

2

2/318

27048F00200318

Herederos de José Antonio Hogaza García

737,00

3

2/317

27048F00200317

Antonio Lombardero López y Mª del Carmen Reimondo González

41,00

4

2/319

27048F00200319

Perfecta Ogaza Fontangordo

2.549,00

5

2/10312

27048F00210312

Ana Iravedra Iravedra y Javier Iravedra Iravedra

155,00

6

2/5428

27048F00205428

Perfecta Ogaza Fontangordo

1.788,00

7

65184/23

6518423PJ4061N

Herederos de Perfecta Domínguez Sequeiro

248,00

8

65184/24

6518424PJ4061N

Julio Miranda Álvarez, María Oliva Seivane Otero, José María Miranda Álvarez y María Dominica Vidueiro Cabodevila

864,00

9

65184/49

6518449PJ4061N

Elena Lamas Liz

453,00

10

65184/25

6518425PJ4061N

Benancio Lastra Enríquez

449,00

11

65184/22

6518422PJ4061N

Kevin Fiallega García, Modesto García Sequeiro, María Nieves García Silván y Luis García Sequeiro

842,00