DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 224 Viernes, 24 de noviembre de 2023 Pág. 65125

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 2 de noviembre de 2023, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se conceden la autorización administrativa previa y de construcción, y se declara la utilidad pública, en concreto, a efectos de la urgente ocupación, de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Sarria (expediente IN407A 2022/132-2).

Examinado el expediente instruido a instancia de la empresa UFD Distribución Electricidad, S.A., con dirección a efectos de notificación en la avenida San Luis, 77, 28033 Madrid, se aprecian los siguientes

Antecedentes de hecho.

Primero. En fecha 31 de agosto de 2022, la citada empresa solicita la autorización administrativa previa y de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, para la instalación eléctrica LMTA SAR806-derivada a Santo Estevo CT 27A580 (Sarria), en el ayuntamiento de Sarria, presentando el preceptivo proyecto de las instalaciones a que hace referencia el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 310, de 27 de diciembre), que regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y adjuntando la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por la instalación que determina la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre), y el artículo 143 del Real decreto 1955/2000, antes citado.

Segundo. El proyecto se sometió a información pública a los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante Acuerdo de esta jefatura territorial, de 25 de octubre de 2022. Este acuerdo fue publicado en el diario El Progreso de 28 de octubre de 2022, en el tablón de anuncios de la citada jefatura territorial y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Sarria. Con este acuerdo se insertaba la relación de bienes y derechos afectados.

Asimismo, se practicó notificación individual a los interesados incluidos en la relación de bienes y derechos afectados.

Tercero. Se enviaron separatas relativas al proyecto a los diferentes organismos afectados y se cumplieron los trámites establecidos en el artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Cuarto. Durante el trámite de información pública no se presentaron alegaciones.

Quinto. Personal de los servicios técnicos de esta jefatura territorial emitió informe favorable sobre la solicitud objeto de este expediente, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Igualmente, una vez revisado sobre el terreno el trazado de la línea eléctrica proyectada, los referidos servicios técnicos informan de que no se da ninguna de las limitaciones para la imposición de la servidumbre de paso de energía eléctrica a las que se refiere el artículo 161 del Real decreto 1955/2000, en relación con el artículo 58 de la Ley 24/2013, sobre las fincas incluidas en la relación de bienes y derechos que fue objeto de información pública y sobre las que la empresa beneficiaria no llegó a un acuerdo amistoso con sus propietarios.

A estos hechos son de aplicación los siguientes

Fundamentos de derecho.

Primero. A esta jefatura territorial corresponde resolver sobre la presente solicitud de acuerdo con las competencias que resultan del Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero (DOG núm. 22, de 1 de febrero), sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia, en relación con el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Segundo. En el expediente se cumplieron los trámites señalados en el artículo 53 de la Ley 24/2013, y los reglamentarios previstos en los capítulos II y V del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, que regula el procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Tercero. A la vista del informe técnico y del resto de la documentación que figura en el expediente, se considera que procede la autorización de la instalación eléctrica.

Cuarto. Sin perjuicio de lo anterior, es necesario tener en cuenta que, conforme al artículo 151 del citado Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en cualquier momento la empresa beneficiaria y los titulares de los necesarios bienes y derechos pueden convenir un mutuo acuerdo, causando la correspondiente conclusión del expediente expropiatorio.

De acuerdo con lo expuesto, y en virtud de las competencias que tiene atribuidas, esta jefatura territorial

RESUELVE:

Primero. Conceder la autorización administrativa a la empresa UFD Distribución Electricidad, S.A. para el establecimiento de la instalación eléctrica denominada LMTA SAR806-derivada a Santo Estevo CT 27A580 (Sarria), en el ayuntamiento de Sarria, con las siguientes características técnicas principales:

• Línea de media tensión aérea de 20 kV, con una longitud de 1120 m en conductor de tipo LA-56, con origen en el apoyo existente núm. 69-30-8 (C10IHCWI) de la línea SAR806 Cogenerador Onte y Sarripi y final en el apoyo existente núm. 69-30-8-10CT en el que actualmente se sitúa el CT 27A580 San Esteban.

Segundo. Conceder la autorización administrativa de construcción para la ejecución del proyecto de la instalación eléctrica LMTA SAR806-derivada a Santo Estevo CT 27A580 (Sarria).

Tercero. Declarar la utilidad pública, en concreto, de la instalación eléctrica objeto del presente expediente, lo que implica la necesidad de ocupación de los bienes o de la adquisición de los derechos afectados y la urgente ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. Por ello, en cumplimiento de lo dispuesto en este artículo, se acuerda que el representante de la Administración dé comienzo, en la fecha y hora que a cada interesado se le notificará individualmente, al levantamiento de las actas previas a la ocupación de las fincas contenidas en la relación de bienes y derechos, publicada en el diario El Progreso de 28 de octubre de 2022 y en el Diario Oficial de Galicia de 16 de noviembre de 2022, expuestas en el tablón de anuncios de esta jefatura territorial y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Sarria. Asimismo, se hace constar que hasta el momento del levantamiento de las actas previas se podrán formular las alegaciones que se consideren oportunas, a efectos de rectificar posibles errores en la relación de bienes afectados que fue objeto de publicación en los medios y en las fechas anteriormente referidos. Estas alegaciones se deberán presentar por escrito ante esta jefatura territorial de la Consellería de Economía, Industria e Innovación (Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia en Lugo; ronda de la Muralla, 70, 27071, Lugo).

Todo ello de acuerdo con las condiciones siguientes:

Primera. Las instalaciones que se autorizan tendrán que realizarse de acuerdo con las especificaciones y con los planos que figuran en el proyecto LMTA SAR806-derivada a Santo Estevo CT 27A580 (Sarria).

Segunda. El peticionario asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, a fin de garantizar que se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad con carácter permanente.

Tercera. Se deberá cumplir cuanto establece la legislación técnica de líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, de acuerdo con el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, así como, en su caso, la legislación aplicable a las instalaciones de baja tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, de acuerdo con el Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, además del resto de normativa y directrices vigentes que sean de aplicación.

Cuarta. Para introducir modificaciones en las instalaciones que afecten a datos básicos del proyecto, será necesaria la autorización previa de esta jefatura territorial.

Quinta. El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Sexta. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.

Séptima. Como anexo a esta resolución se recoge la RBDA definitiva, que se empleará en el procedimiento expropiatorio y que coincide con la sometida a información pública.

Esta publicación se realiza igualmente a efectos del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), cuando los titulares de las fincas propuestas sean desconocidos, no se sepa el lugar de notificación o bien, intentada esta, no se haya podido realizar, y así dirigir al Ministerio Fiscal las diligencias que se produzcan de conformidad con el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación/publicación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Lugo, 2 de noviembre de 2023

Gustavo J. Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo

ANEXO I

Relación de bienes y derechos afectados por el proyecto denominado
LMTA SAR806-derivada a Santo Estevo CT 27A580 (Sarria)

Ayuntamiento: Sarria.

Expediente: IN407A 2022-132-2.

Ref. catastral

Propietario

Apoyo

Afecciones

Nº finca

Pol.

Parc.

Paraje

Cultivo

Nombre y apellidos

m2

ml aér.

m2 aér.

1

14

667

A Leira das Regas

Prado

José López López

70.0

960.0

2

14

668

A Agra dos Sarodios

Prado

José López Ares

0.0

321.0

3

14

652

O Pozo Vello

Prado

María Lili López

69-30-8-1,
69-30-8-2

4.0

112.0

1628.0

4

14

1210

Gaez

Prado

María Lili López

0.0

164.0

11

14

1287

A Cortiña

Matorral

Germán López Rodríguez

8.0

88.0

12

14

582

A Cortiña

Matorral

Germán López Rodríguez

1.0

52.0

13

14

580

A Fonte do Canto

Matorral

Germán López Rodríguez

0.0

34.0

14

14

579

Fonte Canto

Prado

Desconocido

69-30-8-3

2.0

90.0

1405.0

19

16

767

O Horto das Fontes

Labradío

Desconocido

0.0

16.0

23

16

901

A Cortiña da Costa

Matorral

Fernando López Díaz

31.0

375.0

24

16

876

Redondelo

Matorral

Desconocido

0.0

133.0

25

16

877

Fontiveira

Matorral

Desconocido

69-30-8-6

2.0

24.0

359.0

26

16

1982

As Fontes

Matorral

Desconocido

0.0

9.0

27

16

878

A Leira da Costa

Matorral

German López Rodríguez

12.0

181.0

29

16

893

As Fontes

Matorral

Desconocido

0.0

10.0

30

16

891

Santo Estevo

Matorral

Desconocido

85.0

1315.0