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Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 222 Miércoles, 22 de noviembre de 2023 Pág. 64448

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 2023, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Santiago de Compostela (expediente IN407A 2023/102-1).

Expediente: IN407A 2023/102-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación de la instalación: renovación de la LMTS SCY804 entre el CT 15CFM7 y el CT 15CTQ2.

Ayuntamiento: Santiago de Compostela.

Hechos:

Primero. El día 3 de marzo de 2023, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la mencionada instalación de distribución eléctrica, con objeto de mejorar la calidad del suministro, así como de incrementar la capacidad de transporte de la línea existente en los alrededores de la calle Regueiro de Figueiriñas, calle Oblatas, travesía del Carmen, calle de Poza de Bar, calle Campo do Cruceiro do Gaio, avenida de Compostela y avenida das Burgas, en el ayuntamiento de Santiago de Compostela. Se proyecta dejar fuera de servicio nueve tramos subterráneos de la línea de distribución de media tensión LMT SCY804, procedente de la subestación San Caetano e instalar nuevos conductores en nuevas canalizaciones.

Conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, entregan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto, y que comprende los siguientes documentos:

– Proyecto de ejecución denominado: renovación de la LMTS SCY804 entre el CT 15CFM7 y el CT 15CTQ2, firmado el 2 de febrero de 2023 por Tito Arias Santos, ingeniero técnico industrial eléctrico con número colegial LE-1010.

Segundo. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

Tercero. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dio traslado a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas de una separata del proyecto, en la parte en que la instalación pudiera afectar a bienes y derechos a su cargo, conteniendo las características de la instalación y la documentación cartográfica correspondiente. Se solicitó el preceptivo informe a Augas de Galicia-Consellería de Infraestructuras y Movilidad; Servicio del Patrimonio Cultural-Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades de A Coruña y el Ayuntamiento de Santiago de Compostela. La empresa promotora manifestó su conformidad con el condicionado establecido por el organismo afectado, a saber, Patrimonio Cultural.

Cuarto. El 22 de septiembre de 2023 se emitió un informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. El jefe territorial es competente para resolver este expediente conforme lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia; el artículo 41 del Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4 de julio), modificado por el Decreto 49/2023, de 19 de mayo (DOG núm. 98, de 25 de mayo), de acuerdo con la disposición transitoria primera del Decreto de 22 de junio por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia (DOG núm. 119, de 23 de junio de 2023).

Segunda. Legislación de aplicación:

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

Tercera. Características técnicas:

Las instalaciones de alta tensión objeto de este expediente se encuentran en la calle Regueiro de Figueiriñas, calle de Oblatas, travesía del Carmen, calle de Poza de Bar, calle Campo do Cruceiro do Gaio, avenida de Compostela y avenida das Burgas, en el ayuntamiento de Santiago de Compostela.

– LMTS (actuación 1) a 20 kV de 167 metros, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240) mm² Al, con origen en el CT Rueiro II (15CFM7) existente y final en el CT calle Oblatas 18 (15CTQ2) existente.

– LMTS (actuación 2) a 20 kV de 190 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240) mm² Al, con origen en el CS Hotel Oblatas (15CPV0) existente y final en el CT ruela Oblatas (15CXL2) existente.

– LMTS (actuación 3) a 20 kV de 320 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240) mm² Al, con origen en el CT ruela Oblatas (15CXL2) existente y final en el CT Poza de Bar (15CKB4) existente.

– LMTS (actuación 4) a 20 kV de 488 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240) mm² Al, con origen en el CT Poza de Bar (15CKB4) existente y final en el CS Sanatorio Esperanza 2 (15PTP9) existente.

– Las actuaciones proyectadas discurrirán mediante canalización subterránea en interior de tubo de polipropileno de 160 mm de diámetro en zanja de dimensiones de 0,40 metros de ancho y de entre 0,80 y 1,20 metros de profundidad, llevando a cabo la instalación por la misma de entre dos a cuatro tubos de idénticas características. La longitud total de la canalización proyectada asciende a los 859 metros.

– Puesta fuera de servicio de los tramos subterráneos de la LMT SCY804, procedente de la subestación San Caetano SCY8040387 (UNI-Al-150-RHV, expediente 52.362), SCY8040376 (UNI-Al-240-RHZ1-OL, expediente IN407A 04/17), SCY8040383 (UNI-Al-150-RHV, expediente 52.362), SCY8040371 (UNI-Al-240-RHZ1-OL), CY8040369 (UNI-Al-150-RHV), SCY8040386 (UNI-Al-150-RHV), SCY8040389 (UNI-Al-150-RHV), SCY8040385 (UNI-Al-240-RHZ1-OL, expediente IN407A 04/138) y SCY8040384 (UNI-Al-240-RHZ1-OL, expediente IN407A 04/138).

Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

– Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

– Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.

A Coruña, 30 de octubre de 2023

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña