DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 222 Miércoles, 22 de noviembre de 2023 Pág. 64460

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 6 de noviembre de 2023, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por el que se comunica a los posibles titulares de derechos e intereses el acuerdo adoptado por este jurado, relativo al deslinde del monte Faro, en el ayuntamiento de O Páramo (expediente 2_80/1DES_2019).

En la sesión celebrada por el Jurado Provincial el día 9.10.2023 figura el siguiente acuerdo:

MVMC Faro (expediente 2/80), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Friolfe, ayuntamiento de O Páramo.

El 11.1.2019 tuvo entrada una propuesta, aprobada por la comunidad de Friolfe, de deslinde parcial de su monte con propiedades particulares. La solicitud fue mejorada el 22.1.2019 y el 20.2.2019 tras serle requerido.

De acuerdo con lo establecido en el procedimiento regulado por el artículo 54 de la Ley 7/2012, de montes de Galicia, el 25.9.2019, previo informe favorable del Servicio de Montes, se publicó en el DOG el anuncio por el que se hizo pública la propuesta de deslinde y se abrió el plazo de alegaciones para el expediente 1DES_2019. Asimismo, el anuncio fue publicado en el Ayuntamiento de O Páramo y en la web de la Consellería del Medio Rural.

El 14.11.2019 la comunidad de Friolfe comunicó que no hubo alegaciones y que se ratifican en la propuesta inicial. Sobre ella, el 7.5.2021 el Servicio de Montes emitió un informe favorable, de acuerdo con lo indicado en el citado artículo 54.2.

El 19.9.2023, tras ser advertidos del archivo del expediente por falta de impulso, tuvo entrada a propuesta definitiva, ratificada por la comunidad en la asamblea de 28.8.2022, así como la documentación requerida en el artículo 54.3.

El 27.9.2023 el Servicio de Montes elaboró una memoria en la que se especifican las modificaciones que se producen como consecuencia del deslinde. Según la nueva cartografía, el monte de Faro pasa a tener una superficie de 74,11 hectáreas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 54.3 de la Ley 7/2012, en el caso de informe favorable, una vez ratificado el deslinde provisional por la asamblea general, se dará traslado al jurado provincial de los acuerdos alcanzados, el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común dictará resolución aprobatoria del deslinde.

En vista de lo anterior, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde y proceder a realizar las correcciones oportunas en el expediente, de conformidad con el informe elaborado por el Servicio de Montes.

El plano que figura en el anexo, al final de este anuncio, corresponde al monte vecinal tras el deslinde aprobado.

Contra este acuerdo, desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Lugo, 6 de noviembre de 2023

Mª Olga Iglesias Fontal
Presidenta del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo

ANEXO

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