DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 213 Jueves, 9 de noviembre de 2023 Pág. 61640

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social y Juventud

EXTRACTO de la Orden de 31 de octubre de 2023 por la que se regulan las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas económicas para compensar los gastos del servicio de comedor de las escuelas infantiles 0-3 dependientes de entidades privadas de iniciativa social para el curso 2023/24, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS420F).

BDNS (Identif.): 724995.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán optar a estas ayudas las entidades privadas de iniciativa social titulares de una o más escuelas infantiles 0-3 en funcionamiento que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia y cumplan los siguientes requisitos:

a) Que la entidad titular de la escuela infantil 0-3 que presta el servicio de comedor por la que solicita las ayudas haya sido beneficiaria de las ayudas convocadas a través de la Orden de 30 de diciembre de 2020 por la que se regulan las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para el funcionamiento de las escuelas infantiles 0-3 dependientes de entidades privadas de iniciativa social, y se procede a su convocatoria para los años 2021 y 2022 (código de procedimiento BS420A), publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 7, de 13.1.2021.

b) Estar debidamente inscritas en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS) de la Consellería de Política Social y Juventud, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 254/2011, de 23 de diciembre, por el que se regula el régimen de registro, autorización, acreditación y la inspección de los servicios sociales en Galicia.

c) Que la escuela infantil 0-3 de la entidad que presta el servicio de comedor por la que solicita las ayudas dispone del permiso de inicio de actividades para la prestación del servicio de escuela infantil otorgado por la consellería competente en la materia.

d) Que la escuela infantil 0-3 de la entidad que presta el servicio de comedor por la que solicitan las ayudas dispone de la documentación que acredita que los niños y niñas que asisten a ella siguen el calendario de vacunación infantil del Programa gallego de vacunación de conformidad con la normativa de aplicación y tienen su residencia en la Comunidad Autónoma de Galicia.

e) Que la escuela infantil 0-3 de la entidad que presta el servicio de comedor por la que se solicitan las ayudas esté aplicando, por la utilización de dicho servicio, un régimen de precios equivalente al previsto en el Decreto 49/2012, de 19 de enero, por el que se aprueba el régimen de precios de las escuelas infantiles 0-3 dependientes de la Consellería de Trabajo y Bienestar, entonces órgano competente en la materia.

Segundo. Objeto

1. Esta orden tiene por objeto establecer, en régimen de concurrencia no competitiva, el procedimiento de concesión de ayudas económicas destinadas a las entidades privadas de iniciativa social titulares de las escuelas infantiles 0-3 años con la finalidad de bonificar y compensar los gastos derivados de la prestación del servicio de comedor a los niños y niñas como personas usuarias de la escuela y de dicho servicio durante el curso escolar 2023/24, y proceder a su convocatoria (código de procedimiento BS420F).

2. A los efectos de esta orden se entiende por servicio de comedor el prestado bien por personal del propio centro, bien por personal ajeno a él y contratado con tal fin (servicio de catering), y que incluye los alimentos.

Solo podrá hacer uso del servicio de comedor los niños y niñas como personas usuarias del servicio de atención educativa de la escuela infantil 0-3.

3. No será subvencionable el uso del servicio de comedor por días sueltos.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 31 de octubre de 2023 por la que se regulan las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas económicas para compensar los gastos del servicio de comedor de las escuelas infantiles 0-3 dependientes de entidades privadas de iniciativa social para el curso 2023/24, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS420F).

Cuarto. Tipo de ayuda y cuantía

La ayuda consistirá en una compensación para sufragar los gastos del uso del servicio de comedor por cada niño o niña como personas usuarias de la escuela infantil que será la equivalente al importe que dejen de abonar las familias en las escuelas infantiles del sector público autonómico de conformidad con la normativa reguladora de su régimen de precios más la cuantía de 15,95 €/mes por cada niño o niña usuarios.

Se subvencionará un máximo de 11 meses entre el 1 de septiembre de 2023 y el 31 de julio de 2024.

Quinto. Financiación

A las ayudas objeto de esta convocatoria se destina un presupuesto total de 1.237.103,00 €, que se imputarán a la aplicación presupuestaria 13.02.312B.481.3 con el siguiente desglose:

Aplicación presupuestaria

Año 2023

Año 2024

Total

13.02.312B.481.3

449.856,00 €

787.247,00 €

1.237.103,00 €

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. De acuerdo con lo previsto en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Santiago de Compostela, 31 de octubre de 2023

Fabiola García Martínez
Conselleira de Política Social y Juventud