DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 202 Martes, 24 de octubre de 2023 Pág. 58526

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 14 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, por la que se otorga la autorización administrativa previa y se aprueba el proyecto de ejecución de la infraestructura gasista consistente en el desplazamiento de la tubería Ac. DN-6” (MOP 16 bar) de la red RAA-I022.4 e instalación de sistemas de mitigación de corriente en el tramo Rante-Seixalbo, emplazada en el ayuntamiento de Ourense y promovida por Nedgia, S.A. (expediente IN627A 2023/1-0).

Hechos:

1. El 14.3.2023 Nedgia, S.A. presentó ante la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales (en adelante, DGPERN) la solicitud de autorización administrativa y de aprobación del proyecto de ejecución de la infraestructura gasista consistente en el desplazamiento de la tubería Ac. DN-6” (MOP 16 bar) de la red RAA-I022.4 e instalación de sistemas de mitigación de corriente en el tramo Rante-Seixalbo, emplazada en el término municipal de Ourense (Ourense), a la que se asignó el número de expediente IN627A 2023/1-0.

Esta solicitud se acompañó de la siguiente documentación técnica:

– Proyecto de ejecución denominado Proyecto de desplazamiento de la tubería Ac. DN-6” (MOP 16 bar) de la red RAA-I022.4 e instalaciones de sistemas de mitigación de corriente en el tramo Rante-Seixalbo en el término municipal de Ourense (provincia de Ourense), firmado el 8.3.2023 por la ingeniera técnica industrial Alejandra Risco Barba (colegiada nº 25.430 del COITIM).

– Declaración responsable firmada el 1.2.2023 por la técnica proyectista sobre dicho proyecto, exigida en el artículo 19 del Decreto 51/2022, de 17 de marzo, por el que se actualiza la normativa en materia de seguridad industrial en la Comunidad Autónoma de Galicia para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior (DOG núm. 65, de 1 de abril).

– Separatas técnicas de dicho proyecto para las entidades afectadas en sus bienes o derechos por dicho proyecto: Ayuntamiento de Ourense, Administrador de Infraestructuras Ferroviaria (ADIF), Agencia de Infraestructuras de Galicia (AXI), UFD Distribución Electricidad, S.A. y Telefónica de España, S.A.U.

– Certificado firmado el 23.2.2023 por el ADIF sobre la disponibilidad de los terrenos necesarios para la ejecución de dicho proyecto.

Según se desprende de dicho proyecto, se contempla el desplazamiento de la red existente de gas natural RAA-I022.4, propiedad de Nedgia, S.A., y la instalación del sistema de mitigación de corriente en el tramo Rante-Seixalbo, dentro del término municipal de Ourense (provincia de Ourense), para evitar el solapamiento de dicha red con la obra proyectada por el ADIF denominada Plataforma de integración urbana y acondicionamiento de la red ferroviaria de Ourense/túnel de Rante-conexión Seixalbo, proyectándose las siguientes instalaciones:

– Desplazamiento: 252 m de conducción de acero DN 6”, en MOP 16 bar.

– Elementos auxiliares: 2 válvulas de seccionamiento DN 6”.

– Sistema de mitigación de corriente.

2. El 25.5.2023 la DGPERN dictó resolución por la que se sometió a información pública la solicitud de autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución del referido expediente.

Esta resolución se publicó en el Diario Oficial de Galicia número 111, de 13.6.2023, en el Boletín Oficial de la provincia de Ourense número 138, de 17.6.2023, y en los periódicos La Voz de Galicia, de 15.6.2023, y La Región, de 15.6.2023. Asimismo, estuvo expuesta, junto con la documentación sometida a información pública, en las dependencias de la DGPERN y de la Jefatura Territorial de Ourense de esta consellería (en adelante, Jefatura Territorial), así como en el portal de transparencia de esta consellería.

Durante el período de información pública no se presentaron alegaciones al proyecto.

3. El 29.5.2023 la DGPERN trasladó las separatas técnicas del referido proyecto de ejecución, a efectos de obtener su informe al respecto, a las siguientes entidades con bienes o derechos afectados por el mismo: Ayuntamiento de Ourense, ADIF, AXI, UFD Distribución Electricidad, S.A. y Telefónica de España, S.A.U.

Con respecto a las entidades que presentaron escritos manifestando su conformidad y/o fijando su condicionado técnico (ADIF, AXI, UFD y Telefónica), la DGPERN dio traslado de ellos a Nedgia, S.A., que presentó su conformidad con los mismos.

Con respecto a las entidades que no contestaron a la petición de informe ni a su reiteración (Ayuntamiento de Ourense), sin perjuicio de la autorización que les corresponda otorgar, se entiende su conformidad con la autorización de la infraestructura gasista proyectada, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 80 y 84 del Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.

4. El 13.6.2023 la jefatura territorial remitió a la DGPERN, en contestación a su petición, la siguiente documentación para incorporar al referido expediente:

– Certificado expedido el 13.7.2023 por los servicios técnicos de la jefatura territorial, en el que se certifica que el referido proyecto estuvo expuesto en sus oficinas, durante 20 días desde la publicación en el DOG de la resolución de información pública, y que no se presentaron alegaciones al respecto.

– Informe emitido el 13.6.2023 por los servicios técnicos de la jefatura territorial, de carácter favorable, a efectos de lo dispuesto en los artículos 81 y 84 del Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre.

Consideraciones legales y técnicas:

1. La DGPERN es competente para resolver este expediente, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 59/2023, de 14 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia (DOG núm. 113, de 15.6.2023) y en el artículo 28 del Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4.7.2022), en relación con la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos; con el Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural; y con la Orden de la Consellería de Industria y Comercio de 30.11.1999 sobre la tramitación de autorizaciones administrativas de las canalizaciones de gas (DOG núm. 244, de 21.12.1999).

2. El referido expediente se tramitó de acuerdo con el procedimiento establecido en el título IV del Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición adicional primera del Decreto 9/2017, de 12 de enero, de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1.2.2017).

De acuerdo con todo lo anterior,

RESUELVO:

1. Otorgar la autorización administrativa previa para la infraestructura gasista consistente en el desplazamiento de la tubería Ac. DN-6” (MOP 16 bar) de la red RAA-I022.4 e instalación de sistemas de mitigación de corriente en el tramo Rante-Seixalbo, emplazada en el término municipal de Ourense (provincia de Ourense) y promovida por Nedgia, S.A. (expediente IN627A 2023/1-0).

2. Aprobar el proyecto de ejecución de la citada infraestructura gasista titulado Proyecto de desplazamiento de la tubería Ac. DN-6” (MOP 16 bar) de la red RAA-I022.4 e instalaciones de sistemas de mitigación de corriente en el tramo Rante-Seixalbo en el término municipal de Ourense (Ourense).

Todo ello de acuerdo con las siguientes condiciones:

1. La empresa promotora, Nedgia, S.A., constituirá en el plazo de dos meses, a contar desde el momento del otorgamiento de la autorización, una fianza por valor de 6.079,18 €, importe del 2 % del presupuesto de las instalaciones, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones, conforme a lo previsto en el artículo 73.4 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, y en el artículo 82 del Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre. Dicha fianza se constituirá en la Caja General de Depósitos de la Consellería de Hacienda y Administración Pública de la Xunta de Galicia, en cualquiera de las formas señaladas en el artículo 11.3 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre el régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, y será devuelta una vez que se formalice el acta de puesta en marcha de las instalaciones.

2. Las instalaciones que se autorizan se realizarán de acuerdo con las especificaciones y planos que figuran en el proyecto presentado por la empresa promotora, Nedgia, S.A., titulado Proyecto de desplazamiento de la tubería Ac. DN-6” (MOP 16 bar) de la red RAA-I022.4 e instalaciones de sistemas de mitigación de corriente en el tramo Rante-Seixalbo en el término municipal de Ourense (Ourense), y firmado el 8.3.2023 por la ingeniera técnica industrial Alejandra Risco Barba (colegiada nº 25.430 del COITIM); en él figura un presupuesto sin IVA de 303.958,76 €.

3. Las instalaciones y sus montajes deberán cumplir las disposiciones y normas técnicas que en general sean de aplicación y, en particular, las correspondientes al Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos con sus instrucciones técnicas complementarias y las normas que los complementan, reglamentos electrotécnicos, normas UNE y demás normativa y directrices vigentes, así como cuantas las sustituyan o se dicten a nivel estatal o de esta comunidad autónoma, y deberán preverse para responder a los avances tecnológicos en el ámbito del gas y lograr abastecimientos flexibles y seguros.

4. Para introducir modificaciones en las instalaciones que afecten a datos básicos del proyecto será necesaria autorización previa de la DGPERN; no obstante, la jefatura territorial podrá autorizar las modificaciones de detalle del proyecto que resulten procedentes, debiendo comunicar a la DGPERN todas las resoluciones que dicte en aplicación de la citada facultad.

5. El plazo para la puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución. Una vez construidas las instalaciones autorizadas, la empresa promotora deberá presentar la solicitud de puesta en servicio ante la jefatura territorial, que deberá extenderla tras las comprobaciones técnicas que considere oportunas.

6. En cuanto a los bienes y derechos afectados por las instalaciones que se autorizan y adscritos a las distintas administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general, la empresa promotora realizará los correspondientes cruces y afecciones de acuerdo con los condicionados e informes emitidos por estos.

7. El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta resolución o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su adopción podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia al promotor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73.6 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre.

8. Esta resolución se adopta sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la referida infraestructura gasista, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, tal y como dispone el título IV del Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre.

9. Esta resolución se publicará en el Diario Oficial de Galicia y en el Boletín Oficial de la provincia de Ourense, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81.5 del Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Industria e Innovación de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Santiago de Compostela, 14 de septiembre de 2023

Pablo Fernández Vila
Director general de Planificación Energética
y Recursos Naturales