DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 201 Lunes, 23 de octubre de 2023 Pág. 58361

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 19 de septiembre de 2023, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se conceden las autorizaciones administrativas previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Salvaterra de Miño (expediente IN407A 2023/312-4).

Expediente: IN407A 2023/312-4.

Promotora: Electra Alto Miño Distribuidora de Energía, S.L.U.

Denominación: ampliación punto frontera CPM Oleiros (2ª alimentación SET Salvaterra).

Ayuntamiento: Salvaterra de Miño.

Hechos:

Primero. El 31 de mayo de 2023, Electra Alto Miño Distribuidora de Energía, S.L.U. solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica ampliación punto frontera CPM Oleiros (2ª alimentación SET Salvaterra).

Examinado el proyecto de ejecución, se concluye que consiste en la instalación de una caseta prefabricada que realizará la función de centro de protección y medida (CPM) para una segunda alimentación desde la subestación Salvaterra de UFD Distribución Eletricidad, S.A. Se pretende garantizar la seguridad del suministro eléctrico mediante la instalación de una segunda acometida, así como la interconexión entre los CPM. Las actuaciones están previstas en As Antas, en la parroquia de Oleiros, en el ayuntamiento de Salvaterra de Miño (Pontevedra).

Segundo. Esta jefatura territorial solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicios de interés general afectadas, esto es, el Ayuntamiento de Salvaterra de Miño, Red Eléctrica de España, S.A.U. y UFD Distribución Electricidad, S.A. La empresa promotora manifestó su conformidad con los condicionados emitidos por Red Eléctrica de España, S.A.U. y UFD Distribución Electricidad, S.A.

El Ayuntamiento de Salvaterra de Miño no emitió el condicionado técnico, entendiéndose, en consecuencia, su conformidad con la autorización de construcción de la mencionada infraestructura eléctrica, conforme a lo dispuesto en el artículo 131 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, sin perjuicio de la autorización que le corresponda otorgar.

Consideraciones legales y técnicas:

Primero. La Jefatura Territorial de Pontevedra es competente para resolver este expediente con fundamento en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4 de julio), y en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero).

Segundo. La legislación de aplicación al presente expediente es:

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

Tercero. Las características técnicas da instalación son las que a continuación se describen:

Centro de protección y medida Oleiros, punto frontera (CPM-2 Oleiros) en caseta prefabricada, compuesto por una celda de entrada con transformadores de medida intensidad y tensión, una celda de línea con seccionador SF6 y una celda de protección general con interruptor automático.

Línea de media tensión subterránea (LMTS) con conductor RHZ1, de 25 metros de longitud, de interconexión del centro de protección de medida Oleiros, punto frontera (CPM-1 Oleiros) existente con el CPM-2 Oleiros proyectado.

La instalación está situada en As Antas, Oleiros, en el ayuntamiento de Salvaterra de Miño (Pontevedra).

Conforme a lo indicado,

Resuelvo:

Primero. Otorgar a Electra Alto Miño Distribuidora de Energía, S.L.U. las autorizaciones administrativas previa y de construcción de la instalación de distribución de energía eléctrica denominada ampliación punto frontera CPM Oleiros (2ª alimentación SET Salvaterra), expediente IN407A 2023/312-4, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución, a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y a las condiciones establecidas en los condicionados de los organismos que constan en el expediente.

Segundo. Electra Alto Miño Distribuidora de Energía, S.L.U. asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, a fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad. En todo momento se deberán cumplir las normas y directrices vigentes que resulten de aplicación, en particular cuanto establecen el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

Tercero. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada, ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Pontevedra, 19 de septiembre de 2023

Beatriz López del Olmo
Jefa territorial de Pontevedra