DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 185 Jueves, 28 de septiembre de 2023 Pág. 54910

IV. Oposiciones y concursos

Universidad de Santiago de Compostela

RESOLUCIÓN de 15 de septiembre de 2023 por la que se modifica la composición del tribunal calificador de las pruebas selectivas para cubrir tres plazas de la categoría profesional de conductor, grupo III, por el turno de promoción interna, vacantes en la plantilla de personal laboral.

Mediante la Resolución rectoral de 21 de marzo de 2023 (DOG de 3 de abril), se convocan pruebas selectivas para cubrir tres plazas de la categoría profesional de conductor, grupo III, por el turno de promoción interna, vacantes en la plantilla de personal laboral.

En la base 5.5 de dicha resolución se dispone que la autoridad convocante publicará, en el Diario Oficial de Galicia, resolución por la que se nombra a los nuevos miembros que tengan que sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas.

De conformidad con la mencionada base, por renuncia de uno de sus miembros, el rector

RESUELVE:

Primero. Aceptar las renuncias presentadas por Cándido Pérez Betanzos, tercer vocal titular, y de Lorenzo Vázquez Viso, tercer vocal suplente, ambos personal laboral fijo del grupo III de la Universidad de Vigo.

Segundo. Nombrar a David Nespereira Ulla, personal laboral fijo del grupo III de la USC, vocal titular en sustitución de Cándido Pérez Betanzos, y a Fernando Gómez Souto, personal laboral fijo del grupo III de la USC, vocal suplente en sustitución de Lorenzo Vázquez Viso.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

No obstante, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que la dictó. En este caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente indicado mientras no se dicte resolución expresa o presunta del recurso administrativo de reposición, al amparo del artículo 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 15 de septiembre de 2023

Antonio López Díaz
Rector de la Universidad de Santiago de Compostela