DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 175 Jueves, 14 de septiembre de 2023 Pág. 52721

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 24 de agosto de 2023, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Santa Comba (expediente IN407A 2023/153-1).

Expediente: IN407A 2023/153-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación de la instalación: LMT, CT y RBT A Castiñeira.

Ayuntamiento: Santa Comba.

Hechos:

1. El día 22 de marzo de 2023 la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la mencionada instalación de distribución eléctrica, al objeto de mejorar la calidad de suministro eléctrico en el lugar de A Castiñeira, ayuntamiento de Santa Comba. Se proyecta la instalación de un centro de transformación de 100 kVA de potencia, una línea subterránea de media tensión que lo conectará con la línea de distribución de media tensión LMT NEG803 (expediente 19.374), procedente de la subestación Negreira y dos nueva salidas subterráneas de baja tensión que se conectarán con la red de baja tensión existente.

Al amparo del artículo 123 del Real decreto 1955/2000, entregan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto, y que comprende los siguientes documentos:

• Proyecto de ejecución denominado: LMT, CT y RBT A Castiñeira, firmado el 21 de julio de 2022 por Javier Fernández Pazos, ingeniero técnico industrial eléctrico con número colegial 502 de Ourense. Según consta en esta jefatura territorial, la especialidad del proyectista se acreditó mediante el certificado emitido por el COITIOU el 7 de febrero de 2023, en el que se indica que Javier Fernández Pazos es ingeniero técnico industrial y posee la especialidad en Electricidad.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dio traslado a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas de una separata del proyecto, en la parte en que la instalación pudiera afectar a bienes y derechos a su cargo, conteniendo las características de la instalación y la documentación cartográfica corrrespondiente. Así, se solicitó el informe preceptivo a Augas de Galicia-Consellería de Infraestructuras y Movilidad, Servicio del Patrimonio Cultural-Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades de A Coruña y al Ayuntamiento de Santa Comba. La empresa promotora manifestó su conformidad con los condicionados establecidos por los organismos afectados, a saber, Patrimonio Cultural.

4. Con fecha 24 de agosto de 2023 se emitió un informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia; el Decreto 59/2023, de 14 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia; el Decreto 79/2023, de 22 de junio, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia; y el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación, modificado por el Decreto 49/2023, de 19 de mayo (DOG núm. 98, de 25 de mayo).

2. Legislación de aplicación:

a) La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

b) El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

c) El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

d) El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

e) El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

f) La Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Características técnicas:

Las instalaciones se encuentran en el lugar de A Castiñeira, en el ayuntamiento de Santa Comba.

– LMTS a 20 kV de 675 metros, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1×150 mm2 Al, con origen en el PA/S proyectado en el apoyo número 9WLE0JK3//126-54 existente a sustituir por uno tipo C-1000/16, en el que se instalará un ITC, y final en el CTC proyectado.

– Retensado de tramo LMTA a 20 kV de 371 m, conductor tipo LA-30 Al, con origen en el apoyo número 9WM4El659//126-53 existente de la LMT NEG803 (expediente 19.374), procedente de la subestación Negreira y final en el apoyo número 9WKI2TN4//126-55 proyectado.

– CT en el lugar de A Castiñeira compacto prefabricado tipo rural de maniobra exterior, con una potencia de 100 kVA y una relación de transformación de 20.000/400-230 V.

4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción para la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento y las certificaciones u homologaciones, si procede.

• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a las personas interesadas esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.

A Coruña, 24 de agosto de 2023

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña