DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 174 Miércoles, 13 de septiembre de 2023 Pág. 52516

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades

RESOLUCIÓN de 7 de septiembre de 2023, conjunta de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades y de la Consellería de Economía, Industria e Innovación, por la que se adjudican las ayudas de la Orden de 14 de junio de 2023 por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para completar la etapa de formación posdoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del sistema de I+D+i gallego, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (códigos de procedimiento ED481D e IN606C).

La Orden de 14 de junio de 2023 (DOG núm. 121, de 27 de junio), conjunta de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades y de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación, establece las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas para completar la etapa de formación posdoctoral en las universidades del SUG, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del sistema de I+D+i gallego, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva.

El objeto de esta convocatoria es otorgar ayudas a las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG), a los organismos públicos de investigación de Galicia, a las fundaciones de investigación sanitaria de Galicia (Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela, Fundación Profesor Novoa Santos, Fundación Biomédica Galicia Sur) y a los centros del CSIC (Consejo Superior de Investigaciones Científicas) radicados en Galicia, que contraten personas con el grado de doctor que se encuentren a la fecha de cierre de la convocatoria en alguno de los siguientes supuestos:

a) Que fueran contratadas en la modalidad A de la convocatoria de ayudas posdoctorales de 2019 y que no renunciasen al contrato.

b) Que fueran contratadas a través de la modalidad A de la convocatoria de ayudas posdoctorales de 2018, que tuvieron una interrupción y prórroga del contrato por las causas establecidas en la ley, que finalizaron el contrato y que no se presentaron a la convocatoria de ayudas para completar la etapa de formación posdoctoral de 2022.

En el artículo 2.1 de la orden de convocatoria se determina quien puede ser beneficiario y en el artículo 2.2 los requisitos que deben cumplir las personas candidatas a las ayudas.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de esta convocatoria, una vez analizadas las solicitudes y tras constatar que no existían causas de exclusión en ninguna de ellas, el día 2 de agosto de 2023 se publicó la lista definitiva de solicitudes admitidas y excluidas.

Las solicitudes fueron ponderadas por un equipo evaluador formado por personas expertas de fuera del sistema de I+D+i gallego, con la colaboración de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Galicia (ACSUG), a partir de la documentación indicada en el artículo 6 de la convocatoria y según el baremo que se indica en el artículo 10.

El resultado de esta evaluación se entregó a la Comisión de Selección definida en el artículo 11 de la orden de convocatoria. La Comisión de Selección elaboró un informe para los órganos instructores en el que figuran las entidades beneficiarias, junto con la prelación de las personas candidatas a ser destinatarias de las ayudas. No se estableció ninguna lista de espera puesto que en el ámbito de las universidades del SUG el número de solicitudes presentadas fue inferior al de ayudas convocadas y, en el ámbito de otras entidades solicitantes del artículo 2 de la convocatoria, el número de solicitudes presentadas fue igual al de ayudas convocadas.

La competencia para resolver estas ayudas corresponde conjuntamente a la persona titular de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades y a la persona titular de la Presidencia de la Agencia Gallega de Innovación, de acuerdo con el artículo 12 de la convocatoria.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de las bases de la convocatoria y atendiendo a la propuesta de concesión elevada por los órganos instructores a partir del informe de la Comisión de Selección, reunida el día 21 de agosto de 2023, a través de la Secretaría General de Universidades y de la Agencia Gallega de Innovación,

RESOLVEMOS:

Primero. Conceder las ayudas para completar la etapa de formación posdoutoral convocadas por la Orden de 14 de junio de 2023 a las entidades que contraten las personas seleccionadas que se relacionan en el anexo.

Segundo. No se establece una lista de espera ya que hay un número igual o inferior de solicitudes que ayudas convocadas.

Tercero. Todas las solicitudes que figuran en el anexo de esta resolución cumplen los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria. Asimismo, las solicitudes que no figuran relacionadas en el citado anexo se entenderán denegadas o desestimadas.

Cuarto. La fecha de comienzo de los contratos será el día 16 de septiembre de 2023.

Quinto. Las ayudas concedidas se financiarán con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2023 y años sucesivos, de acuerdo con la siguiente distribución según la estructura de pago recogida en el artículo 15 de las bases de la convocatoria.

Universidades del SUG: 16 ayudas.

El importe de las ayudas de las universidades del SUG se imputará al Plan gallego de financiación universitaria para el período 2022-2026.

Aplicación presupuestaria

Universidad

Nº de ayudas

Crédito (en euros)

2023

2024

2025

Total

10.03.561B.444.0

USC

8

20.666,64

312.000,00

311.333,36

644.000,00

10.03.561B.744.0

40.000,00

80.000,00

80.000,00

200.000,00

Total

60.666,64

392.000,00

391.733,36

844.000,00

10.03.561B.444.0

UVIGO

8

20.666,64

312.000,00

311.333,36

644.000,00

10.03.561B.744.0

40.000,00

80.000,00

80.000,00

200.000,00

Total

60.666,64

392.000,00

391.733,36

844.000,00

Total SUG

121.333,28

784.000,00

782.666,72

1.688.000,00

Demás entidades: 3 ayudas.

Aplicación presupuestaria

Entidad

Nº de ayudas

Crédito (en euros)

2023

2024

2025

Total

05.A2.561A.403.0

(2016 00004)

Instituto de Investigaciones Marinas del CSIC

1

2.583,33

39.000,00

38.916,67

80.500,00

05.A2.561A.703.0

(2016 00004)

5.000,00

10.000,00

10.000,00

25.000,00

Total

7.583,33

49.000,00

48.916,67

105.500,00

05.A2.561A.403.0

(2016 00004)

Instituto de Ciencias del Patrimonio (Incipit) del CSIC

1

2.583,33

39.000,00

38.916,67

80.500,00

05.A2.561A.703.0

(2016 00004)

5.000,00

10.000,00

10.000,00

25.000,00

Total

7.583,33

49.000,00

48.916,67

105.500,00

05.A2.561A.481.0

(2016 00004)

Fundación Profesor Novoa Santos

1

2.583,34

39.000,00

38.916,66

80.500,00

05.A2.561A.781.0

(2016 00004)

5.000,00

10.000,00

10.000,00

25.000,00

Total

7.583,34

49.000,00

48.916,66

105.500,00

Total otras entidades

22.750,00

147.000,00

146.750,00

316.500,00

Sexto. Las entidades beneficiarias deberán remitir un escrito de aceptación de la ayuda a la Secretaría General de Universidades, en caso de las universidades del SUG, o a la Agencia Gallega de Innovación, en caso de las demás entidades indicadas en el artículo 2 de la convocatoria, en el plazo de diez días contados a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución y vincularán a las personas seleccionadas a sus organismos mediante la formalización del correspondiente contrato.

Séptimo. El artículo 15 de la orden de convocatoria establece que las entidades beneficiarias y contratantes de las personas seleccionadas serán las encargadas de presentar las justificaciones correspondientes adecuadas a la normativa comunitaria y nacional de aplicación y serán las perceptoras de los fondos para el pago de los contratos.

Según lo establecido en el artículo 45.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, transcurrido el plazo establecido de justificación sin que se presentara esta ante el órgano administrativo competente, este requerirá al beneficiario para que, en el plazo improrrogable de diez días, la presente. La falta de presentación de la justificación comportará la pérdida del derecho al cobro parcial o total de la subvención, la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley de subvenciones de Galicia.

Octavo. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades, en caso de solicitudes pertenecientes al SUG, y ante la persona titular de la presidencia de la Agencia Gallega de Innovación en los restantes casos, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la resolución, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 19 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 7 de septiembre de 2023

El conselleiro de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades
P.D. (Orden de 29.7.2022)
Manuel Vila López
Secretario general técnico de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades

María Jesús Lorenzana Somoza
Conselleira de Economía, Industria e Innovación y presidenta de la Agencia Gallega de Innovación

ANEXO

Ayudas concedidas

Universidad de Santiago de Compostela.

Nº exp.

Entidad

Persona investigadora

Rama de conocimiento

Puntos finales

ED481D 2023/012

USC

Gonzalo Pérez de Lis Castro

Ciencias

90,00

ED481D 2023/013

USC

Xabier García Feal

Ciencias

86,00

ED481D 2023/010

USC

Alberto Pardo Montero

Ciencias de la salus

85,00

ED481D 2023/016

USC

María Jesús García Guimarey

Ingeniería y arquitectura

83,00

ED481D 2023/011

USC

Pablo Souza Alonso

Ciencias

83,00

ED481D 2023/008

USC

Marta Castiñeira Reis

Ciencias

82,00

ED481D 2023/014

USC

Juan José Parajó Vieito

Ciencias

78,00

ED481D 2023/001

USC

Lorena Maneiro Boo

Ciencias sociales y jurídicas

76,50

Universidad de Vigo.

Nº exp.

Entidad

Persona investigadora

Rama de conocimiento

Puntos finales

ED481D 2023/006

UVIGO

Miguel Ángel Álvarez Vázquez

Arte y humanidades

98,00

ED481D 2023/015

UVIGO

Aida María Díez Sarabia

Ingeniería y arquitectura

92,00

ED481D 2023/002

UVIGO

Raquel Fernández González

Ciencias sociales y jurídicas

86,63

ED481D 2023/005

UVIGO

Jesús Balado Frías

Ingeniería y arquitectura

84,00

ED481D 2023/003

UVIGO

Martín Pérez Pérez

Ingeniería y arquitectura

83,00

ED481D 2023/009

UVIGO

Ana Sousa Castillo

Ciencias

77,89

ED481D 2023/007

UVIGO

Andreu Blanco Cartagena

Ciencias

76,18

ED481D 2023/018

UVIGO

Víctor Hernando Morales

Ciencias

75,79

Otras entidades.

Nº exp.

Entidad

Persona investigadora

Rama de conocimiento

Puntos finales

IN606C-2023/003

Fundación Profesor Novoa Santos

Marta Varela Eirín

Ciencias de la salus

96,4833

IN606C-2023/001

Instituto de Investigaciones Marinas del CSIC

María López Acosta

Ciencias

89,0000

IN606C-2023/002

Instituto de Ciencias del Patrimonio (Incipit) del CSIC

David García Casas

Artes y humanidades

80,0000