DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 173 Martes, 12 de septiembre de 2023 Pág. 52442

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 18 de agosto de 2023, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Vigo (expediente IN407A 2023/137-4).

Expediente: IN407A 2023/137-4.

Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación: LMTS y reforma CT SMA embalse (36C485).

Situación: ayuntamiento de Vigo.

Hechos:

Primero. El 1 de marzo de 2023, UFD Distribución Electricidad, S.A. solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica LMTS y reforma CT SMA embalse (36C485).

Examinado el proyecto de ejecución, se concluye que tiene como finalidad la reforma del centro de transformación (CT) SMA embalse (36C485), sustituyendo la aparamenta existente por un bloque compacto rural, maniobra exterior de 160 kVA/15 kV telegestionado, sin envolvente prefabricada de hormigón. Se proyecta la instalación de una línea de media tensión subterránea de 10 metros de longitud para alimentar el centro de transformación. Asimismo, se proyecta el desmontaje de 12 metros de la línea de media tensión subterránea desde la arqueta en la acera proyectada hasta el paso aéreo subterráneo proyectado. Las actuaciones están previstas en el lugar de Marcosende, en la parroquia de Zamáns, en el ayuntamiento de Vigo (Pontevedra).

Segundo. Esta jefatura territorial solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicios de interés general afectadas, esto es, el Ayuntamiento de Vigo y Augas de Galicia. La empresa promotora manifestó su conformidad con el condicionado emitido por el Ayuntamiento de Vigo.

Augas de Galicia no emitió el condicionado técnico, entendiéndose en consecuencia su conformidad con la autorización de construcción de la mencionada infraestructura eléctrica, conforme a lo dispuesto en el artículo 131 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, sin perjuicio de la autorización que le corresponda otorgar.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. La Jefatura Territorial de Pontevedra es competente para resolver este expediente con fundamento en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4 de julio), y en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero).

Segunda. La legislación de aplicación al presente expediente es:

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

Tercera. Las características técnicas da instalación son las que a continuación se describen:

– Línea de media tensión subterránea (LMTS) a 15 kV, con conductor RHZ1, de 10 metros de longitud, con origen en la LMTS existente, en el lugar de Currás, y final en el centro de transformación SMA embalse 36C485.

– Reforma del centro de transformación (palomar) SMA embalse 36C485, situado en la parcela con referencia catastral 54057A186090280000BM, consistente en la sustitución de la aparamenta actual por un bloque compacto rural, maniobra exterior de 160 kVA/15 kV.

– La instalación está situada en Marcosende, en la parroquia de Zamáns, en el ayuntamiento de Vigo (Pontevedra).

Conforme a lo indicado,

RESUELVO:

Primero. Otorgar a UFD Distribución Electricidad, S.A. la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación de distribución de energía eléctrica denominada LMTS y reforma CT SMA embalse (36C485), expediente IN407A 2023/137-4, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución, a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y a las condiciones establecidas en los condicionados de los organismos que constan en el expediente.

Segundo. UFD Distribución Electricidad, S.A. asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, con el fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad. En todo momento se deberán cumplir las normas y directrices vigente que resulten de aplicación, en particular, cuanto establece el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

Tercero. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo con el dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Pontevedra, 18 de agosto de 2023

Beatriz López del Olmo
Jefa territorial de Pontevedra