DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 172 Lunes, 11 de septiembre de 2023 Pág. 52253

III. Otras disposiciones

Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad

EXTRACTO de la Orden de 24 de agosto de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a centros especiales de empleo (CEE) a fin de promover la integración laboral de las personas con discapacidad y se procede a su convocatoria para la anualidad 2023. Programa III: ayudas al mantenimiento del coste salarial en los CEE (código de procedimiento TR341M).

BDNS (Identif.): 715853.

De conformidad con lo previsto en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias

Los centros especiales de empleo que, en la fecha de la solicitud de la subvención, figuren inscritos como tales en el Registro Administrativo de Centros Especiales de Empleo de Galicia, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 200/2005, de 7 de julio, por el que se regula la autorización administrativa e inscripción en el Registro Administrativo de Centros Especiales de Empleo de Galicia, y su organización y funcionamiento (DOG núm. 138, de 19 de julio), siempre que se cumplan las condiciones y los requisitos establecidos en el capítulo IV de esta orden.

Segundo. Objeto

El objeto de este programa es ayudar a los CEE a financiar el coste salarial de todas las personas trabajadoras con discapacidad contratadas en centros de trabajo del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Tercero. Cuantía y condiciones de la subvención

Se subvencionará con un importe del 50 % del salario mínimo interprofesional (SMI) correspondiente a las mensualidades indicadas en la convocatoria, para las personas con discapacidad contratadas en los centros especiales de empleo que estén de alta en la Seguridad Social.

Para las personas con discapacidad incluidas en alguno de los supuestos del artículo 5.2, el importe será el 60 % del SMI.

En el supuesto de contratos de trabajo a tiempo parcial, la cuantía de la subvención se reducirá proporcionalmente.

Cuarto. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 24 de agosto de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a centros especiales de empleo (CEE) con el fin de promover la integración laboral de las personas con discapacidad en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria para la anualidad 2023 (códigos de procedimiento TR341K, TR341E, TR341N y TR341M).

Quinto. Financiación

Para la concesión de estas ayudas se destinan nueve millones ciento dieciséis mil euros (9.116.000,00).

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado como se indica en el artículo 8.5 de la orden.

Séptimo. Período subvencionable y justificación de las ayudas

El período subvencionable comprende desde el 1 de julio de 2023 hasta el 30 de noviembre de 2023.

La fecha máxima de justificación será el 31 de diciembre de 2023.

La justificación mensual del programa III establecida en el artículo 47 de las bases reguladoras se presentará en el plazo máximo de cuarenta (40) días a contar desde el último día del mes de referencia.

Santiago de Compostela, 24 de agosto de 2023

Elena Rivo López
Conselleira de Promoción del Empleo e Igualdad