DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 163 Martes, 29 de agosto de 2023 Pág. 50898

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia Segunda y Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

RESOLUCIÓN de 22 de agosto de 2023, de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la que se hace pública la aprobación definitiva de la delimitación de suelo de núcleo rural de Alemparte, en el ayuntamiento de Antas de Ulla.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y en los artículos 144.18 y 199 del Decreto 143/2016, de 23 de septiembre, por el que se aprueba su reglamento, se hace pública la aprobación definitiva delimitación de suelo de núcleo rural de Alemparte, en el ayuntamiento de Antas de Ulla, mediante la Resolución de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de 8 de agosto de 2023, que figura como anexo.

Una vez inscrita dicha delimitación de suelo de núcleo rural en el Registro de Ordenación del Territorio y Planeamiento Urbanístico de Galicia, la documentación íntegra del mismo, incluido el extracto ambiental, podrá consultarse en el siguiente enlace: https://cmatv.xunta.gal/rexistro-de-planeamento-urbanistico-de-galicia

Asimismo, el informe ambiental estratégico y la demás documentación del procedimiento de evaluación ambiental del referido plan podrá ser consultada en el siguiente enlace:

https://cmatv.xunta.gal/plans-e-programas-por-tipoloxia?p_p_id=aaeTipology_WAR_aae&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&p_p_mode=view&p_p_col_id=column-2&p_p_col_count=1&_aaeTipology_WAR_aae__spage=%2Fportlet_action%2Faae%2FdetalleProxecto%3Fid%3D2091&_aaeTipology_WAR_aae_id=2091

Santiago de Compostela, 22 de agosto de 2023

Mª Encarnación Rivas Díaz
Directora general de Ordenación del Territorio y Urbanismo

ANEXO

Resolución de aprobación definitiva de la delimitación de suelo de núcleo rural de Alemparte, en el ayuntamiento de Antas de Ulla (expediente PTU-LU-17/150)

El 24.7.2023, el Ayuntamiento de Antas de Ulla remitió, a efectos de resolver sobre su aprobación definitiva, documentación del expediente de referencia, complementaria de la remitida el 7.12.2017, el 5.3.2021 y el 10.3.2023, y de la sometida a consultas en mayo de 2018 dentro del procedimiento de evaluación ambiental estratégica.

Analizada la documentación aportada, y vista la propuesta suscrita por la Subdirección General de Urbanismo, resulta:

I. Antecedentes.

I.1. El Ayuntamiento de Antas de Ulla cuenta con un proyecto de delimitación de suelo urbano (Antas de Ulla, cabecera municipal) aprobado el 14.3.1977, y varios proyectos de delimitación de núcleos rurales (Vilaboa, Vilane, San Xurxo y A Cervela), rigiéndose fuera de esos ámbitos por la Ley del suelo de Galicia y el Plan básico autonómico aprobado por el Decreto autonómico 83/2018.

I.2. Constan las siguientes actuaciones relativas a la tramitación del proyecto de delimitación del núcleo rural de Alemparte (en adelante, PDNR):

• Elaboración del PDNR –1ª versión– (enero 2017).

• Emisión de informes municipales, técnico (19.6.2017) y jurídico (22.6.2017).

• Aprobación inicial (acuerdo plenario de 29.6.2017).

• Exposición pública mediante anuncios insertados el 30.8.2017 en El Progreso de Lugo, La Voz de Galicia y en el Diario Oficial de Galicia y audiencia a varios propietarios afectados. Como resultado de estos trámites se presentaron 2 alegaciones.

• Emisión de informe técnico municipal sobre las alegaciones presentadas (6.11.2017).

• Elaboración de nueva versión de PDNR –2ª–, fechada en noviembre de 2017.

• Emisión de informe técnico municipal sobre la nueva versión presentada del PDNR (6.11.2017).

• 1ª aprobación provisional del PDNR (acuerdo del Ayuntamiento, Pleno de 5.12.2017).

• Elaboración de nueva versión del PDNR –3ª–, fechada en noviembre de 2017.

• Remisión del expediente al Servicio de Urbanismo en Lugo (en adelante, SUL), a los efectos de resolver sobre su aprobación definitiva (7.12.2017). Requerimiento de subsanación de deficiencias formulado por el SUL (4.1.2018), determinando la necesidad de retrotraer la tramitación a la fase inicial del procedimiento (ausencia de sometimiento del expediente a evaluación ambiental estratégica y de informes sectoriales).

• Elaboración de nueva versión del proyecto de delimitación –4ª–, y de estudio ambiental estratégico, fechados en enero de 2018. Elaboración de documento ambiental estratégico a requerimiento del órgano ambiental autonómico, fechado en abril de 2018.

• Evaluación ambiental estratégica, con resolución de la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático de 10.8.2018 por la que emitió informe ambiental estratégico.

• Elaboración de nueva memoria del proyecto –5ª versión–, fechada en noviembre de 2018.

• Nueva exposición pública, mediante anuncios de 12.3.2019 en El Progreso de Lugo, La Voz de Galicia y en el Diario Oficial de Galicia. Simultáneamente, audiencia a los propietarios afectados. Como resultado de estos trámites no se presentaron alegaciones.

• Emisión de informes sectoriales:

– Dirección General del Patrimonio Cultural (21.5.2019). No detecta elementos de valor cultural afectados.

1. Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (7.8.2019), favorable.

2. Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia (27.9.2019), favorable condicionado.

3. Augas de Galicia (17.11.2020; tras requerimiento previo realizado el 28.5.2019), favorable condicionado a la resolución favorable del expediente DH.A27.71029, relativo a la concesión de aguas para el abastecimiento municipal y otras observaciones.

• Elaboración de nueva versión del proyecto de delimitación –7ª–, de noviembre de 2020.

• Emisión de informes municipales, técnico (3.12.2020) y jurídico (16.2.2021).

• 2ª aprobación provisional (acuerdo del Ayuntamiento en Pleno adoptado el 18.2.2021).

• Solicitud de resolución de aprobación definitiva y remisión del expediente (5.3.2021).

• Publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para dar audiencia a dos propietarios (parcelas 27003A05700107 y 27003A05700017) constando certificado de secretaría de no alegaciones.

• Elaboración de nueva versión del PDNR –8ª–, fechada en enero de 2023.

• Emisión de informes municipales, técnico y jurídico (ambos de 7.3.2023).

• 3ª aprobación provisional (acuerdo del Ayuntamiento en Pleno adoptado el 9.3.2023).

• Emisión de informe municipal de 17.7.2023.

• 4ª aprobación provisional (acuerdo del Ayuntamiento, Pleno adoptado el 20.7.2023).

II. Aspectos generales.

a) Se delimita el asentamiento poblacional de Alemparte, con una superficie de unas 1,84 ha, diferenciando dos zonas, una de núcleo rural tradicional (NRT) de 1,20 ha y otra de núcleo rural común (NRC) de 0,68 ha.

b) El ámbito delimitado se sitúa a unos 2 km del núcleo urbano cabecero del ayuntamiento, próximo a la carretera N-640, por la que tiene acceso directo mediante un camino.

c) El proyecto delimita el núcleo, determina las alineaciones aplicables, tipifica las distintas zonas edificables (NRT y NRC) y regula las condiciones aplicables dentro de las mismas.

d) No propone actuaciones de carácter integral dentro de su ámbito ni delimita terrenos destinados a usos dotacionales.

III. Análisis y observaciones.

Analizada la documentación aportada se pudo comprobar que fueron subsanadas las indicaciones formuladas en el período de consultas y en los requerimientos señalados.

IV. Resolución.

Visto cuanto antecede, y en virtud de lo establecido en el artículo 78.2.c) de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia,

RESUELVO:

a) Aprobar definitivamente la delimitación de suelo de núcleo rural de Alemparte, en el ayuntamiento de Antas de Ulla.

b) Deberá enviarse para el Registro de Planeamiento únicamente el proyecto de delimitación de la última aprobación provisional, presentando los datos geográficos de dicho proyecto en soporte vectorial georreferenciado.

c) De conformidad con el artículo 88 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y el artículo 212.1 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo inscribirá de oficio la delimitación de núcleo rural en el Registro de Planeamiento Urbanístico de Galicia.

d) Notifíquese al Ayuntamiento, y publíquese en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 199.2 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero.

e) De conformidad con lo dispuesto por los artículos 82 y 88.4 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, el ayuntamiento deberá publicar la normativa de la delimitación de suelo de núcleo rural aprobada en el Boletín Oficial de la provincia, una vez inscrita la misma en el Registro de Planeamiento Urbanístico.

f) Contra esta resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.