DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 162 Lunes, 28 de agosto de 2023 Pág. 50878

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 28 de julio de 2023, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Vigo (expediente IN407A 2023/074-4).

Expediente: IN407A 2023/074-4.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación: LMTS SDM709, CTC Sárdoma.

Ayuntamiento: Vigo.

Hechos:

Primero. El 10 de febrero de 2023, UFD Distribución Electricidad, S.A. solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica LMTS SDM709, CTC Sárdoma.

• Examinado el proyecto de ejecución, se concluye que consiste en las siguientes actuaciones previstas en el camino Quirós, en la parroquia de Sárdoma, en el ayuntamiento de Vigo:

• Retirada del centro de transformación Sárdoma (36C641) de 250 kVA de potencia e instalación de un nuevo centro de transformación (CT) 2L1P de 400 kVA, compacto maniobra exterior en envolvente prefabricada de hormigón, telecontrolado por GPRS/FO y telegestionado. El centro de transformación estará situado en la parcela de referencia catastral 3843615NG2734S0001PO.

• Retirada de 24 metros en conductor RHZ1 del circuito subterráneo de la línea de media tensión SDM709, en el tramo SDM7092156.

• Línea de media tensión subterránea (LMTS) de 36 metros de longitud para alimentar el nuevo centro de transformación.

Segundo. Esta jefatura territorial solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicios de interés general afectadas, esto es, el Ayuntamiento de Vigo y la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). La empresa promotora manifestó su conformidad con el condicionado emitido por el Ayuntamiento de Vigo.

AESA no emitió el condicionado técnico, entendiéndose en consecuencia su conformidad con la autorización de construcción de la mencionada infraestructura eléctrica, conforme a lo dispuesto en el artículo 131 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, sin perjuicio de la autorización que le corresponda otorgar.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. La Jefatura Territorial de Pontevedra es competente para resolver este expediente con fundamento en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG nº 126, de 4 de julio), y en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 22, de 1 de febrero).

Segunda. La legislación de aplicación al presente expediente es:

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresarias en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

Tercera. Las características técnicas da instalación son las que a continuación se describen:

• Línea de media tensión subterránea a 15 kV, con conductor RHZ1, de 36 metros de longitud, con origen en la LMTS existente SDM7092156, mediante empalme a realizar en la arqueta existente, y final en la LMTS existente SDM7092139, mediante empalme a realizar en la arqueta existente, haciendo entrada y salida en el centro de transformación proyectado Sárdoma.

• Centro de transformación a 400 kVA, con R. 15 kV/400 V, situado en el Camino Quirós, al lado del número 108, en la parroquia de Sárdoma, en el municipio de Vigo.

• Retirada del centro de transformación Sárdoma (tipo palomar) 36C641.

Conforme a lo indicado,

RESUELVO:

Primero. Otorgar a UFD Distribución Electricidad, S.A. las autorizaciones administrativas previa y de construcción de la instalación de distribución de energía eléctrica denominada LMTS SDM709, CTC Sárdoma (expediente IN407A 2023/074-4), cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución, a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y a las condiciones establecidas en los condicionados de los organismos que constan en el expediente.

Segundo. UFD Distribución Electricidad, S.A. asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, con el fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad. En todo momento se deberán cumplir las normas y directrices vigente que resulten de aplicación, en particular, cuanto establece el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

Tercero. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Pontevedra, 28 de julio de 2023

Beatriz López del Olmo
Jefa territorial de Pontevedra