DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 160 Jueves, 24 de agosto de 2023 Pág. 50224

III. Otras disposiciones

Consellería del Mar

EXTRACTO de la Orden de 4 de agosto de 2023 por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, de compensación a las empresas que desarrollen actividades de comercialización y transformación de los productos de la pesca, marisqueo y acuicultura por las consecuencias de la guerra de Ucrania, cofinaciadas con el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento PE107G).

BDNS (Identif.): 712963.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases, las personas físicas, jurídicas o pluralidad de personas físicas que sean una empresa del sector de comercialización al por mayor o de transformación de los productos pesqueros y de la acuicultura.

Segundo. Finalidad

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia non competitiva, de las ayudas para compensar a las empresas de comercialización al por mayor y de transformación de los productos de la pesca, marisqueo y acuicultura por los efectos del incremento de precios por la invasión de Ucrania.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 4 de agosto de 2023 por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, de compensación a las empresas que desarrollen actividades de comercialización y transformación de los productos de la pesca, marisqueo y acuicultura por las consecuencias de la guerra de Ucrania, cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento PE107G).

Cuarto. Importe

Para el año 2023 las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 15.02.723B.770.2, correspondiente a la Consellería del Mar para 2023. El importe máximo de las subvenciones que se concedan en dicho ejercicio presupuestario será de 7.500.000 euros.

La concesión estará sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento da la resolución para el gasto a efectuar en el presupuesto de gastos para el año 2023.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la orden.

Se entenderá como último día del plazo para la presentación de solicitudes el correspondiente al mismo ordinal del día de su publicación. Si el último día del plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiere día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.

Santiago de Compostela, 4 de agosto de 2023

La secretaria general técnica de la Consellería del Mar
P.A. (Artículo 11.e) de la Orden de 21.2.2022)
Mª Dolores Novo Gutiérrez
Vicesecretaria general de la Consellería del Mar