DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 156 Viernes, 18 de agosto de 2023 Pág. 49115

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Arbo

ANUNCIO de la aprobación definitiva del Plan especial de dotación para equipamiento sanitario-asistencial (residencia tercera edad) en la zona de A Estación.

Después de la correspondiente tramitación administrativa, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables, el Pleno del Ayuntamiento de Arbo, en sesión extraordinaria de 21 de julio de 2023, adoptó, por unanimidad, el siguiente acuerdo:

«Primero. Aprobar definitivamente el Plan especial de dotación para equipamiento sanitario-asistencial (residencia de la tercera edad) en la zona de A Estación del ayuntamiento de Arbo, promovido por el Ayuntamiento de Arbo, y según versión firmada digitalmente por el arquitecto municipal Teodoro de Francisco Antes el 13.6.2023, con las incorporaciones resultantes de los informes sectoriales emitidos y en cumplimiento del condicionado del apartado II.2 del informe de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Segundo. Publicar la aprobación definitiva del referido plan especial en el Diario Oficial de Galicia, a los efectos de lo establecido en el artículo 82 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia. Esta publicación deberá realizarse en el plazo de un mes desde la adopción del acuerdo de aprobación definitiva.

Igualmente, junto a la publicación de este acuerdo, se publicará la indicación de las medidas adoptadas para el seguimiento de los efectos en el medio ambiente de la aplicación del plan y la referencia a la dirección electrónica en la que figurará el contenido íntegro del plan a disposición del público.

Tercero. Comunicar el acuerdo de aprobación definitiva, en virtud del artículo 88 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, a la consellería competente en materia de urbanismo, para a su inscripción en el Registro de Planeamiento Urbanístico de Galicia, adjuntando un ejemplar en soporte digital, debidamente diligenciado, y con las indicaciones recogidas en el apartado II.3 del informe emitido el 25.5.2023: “3. Se tendrá en cuenta lo dispuesto en el artículo 23 de las normas técnicas de planeamiento urbanístico de Galicia (NNTTPP) y en el resto de la legislación de protección de datos, de cara al correcto tratamiento de datos personales contenidos en el documento del plan especial, y el documento para su inscripción se remitirá debidamente ordenado, especialmente en la parte gráfica (planos)”.

Cuarto. Notificar individualmente la aprobación definitiva del plan especial a todas las personas titulares catastrales de los terrenos afectados a las que ya se hubiera notificado la aprobación inicial del mismo, de conformidad con el artículo 186.4 del Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, aprobado por el Decreto 143/2016, de 22 de septiembre».

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 82.2 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, se indica que las medidas adoptadas para el seguimiento de los efectos en el medio ambiente de la aplicación del citado plan especial se incluyen en el propio documento técnico aprobado definitivamente, que se puede consultar en la siguiente dirección electrónica de la página web del Ayuntamiento de Arbo: www.concellodearbo.es y también en el Portal de transparencia de la sede electrónica del Ayuntamiento de Arbo: https://concellodearbo.sedelectronica.gal

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 82.3 da la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, el documento que contenga la normativa y las ordenanzas se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Pontevedra.

En todo caso, la eficacia del acto de aprobación definitiva y la entrada en vigor del plan aprobado quedan condicionadas a la inscripción del planeamiento en el Registro de Planeamiento Urbanístico de Galicia, de conformidad con el artículo 88 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia.

Contra este acuerdo, que aprueba una disposición administrativa de carácter general, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Todo ello, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se pudiese estimar más conveniente en derecho.

Arbo, 24 de julio de 2023

Horacio Gil Expósito
Alcalde