DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 153 Viernes, 11 de agosto de 2023 Pág. 48314

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda y Administración Pública

ORDEN de 4 de agosto de 2023 por la que se resuelve el procedimiento de integración como personal laboral de la Xunta de Galicia del personal laboral fijo de la extinta empresa pública de Obras y Servicios Hidráulicos, adscrito a la entidad pública empresarial Augas de Galicia.

El 8 de abril de 2015 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 25 de marzo por la que se inicia el procedimiento de integración como personal laboral de la Xunta de Galicia del personal laboral fijo de la extinta empresa pública de Obras y Servicios Hidráulicos, adscrito a la entidad pública empresarial Augas de Galicia.

Mediante la Orden de 29 de agosto de 2022, publicada en el Diario Oficial de Galicia de 2 de septiembre, se modifica la Orden de 25 de marzo de 2015 por la que se inicia el procedimiento de integración como personal laboral de la Xunta de Galicia del personal laboral fijo de la extinta empresa pública de Obras y Servicios Hidráulicos (EPOSH), adscrito a la entidad pública empresarial Augas de Galicia, y se regula el desistimiento de las solicitudes presentadas en el procedimiento iniciado al amparo de ella.

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 3.2 de la Orden de 25 de marzo de 2015, modificada por la Orden de 29 de agosto de 2022, con fecha de 20 de octubre de 2022, la Secretaría General Técnica de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad remitió a la Dirección General de la Función Pública el informe propuesta de integración como personal laboral de la Xunta de Galicia del personal laboral fijo de la extinta empresa pública de Obras y Servicios Hidráulicos, adscrito a la entidad pública empresarial Augas de Galicia, que ejerció la opción de integración.

La comisión prevista en el artículo 3.5 de la Orden de 25 de marzo de 2015 elaboró su informe, según consta en la certificación emitida por su presidente de 26 de junio de 2023.

En consecuencia, en virtud de las competencias conferidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.3 del Decreto 129/2012, de 31 de mayo, por el que se regula el régimen aplicable al personal de las entidades instrumentales integrantes del sector público autonómico de Galicia que sean objeto de creación, adaptación o extinción, y con lo dispuesto en el artículos 3.5 de la Orden de 25 de marzo de 2015 por la que se inicia el procedimiento de integración como personal laboral de la Xunta de Galicia del personal laboral fijo de la extinta empresa pública de Obras y Servicios Hidráulicos, adscrito a la entidad pública empresarial Augas de Galicia,

ACUERDO:

Artículo 1. Objeto

El objeto de la presente orden es resolver el procedimiento de integración como personal laboral de la Xunta de Galicia del personal laboral fijo de la extinta empresa pública de Obras y Servicios Hidráulicos, adscrito a la entidad pública empresarial Augas de Galicia.

Artículo 2. Resolución

Vista la propuesta realizada por la Dirección General de la Función Pública,

RESUELVO:

1. Acordar la integración como personal laboral fijo de la Xunta de Galicia de las personas interesadas que se enumeran en el anexo de la presente orden, con el grupo y categoría profesional según el sistema de clasificación profesional establecido en el V Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia, en el puesto de trabajo y con el carácter de adscripción a este que se indican.

2. La integración supondrá la novación de la relación contractual y comportará la formalización de un contrato de trabajo como personal laboral fijo de la Administración general de la Xunta de Galicia, debiendo tomar posesión en el plazo de seis días hábiles desde el 21 de agosto de 2023, salvo que se encuentre disfrutando de un período de licencia, vacaciones, permiso o de baja por incapacidad temporal, en cuyo caso el cómputo comenzará el día siguiente al de su reincorporación al puesto de trabajo. Los efectos económicos del cese serán los del último día del mes en el que este se produzca, siendo, en consecuencia, los efectos económicos de la toma de posesión del nuevo destino el primer día del mes siguiente al del cese.

Asimismo, la toma de posesión implica su renuncia voluntaria a la situación anterior.

3. Al personal laboral integrado se le hará, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12.5 del Decreto 129/2012, de 31 de mayo, un reconocimiento de servicios para el cálculo de la antigüedad a efectos de trienios, para adecuar su antigüedad en términos de homogeneidad con la prevista en el Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley 4/2021, de 28 de enero, de medidas fiscales y administrativas.

4. Al personal integrado se le aplicará, a todos los efectos, el régimen económico y jurídico del Convenio colectivo único de la Xunta de Galicia, sin que en ningún caso origine derecho a ninguna indemnización.

5. Al personal que a consecuencia de la integración experimente una merma en cómputo anual de las retribuciones fijas y periódicas se le reconocerá un complemento personal de integración, de carácter transitorio, consistente en la diferencia de retribuciones, en los términos de lo establecido en la disposición transitoria primera del Decreto 129/2012, de 31 de mayo, de manera que la equiparación total se producirá en el plazo máximo de seis años desde su integración como personal laboral de la Xunta de Galicia.

6. Procederá la extensión de la correspondiente diligencia de integración por parte de la consellería en la cual sea destinada el personal integrado.

Artículo 3. Recursos

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Previamente, y con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la presente orden, en el plazo de un mes, segundo lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Disposición última única

La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 4 de agosto de 2023

Miguel Corgos López-Prado
Conselleiro de Hacienda y Administración Pública

ANEXO

Propuesta de integración como personal laboral de la Xunta de Galicia del personal laboral fijo de la extinta empresa pública de Obras y Servicios Hidráulicos, adscrito a la entidad pública empresarial Augas de Galicia, que presentaron solicitudes que cumplen todos los requisitos exigidos en la normativa vigente en la materia:

Apellidos, nombre

Servicio activo o situación que origine derechos a reserva de puesto

Grupo/categoría

Puesto propuesto

Código puesto

Destino

Olañeta Méndez, Agustin

Grupo III, categ. 02

Ayudante/a de Administración

IV.E10.00.000.15770.063

Definitivo

Guerreiro Vázquez, Mª del Mar

Grupo III, categ. 02

Ayudante/a de Administración

IV.E10.00.000.15770.064

Definitivo

Santoalla Lorenzo, Ana Belén

Grupo IV, categ. 01

Puesto base subgrupo C2

IV.E10.00.000.15770.076

Definitivo

Fernández Fernández, Susana

Grupo I, categ. 04

Jefe de Área de Gestión de Saneamiento

IV.E10.00.006.15770.042

Definitivo

Fernández Ferreyra, Pablo

Grupo II, categ. 07

Jefatura de Sección Técnica I

IV.E10.00.000.15570.038

Definitivo

Gestal Viqueira, Mª José

Grupo II, categ. 07

Jefatura de Sección Gestión Presupuestaria I

IV.E10.00.003.15770.022

Definitivo

López do Casar, Ana Luisa

Grupo II, categ. 07

Jefatura de Sección Gestión Presupuestaria II

IV.E10.00.003.15770.023

Definitivo

Blanco Menéndez, Jean Pierre

Grupo I, categ. 04

Ingeniero/a de funciones facultativas

IV.E10.00.000.15770.016

Definitivo

Barrio Martín, Juan Pablo

Grupo I, categ. 04

Jefe del Servicio de Gestión Abastecimiento y Saneamiento

IV.E10.00.006.15770.040

Provisional

Santos Santos, Luis

Grupo III, categ. 02

Ayudante/a de Administración

IV.E10.00.000.15770.062

Definitivo

Mosqueira Martínez, Gonzalo

Grupo I, categ. 04

Ingeniero/a de funciones facultativas

IV.E10.00.000.15770.018

Definitivo

Rodríguez González, Paola

Grupo III, categ. 02

Ayudante/a de Administración

IV.E10.00.000.15770.066

Definitivo

Fernández Pereira, Mª José

Grupo III, categ. 02

Ayudante/a de Administración

IV.E10.00.000.15770.065

Definitivo

Posada Darriba, Manuel

Grupo IV, categ. 01

Puesto base subgrupo C2

IV.E10.00.000.15770.079

Definitivo

Fernández Domínguez, Manuela

Grupo IV, categ. 01

Puesto base subgrupo C2

IV.E10.00.000.15770.080

Definitivo

Picos Ferreira, José Emilio

Grupo III, categ. 29

Jefatura de Negociado de Delineación

IV.E10.00.006.15770.006

Definitivo

Vázquez García, José Ricardo

Grupo III, categ. 29

Jefatura de Negociado de Delineación

IV.E10.00.006.15770.005

Definitivo

Pérez Souza, Miguel

Grupo II, categ. 27

Jefatura de Sección de Informática II

IV.E10.00.001.15770.026

Definitivo

García Díaz, Eduviges

Grupo IV, categ. 01

Puesto base subgrupo C2

IV.E10.00.000.15770.070

Definitivo

Duaso Mora, Begoña

Grupo III, categ. 02

Secretario/a presidente/a

IV.E10.00.000.15770.003

Provisional

Segret Costas, Laura

Grupo IV, categ. 01

Puesto base subgrupo C2

IV.E10.00.000.15770.078

Definitivo