DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 153 Viernes, 11 de agosto de 2023 Pág. 48174

III. Otras disposiciones

Consellería de Hacienda y Administración Pública

RESOLUCIÓN de 7 de julio de 2023 por la que se ordena la publicación de los acuerdos del Consello de la Xunta de Galicia de 1 de junio y de 6 de julio de 2023 por los que se aprueba y se modifica, respectivamente, la relación de puestos de trabajo de la entidad pública empresarial Augas de Galicia.

La Ley 9/2010, de 4 de noviembre (DOG núm. 222, de 18 de noviembre) crea Augas de Galicia como ente público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y de las competencias reguladas por esta ley.

La disposición adicional primera de esta Ley 9/2010, de 4 de noviembre, en su apartado 3 recoge que en la misma fecha de entrada en funcionamiento de la entidad se considerarán extinguidos el organismo autónomo Augas de Galicia y la empresa pública Obras y Servicios Hidráulicos.

El estatuto de la entidad fue aprobado por el Decreto 32/2012, de 12 de enero (DOG núm. 9, de 13 de enero) y la entrada en funcionamiento se produjo con la sesión constitutiva de su Consejo Rector el 30 de enero de 2012, quedando extinguidos el organismo autónomo Augas de Galicia y la empresa pública de Obras y Servicios Hidráulicos, subrogándose la nueva entidad en todos sus derechos y obligaciones.

La entidad pública empresarial Augas de Galicia contaba con la estructura organizativa recogida en el estatuto de la entidad, aprobado por el Decreto 32/2012, de 12 de enero. No obstante, hasta la elaboración y aprobación de la relación de puestos de trabajo inicial de personal funcionario y laboral de la entidad pública empresarial Augas de Galicia y del decreto de desarrollo de su estructura orgánica, en aplicación de lo previsto en la disposición transitoria tercera de este decreto, se mantuvieron como instrumentos de ordenación de sus recursos humanos la relación de puestos de trabajo del organismo autónomo Augas de Galicia y la plantilla de personal de la empresa pública de Obras y Servicios Hidráulicos, así como las configuraciones de las estructuras orgánicas del Decreto 108/1996, de 29 de febrero, y en los estatutos de la empresa pública de Obras y Servicios Hidráulicos, aprobados por el Decreto 125/1996, de 7 de marzo.

Por otro lado, es necesario, además, adaptar la estructura orgánica de Augas de Galicia a las previsiones recogidas en las leyes aprobadas con posterioridad al año 2012, en particular a Ley 9/2019, de 11 de diciembre, de medidas de garantía del abastecimiento en episodios de sequía y en situaciones de riesgo sanitario, y en especial a la Ley 1/2022, de 12 de julio, de mejora de la gestión del ciclo integral del agua, ya que las nuevas funciones que esta normativa prevé que pueda desarrollar Augas de Galicia no pueden realizarse teniendo como base una estructura orgánica del año 2012.

A consecuencia de lo anterior, el 11 de mayo de 2023 se aprobó el Decreto 50/2023, por el que se modifica el estatuto de la entidad pública empresarial Augas de Galicia, aprobado por el Decreto 32/2012, de 12 de enero (DOG núm. 100, de 29 de mayo).

La aprobación de la presente relación de puestos de trabajo inicial de la entidad pública empresarial Augas de Galicia recoge también cambios de estructura que tuvieron lugar con la entrada en vigor del Decreto 50/2023, de 11 de mayo, así como de la adaptación a las escalas y especialidades de los cuerpos de Administración general y de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia recogidos en la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia y la incardinación en áreas funcionales conforme a lo recogido en la Orden de 10 de mayo de 2017 por la que se modifica la Orden de 21 de noviembre de 1989 por la que se fijan los criterios generales para la elaboración de las relaciones de puestos de trabajo de la Comunidad Autónoma de Galicia, se aprueba el modelo y se dictan instrucciones para cubrirlo (DOG núm. 90, de 11 de mayo).

Posteriormente, resultó necesario modificar esta relación de puestos de trabajo inicial con la finalidad de equiparar la clasificación de dos puestos de nueva creación a la de otros ya existentes, así como la modificación de los centros de la entidad con sede en las ciudades de Lugo y Ourense a consecuencia del Decreto 53/2023, de 11 de mayo.

En consecuencia, a propuesta de la entidad pública empresarial Augas de Galicia y una vez consultadas las organizaciones sindicales presentes en la Mesa de Negociación y en la Comisión de Personal, el Consello de la Xunta de Galicia, en sus reuniones de 1 de junio y de 6 de julio de 2023, adoptó el siguiente

ACUERDO:

Primero. Aprobar la relación de puestos de trabajo de la entidad pública empresarial Augas de Galicia en los términos que se señalan en el anexo a este acuerdo, a consecuencia de sus necesidades funcionales y organizativas actuales.

Segundo. Clasificar de libre designación los puestos que a continuación se relacionan en aplicación del criterio de excepcionalidad que al margen se indica, de conformidad con lo previsto en la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, y con lo dispuesto en la Resolución de 25 de febrero de 2016, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se dictan instrucciones para la tramitación de las relaciones de puestos de trabajo y la determinación de los criterios de excepcionalidad y funciones que definen las características que motivan la especial responsabilidad o cualificación profesional de los puestos de trabajo de libre designación, de nivel 28 o inferior, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia:

Código del puesto

Denominación

Criterio

IV.E19.20.000.15001.001

Jefatura del Servicio Territorial de Augas de Galicia

Especial responsabilidad por garantizar el adecuado ejercicio de autoridad y/o inspección administrativa de la Xunta de Galicia.

La coordinación o dirección de la inspección, en un determinado ámbito administrativo, siempre que no exista un puesto jerárquico superior de los comprendidos en la relación de puestos de trabajo.

IV.E19.20.000.15770.001

Jefatura del Servicio Territorial de Augas de Galicia

Especial responsabilidad por garantizar el adecuado ejercicio de autoridad y/o inspección administrativa de la Xunta de Galicia.

La coordinación o dirección de la inspección, en un determinado ámbito administrativo, siempre que no exista un puesto jerárquico superior de los comprendidos en la relación de puestos de trabajo.

IV.E19.20.000.27001.001

Jefatura del Servicio Territorial de Augas de Galicia

Especial responsabilidad por garantizar el adecuado ejercicio de autoridad y/o inspección administrativa de la Xunta de Galicia.

La coordinación o dirección de la inspección, en un determinado ámbito administrativo, siempre que no exista un puesto jerárquico superior de los comprendidos en la relación de puestos de trabajo.

IV.E19.20.000.36560.001

Jefatura del Servicio Territorial de Augas de Galicia

Especial responsabilidad por garantizar el adecuado ejercicio de autoridad y/o inspección administrativa de la Xunta de Galicia.

La coordinación o dirección de la inspección, en un determinado ámbito administrativo, siempre que no exista un puesto jerárquico superior de los comprendidos en la relación de puestos de trabajo.

Tercero. Ordenar su publicación en el Diario Oficial de Galicia a los efectos de la entrada en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.

La presente publicación incluye también la modificación parcial aprobada por Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 6 de julio de 2023.

Vistos los acuerdos adoptados por el Consello de la Xunta de Galicia en sus reuniones de 1 de junio y de 6 de julio de 2023, relativos a la aprobación de la relación de puestos de trabajo de la entidad pública empresarial Augas de Galicia y su modificación parcial, respectivamente, con la finalidad de cumplir dichos acuerdos, de conformidad con la Orden de la Consellería de Hacienda de 8 de enero de 2020 sobre delegación de competencias en la Dirección General de la Función Pública (DOG núm. 16, de 24 de enero), dispongo que, por razón de eficacia y operatividad, se publiquen de manera consolidada en una única relación, en el Diario Oficial de Galicia como anexo a esta resolución.

Santiago de Compostela, 7 de julio de 2023

El conselleiro de Hacienda y Administración Pública
P.D. (Orden de 8.1.2020)
José María Barreiro Díaz
Director general de la Función Pública

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