DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 150 Martes, 8 de agosto de 2023 Pág. 47581

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades

ORDE de 27 de julio de 2023 por la que se modifica la autorización del CPR Eirís, de A Coruña.

La representación de la titularidad del CPR Eirís, de A Coruña, solicita la modificación de la autorización para impartir el bachillerato de la modalidad de Artes, vía de Artes Plásticas, Imagen y Diseño.

Después de la tramitación del expediente, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y con la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Artículo 1. Modificación de la autorización

Modificar la autorización del centro para impartir el bachillerato de la modalidad de Artes, vía de Artes Plásticas, Imagen y Diseño, quedando el centro configurado como se detalla a continuación:

Denominación genérica: centro privado (CPR).

Denominación específica: Eirís.

Código: 15004125.

Domicilio: calle Castaño de Eirís, 1.

Localidad: A Coruña.

Municipio: A Coruña.

Código postal: 15009.

Provincia: A Coruña.

Titular: Eirís, S.L.

Composición resultante:

Educación infantil: 6 unidades del segundo ciclo.

Educación primaria: 12 unidades.

Educación secundaria obligatoria: 8 unidades.

Bachillerato: 6 unidades de las siguientes modalidades:

• Ciencias y Tecnología.

• Humanidades y Ciencias Sociales.

• Artes: vía de Artes Plásticas, Imagen y Diseño.

Artículo 2. Inicio de la actividad

Para la puesta en funcionamiento de las enseñanzas que se autorizan, la Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades de A Coruña, previo informe del Servicio Territorial de Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia.

Artículo 3. Inscripción en el registro de centros

Esta orden dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Artículo 4. Revisión de la autorización

El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que se indican en esta orden.

Disposición última primera. Recursos

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición última segunda. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 27 de julio de 2023

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades