DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 147 Jueves, 3 de agosto de 2023 Pág. 46889

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades

DECRETO 119/2023, de 20 de julio, por el que se asume el traspaso a la Comunidad Autónoma de Galicia de las funciones, servicios y recursos personales y materiales afectos a la Escuela de Canteros de Poio prestados por la Diputación Provincial de Pontevedra y se acuerda su transformación en un centro público docente dependiente de la Xunta de Galicia.

El artículo 31 del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, establece que es competencia plena de la Comunidad Autónoma gallega la regulación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, en el ámbito de sus competencias.

La Escuela de Canteros de Poio empieza su andadura el 15 de enero de 1979 en las instalaciones del monasterio de Poio, dependiente del Ministerio de Cultura. En 1982 pasa a depender de la Diputación de Pontevedra y a partir del año 2000 se inicia un nuevo proyecto con instalaciones propias.

La finalidad de la Escuela es conservar y promover uno de los oficios más antiguos y nobles de Galicia, el de cantería, para enseñar el arte de trabajar la piedra.

La Escuela desarrolla sus actividades como un taller de trabajo artesanal en piedra, en el que se combinan la enseñanza teórica y la práctica. Los trabajos del alumnado y del profesorado van dejando huella del patrimonio arquitectónico popular de Galicia por todo el mundo. La formación impartida en la Escuela de Canteros de Poio se inserta dentro de la denominada formación no formal y, por lo tanto, no son conducentes a títulos o a certificados de profesionalidad.

La Xunta de Galicia y la Diputación de Pontevedra concuerdan en la relevancia del trabajo desarrollado, desde su creación, por la Escuela de Canteros de Poio para la formación de profesionales con una alta cualificación en un ámbito de especial trascendencia para el patrimonio y el sector de la construcción. Dada su relevancia, ambas instituciones firman, el 6 de julio de 2022, el Protocolo general de intenciones para la transmisión de la titularidad de la finca Lourizán y de la Escuela de Cantería de Pontevedra a la Comunidad Autónoma de Galicia, en el que manifiestan la voluntad de articular los procedimientos e instrumentos jurídicos necesarios para proceder a la transferencia y transformación de la Escuela en un centro público dependiente de la Xunta de Galicia, adscrito a la consellería competente en materia de educación, destinado a la implementación de enseñanzas regladas en el ámbito de la educación y la formación en general. Su organización y la oferta de enseñanzas se adecuarán a los postulados establecidos por la Ley orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la formación profesional y en las demás normas del sistema educativo.

El Pleno de la Diputación Provincial de Pontevedra, en la sesión ordinaria que tuvo lugar el día 28 de abril de 2023, aprobó inicialmente el expediente de transferencia a la Comunidad Autónoma de Galicia de las funciones, servicios y recursos personales y materiales afectos a la Escuela de Canteros de Poio, así como los bienes, derechos y obligaciones dimanantes de dicho traspaso.

En el Boletín Oficial de la provincia de Pontevedra número 83, de 2 de mayo de 2023, se publicó el anuncio de exposición pública del expediente de transferencia de la Escuela de Cantería a la Xunta de Galicia, durante el plazo de veinte días hábiles. No presentándose reclamaciones durante el plazo concedido al efecto, se entiende elevado a definitivo el acuerdo de aprobación inicial, de conformidad con lo establecido en el punto resolutivo cuarto del citado acuerdo plenario, configurándose tal aprobación como requisito de su validez y eficacia. La aprobación definitiva se publica el 6 de junio de 2023 en el Boletín Oficial de la provincia de Pontevedra, número 108.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades, en el ejercicio de la facultad otorgada por el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y su Presidencia, previa deliberación del Consello da Xunta de Galicia, en su reunión de veinte de julio de dos mil veintitrés,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto

1. Este decreto tiene por objeto asumir el traspaso a la Comunidad Autónoma de Galicia de las funciones, servicios y recursos personales y materiales de la Escuela de Canteros de Poio, así como los bienes, derechos y obligaciones dimanantes de dicho traspaso.

Asimismo, es objeto de este decreto la transformación de la Escuela de Canteros de Poio en un centro público docente dependiente de la Xunta de Galicia, adecuando su organización y la oferta de enseñanzas a los postulados establecidos por la Ley orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la formación profesional, y las demás normas del sistema educativo.

Artículo 2. Funciones, servicios, bienes y derechos que se traspasan

1. Quedan traspasados a la Comunidad Autónoma de Galicia y asumidos por esta las funciones, servicios y recursos personales y materiales de la Escuela de Canteros de Poio, así como los bienes, derechos y obligaciones dimanantes de dicho traspaso.

2. El personal que presta servicios en la Escuela de Canteros de Poio será asumido por la Xunta de Galicia, en los términos establecidos en el Estatuto de los trabajadores, en las mismas condiciones que tengan reconocidas por la Diputación Provincial de Pontevedra en la fecha de efectividad de tal incorporación. En el anexo I se recoge la relación de trabajadores actualmente adscritos a la Escuela de Canteros.

3. Los bienes y derechos que forman parte de la Escuela de Canteros corresponderán a la Comunidad Autónoma de Galicia en iguales condiciones en que los ostentaba la Diputación Provincial de Pontevedra.

La sede de la Escuela se emplaza en la calle Illa do Santo, número 2, del ayuntamiento de Poio, y cuenta con referencia catastral 36041A035060000001PU.

Los terrenos en los que se ubica la Escuela seguirán perteneciendo a la Comunidad de Montes vecinales en Mano Común de San Salvador de Poio, subrogándose la Comunidad Autónoma de Galicia en la posición jurídica de la Diputación Provincial de Pontevedra en el acuerdo de cesión formalizado con fecha 18 de julio de 1996 y su anexo, firmado el 3 de agosto de 2006. Todo ello en virtud del acuerdo adoptado por dicha comunidad de montes el 20 de marzo de 2023.

Artículo 3. Adscripción

1. Se adscriben a la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades las funciones, servicios, bienes y recursos personales y materiales asumidos.

2. La Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades ejercerá las funciones resultantes de sus competencias, en relación con las funciones, servicios, bienes y recursos personales y materiales traspasados con cargo a sus créditos presupuestarios.

3. El traspaso efectivo del personal se materializará el día 1 de septiembre de 2023. La Diputación Provincial de Pontevedra remitirá al órgano competente de la Comunidad Autónoma los expedientes del personal traspasado, así como los certificados de haberes referidos a las cantidades devengadas en el año anterior a la formalización de la integración, en el plazo indicado en el párrafo siguiente.

En el plazo máximo de un mes desde la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia se firmarán las correspondes actas de entrega y recepción de los citados bienes, derechos y recursos que se traspasan y se hará entrega a la Comunidad Autónoma de la documentación, inventarios y expedientes correspondientes a los servicios y medios materiales y personales traspasados.

Disposición final primera. Habilitación normativa

Se faculta a la persona titular de la consellería con competencias en materia de educación para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de este decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veinte de julio de dos mil veintitrés

Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades

ANEXO I

Trabajador/a

Descripción del puesto

Retribución

Riera Taboas, Marta

Maestro/a de Dibujo Artístico (t.p.)

6.428,19

Santiago Suárez, María Luz

Maestro/a de Historia del Arte (t.p.)

6.428,19

Coia Piñeiro, Manuel J.

Maestro/a de Cantería y Escultura

45.839,19

Otero Chantada, Adrián

Maestro/a de Escultura

34.521,06

Barreiro Barreiro, Jorge

Maestro/a de Modelado (t.p.)

8.285,06

Espiño López Lucía

Maestro/a de Modelado (t.p.)

8.285,06

Vidal Santos, Manuel Ángel

Oficial/a de maquinaria

24.826,29

Fernández Senra, M. Carmen

Operario/a de servicios varios

26.919,90