El 7 de febrero de 2023 se publica en el Diario Oficial de Galicia la Resolución de 30 de diciembre 2022 por la que se regula la gestión en Galicia del programa de ayuda a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para promotores públicos y privados distintos del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento VI406J).
El ordinal tercero de esa resolución determina que las subvenciones previstas para este programa se harán efectivas con cargo las aplicaciones presupuestarias 08.81.451B.760.8 y 08.81.451B.770.8, por los siguientes importes:
Aplicación |
Anualidad |
Importe (en euros) |
08.81.451B.760.8 |
2023 |
1.500.000,00 |
2024 |
1.050.000,00 |
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2025 |
900.000,00 |
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2026 |
750.000,00 |
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08.81.451B.770.8 |
2023 |
1.500.000,00 |
2024 |
1.050.000,00 |
|
2025 |
900.000,00 |
|
2026 |
750.000,00 |
El apartado 2 del mismo ordinal determina que, de conformidad con lo establecido en el artículo 67.2 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica, el otorgamiento de estas subvenciones queda supeditado a la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de su concesión.
Además, en el apartado 3 estipula que las cuantías establecidas en esta convocatoria podrán ser objeto de ampliación por resolución de la persona titular de la Dirección General del IGVS y tendrán efecto después de su publicación en el DOG, de conformidad con lo establecido en el artículo 30.2 del Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero.
En virtud de lo anterior,
RESUELVO:
Ampliar la dotación presupuestaria de fondos con cargo a los créditos disponibles, para la anualidad 2024, en 2.687.500 euros para cada una de las aplicaciones presupuestarias establecidos en el ordinal tercero de dicha resolución, resultando el crédito total con el siguiente detalle:
1. En la aplicación presupuestaria destinada a entidades locales:
Aplicación resupuestaria |
Anualidad |
Crédito inicial (en euros) |
Crédito final (en euros) |
08.81.451B.760.8 |
2023 |
1.500.000,00 |
1.500.000,00 |
2024 |
1.050.000,00 |
3.737.500,00 |
|
2025 |
900.000,00 |
900.000,00 |
|
2026 |
750.000,00 |
750.000,00 |
|
Total |
4.200.000,00 |
6.887.500,00 |
2. En la aplicación presupuestaria destinada a promotores privados:
Aplicación presupuestaria |
Anualidad |
Crédito inicial (en euros) |
Crédito final (en euros) |
08.81.451B.770.8 |
2023 |
1.500.000,00 |
1.500.000,00 |
2024 |
1.050.000,00 |
3.737.500,00 |
|
2025 |
900.000,00 |
900.000,00 |
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2026 |
750.000,00 |
750.000,00 |
|
Total |
4.200.000,00 |
6.887.500,00 |
Esta ampliación no implica apertura de un nuevo plazo para presentar solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.
Esta resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 19 de julio de 2023
Heriberto García Porto
Director general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo