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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 132 Miércoles, 12 de julio de 2023 Pág. 43083

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 26 de junio de 2023, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por el que se comunican a los posibles titulares de derechos e intereses los acuerdos adoptados por este jurado, relativos a deslindes entre montes vecinales en mano común (expediente 8/77 y once más).

En la sesión celebrada el día 14.6.2023, el Jurado Provincial de Clasificación de MVMC de Lugo, por unanimidad, acordó aprobar los siguientes deslindes entre montes vecinales, y proceder a las oportunas modificaciones en los expedientes correspondientes:

― MVMC Os Boedos (expediente 8/77), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Illán, en el ayuntamiento de Begonte; y MVMC Pígara (expediente 65/75), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Pígara, en el ayuntamiento de Guitiriz.

El 26.9.2022 se presentó una solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por avenencia entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Aportaron acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación ante el Juzgado de Paz de Guitiriz y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.

El 23.3.2023, el Servicio de Montes emitió un informe (2022_132) en el que se recogen las modificaciones que se producen como consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

– MVMC Os Boedos: 297,08 hectáreas.

– MVMC Pígara: 626,03 hectáreas.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

Este deslinde se corresponde con el plano del anexo I, al final de este anuncio.

― MVMC Pol (expediente 46/73), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Pol, en el ayuntamiento de Monterroso; y MVMC Vacaloura y Fido (expediente 39/76), perteneciente a los vecinos de la parroquia de O Castro de Soengas, en el ayuntamiento de Portomarín.

El 27.9.2022 se presentó una solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por avenencia entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Aportaron acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación ante el Juzgado de Paz de Portomarín y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.

El 27.3.2023, el Servicio de Montes emitió un informe (2022_141) en el que se recogen las modificaciones que se producen como consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

– MVMC Pol: 295 hectáreas.

– MVMC Vacaloura y Fido: 290 hectáreas.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

Este deslinde se corresponde con el plano del anexo II, al final de este anuncio.

― MVMC Vilarnovo (expediente 9/81), perteneciente a los vecinos del lugar de Vilarnovo, en la parroquia de Vilaquinte (Cervantes); y MVMC Penedo (expediente 135/78), perteneciente a los vecinos del lugar de Penedo, en la parroquia de Vallo (Navia de Suarna).

El 27.9.2022 se presentó una solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por avenencia entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Aportaron acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación ante el Juzgado de Paz de Navia de Suarna y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.

El 29.3.2023, el Servicio de Montes emitió un informe (2022_148) en el que se recogen las modificaciones que se producen como consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

– MVMC Vilarnovo: 124 hectáreas.

– MVMC Penedo: 289 hectáreas.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

Este deslinde se corresponde con el plano del anexo III, al final de este anuncio.

― MVMC Savane (expediente 5/81), perteneciente a los vecinos del lugar de Savane, en la parroquia de Quindous; y MVMC Bustelo (expediente 115/80), perteneciente a los vecinos del lugar de Bustelo, en la parroquia de O Castro, ambos montes en el ayuntamiento de Cervantes.

El 27.9.2022 se presentó una solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por avenencia entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Aportaron acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación ante el Juzgado de Paz de Cervantes y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.

El 3.4.2023, el Servicio de Montes emitió un informe (2022_150) en el que se recogen las modificaciones que se producen como consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

– MVMC Savane: 357 hectáreas.

– MVMC Bustelo: 135 hectáreas.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

Este deslinde se corresponde con el plano del anexo IV, al final de este anuncio.

― MVMC Coro (expediente 44/77), perteneciente a los vecinos del lugar de Coro, en la parroquia de Rao; y MVMC Ventosa (expediente 89/77), perteneciente a los vecinos del lugar de Ventosa, en la parroquia de Moia. Ambos montes están en el ayuntamiento de Navia de Suarna.

El 29.9.2022 se presentó una solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por avenencia entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Aportaron acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación ante lo Juzgado de Navia de Suarna y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.

El 5.5.2023, el Servicio de Montes emitió un informe (2022_153) en el que se recogen las modificaciones que se producen como consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

– MVMC Coro: 500,4 hectáreas.

– MVMC Ventosa: 657,2 hectáreas.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

Este deslinde se corresponde con el plano del anexo V, al final de este anuncio.

― MVMC Brancio y Candelos (expediente 15/81), perteneciente a los vecinos de los lugares Brancio y Candelos; y MVMC Ervellais (expediente 1/87), perteneciente a los vecinos del lugar de Ervellais, ambos en la parroquia de San Martín de Arroxo, en el ayuntamiento de A Fonsagrada.

El 30.9.2022 se presentó una solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por avenencia entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Tras el requerimiento oportuno, aportaron acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de A Fonsagrada y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.

El 22.5.2023, el Servicio de Montes emitió un informe (2022_284) en el que se recogen las modificaciones que se producen como consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

– MVMC Brancio y Candelos: 131,33 hectáreas.

– MVMC Ervellais: 15,88 hectáreas.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

Este deslinde se corresponde con el plano del anexo VI, al final de este anuncio.

Contra estos acuerdos, podrá interponerse desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Lugo, 26 de junio de 2023

María Olga Iglesias Fontal
Presidenta del Jurado Provincial de Clasificación de
Montes Vecinales en Mano Común de Lugo

ANEXO I

Deslinde por acuerdo entre CMVMC Illán y Pígara

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ANEXO II

Deslinde por acuerdo entre CMVMC Pol y Castro de Soengas

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ANEXO III

Deslinde por acuerdo entre CMVMC Vilarnovo y Penedo

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ANEXO IV

Deslinde por acuerdo entre CMVMC Savane y Bustelo

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ANEXO V

Deslinde por acuerdo entre CMVMC Coro y Ventosa

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ANEXO VI

Deslinde por acuerdo entre CMVMC Brancio y Candelos y Ervellais

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