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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 130 Lunes, 10 de julio de 2023 Pág. 42573

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2023, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se conceden las autorizaciones administrativas previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Pazos de Borbén (expediente IN407A 2023/185-4).

Expediente: IN407A 2023/185-4.

Solicitante: Eléctrica de Moscoso, S.L.

Denominación: LMTS, DC y CT Amoedo a CT Amoedo II y la LMT, LP Amoedo.

Ayuntamiento: Pazos de Borbén.

Hechos:

Primero. El 23 de marzo de 2023, Eléctrica de Moscoso, S.L. solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica LMTS, DC y CT Amoedo a CT Amoedo II y la LMT, LP Amoedo.

Examinado el proyecto de ejecución, se concluye que consiste en instalación de una línea de media tensión subterránea en simple y doble circuito entubada en zanja de 749 metros, que enlazará el centro de transformación (CT) Amoedo AMC041 con el CT Amoedo II EMC41H y, a su vez, este centro de transformación con la MT LP Amoedo tramo II, consiguiendo integrar el CT Amoedo II en la línea principal Amoedo mediante el bucle de entrada/salida con la instalación de dos nuevas celdas de línea motorizadas y telemandadas.

A raíz de estas obras se consigue dotar al polígono de Chan de Amoedo de un cierre anillado.

Las actuaciones están previstas en los lugares de A Igrexa y O Carballiño, en la parroquia de Amoedo, en el ayuntamiento de Pazos de Borbén (Pontevedra).

Segundo. Esta jefatura territorial solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicios de interés general afectadas, esto es, el Ayuntamiento de Pazos de Borbén y la Agencia Gallega de Infraestructuras.

Los organismos no emitieron los condicionados técnicos, entendiéndose en consecuencia su conformidad con la autorización de construcción de la mencionada infraestructura eléctrica, conforme a lo dispuesto en el artículo 131 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, sin perjuicio de la autorización que les corresponda otorgar.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. La Jefatura Territorial de Pontevedra es competente para resolver este expediente con fundamento en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4 de julio), y en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero).

Segunda. La legislación de aplicación al presente expediente es:

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresarias en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

Tercera. Las características técnicas da instalación son las que a continuación se describen:

– Línea de media tensión subterránea a 20 kV, con conductor RHZ1, en simple y doble circuito, de 1.456 metros de longitud total (1.366 dc y 90 sc), con origen en el centro de transformación Amoedo (EMC041), mediante un paso aero-subterráneo, y final en el apoyo proyectado en la LMT principal Amoedo tramo II, mediante otro paso aero-subterráneo, haciendo entrada y salida en el centro de transformación Amoedo II EMC41H.

– Reforma del centro de transformación Amoedo II (EMC41H), consistente en la instalación de dos celdas de línea motorizadas y telecontroladas.

– La instalación está situada en los lugares de A Igrexa y O Carballiño, en la parroquia de Amoedo, en el ayuntamiento de Pazos de Borbén (Pontevedra).

Conforme a lo indicado,

resuelvo:

Primero. Otorgar a Eléctrica de Moscoso, S.L. las autorizaciones administrativas previa y de construcción de la instalación de distribución de energía eléctrica denominada LMTS, DC y CT Amoedo a CT Amoedo II y a LMT, LP Amoedo (expediente IN407A 2023/185-4), cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución, a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y a las condiciones establecidas en los condicionados de los organismos que constan en el expediente.

Segundo. Eléctrica de Moscoso, S.L. asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, con el fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad. En todo momento se deberán cumplir las normas y directrices vigente que resulten de aplicación, en particular cuanto establecen el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

Tercero. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Pontevedra, 14 de junio de 2023

Beatriz López del Olmo
Jefa territorial de Pontevedra