Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 130 Lunes, 10 de julio de 2023 Pág. 42463

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 105/2023, de 29 de junio, por el que se aprueba el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Fene de un tramo antiguo de la carretera AC-133, junto con su franja de dominio público vial (DPV) y pasarela peatonal existente sobre la línea del ferrocarril.

Según lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de carreteras o trechos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y previo acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de ellas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

El Ayuntamiento de Fene solicita el cambio de titularidad de un tramo antiguo de la carretera AC-133, desde el p.k. 2+030 al p.k. 2+650, denominado calle Pablo Areas Feal, en Barallobre.

La carretera AC-133 tiene una longitud de 10.140 metros y está categorizada funcionalmente como red local por el Catálogo de la Raega.

El tramo solicitado por el Ayuntamiento de Fene se sitúa en el margen derecho de la carretera autonómica AC-133, con inicio en el p.k. 2+030 y final en el p.k. 2+650, y no presenta continuidad al estar cortado por la linea del ferrocarril. Este tramo antiguo carece de funcionalidad dentro de la Red autonómica de carreteras de Galicia y está definido en dos tramos, antes y después de la linea del ferrocarril, respectivamente:

– Tramo 1.1: tramo antiguo de la AC-133, de 117 metros.

Inicio en el p.k. 2+030 margen derecho de la AC-133 (UTM ETRS89 huso 29: x= 565.778/y= 4.812.925).

Final en la plataforma ferrocarril orilla este (UTM ETRS89 huso 29: x= 565.688/y= 4.812.852).

– Tramo 1.2: tramo antiguo de la AC-133 de 466 metros.

Inicio en la plataforma ferrocarril orilla oeste (UTM ETRS89 huso 29: x= 565.674/y= 4.812.830).

Final en el p.q. 2+650 margen derecho de la AC-133 (UTM ETRS89 huso 29: x= 565.526/y= 4.812.417).

La Agencia Gallega de Infraestructuras, vistos los informes emitidos por los servicios competentes, formuló la propuesta favorable a la transferencia de titularidad de los tramos que se definen en el artículo 1, junto con su dominio público viario (DPV), excluyendo la superficie de la plataforma ferroviaria.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintinueve de junio de dos mil veintitrés,

DISPONGO:

Artículo 1

Aprobar o cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Fene del tramo antiguo de la carretera AC-133, junto con su franja de dominio público vial (DPV), incluyéndose en el cambio de titularidad la pasarela peatonal existente sobre la línea del ferrocarril:

Tramo antiguo

Carretera

Inicio del tramo

Coordenadas UTM (ETRS89) huso 29

Final del tramo

Coordenadas UTM (ETRS89) huso 29

Long. (m)

Superficie (m2)

1.1

Tramo antiguo AC-133

2+030 MD de la AC-133

x= 565.778

y= 4.812.925

Plataforma ferrocarril orilla este

x= 565.688

y= 4.812.852

117

1.427

1.1

Plataforma ferrocarril orilla oeste

x= 565.674

y= 4.812.830

2+650 MD de la AC-133

X= 565.526

y= 4.812.417

466

5.607

Artículo 2

En aplicación de los apartados 4 y 6 del artículo 10 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el Ayuntamiento de Fene deberá modificar su catálogo de carreteras para incluir los cambios de titularidad a los que se refiere este decreto.

Artículo 3

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Esta acta de entrega y sus planos poderán consultarse en la página web de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad:

https://infraestruturasemobilidade.xunta.gal/estradas/rede-autonomica/raega

Artículo 4

Corresponden al Ayuntamiento de Fene, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación de los tramos transferidos, así como el ejercicio de las funciones de disciplina vial y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular de las carreteras.

Disposición final

Este decreto producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veintinueve de junio de dos mil veintitrés

Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad