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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 122 Miércoles, 28 de junio de 2023 Pág. 40285

IV. Oposiciones y concursos

Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

RESOLUCIÓN de 16 de junio de 2023, de la Dirección General de Administración Local, por la que se da publicidad de la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo reservado a personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional, denominado oficial mayor del Ayuntamiento de A Coruña.

El Ayuntamiento de A Coruña aprobó las bases y la convocatoria para la cobertura, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo denominado oficial mayor del Ayuntamiento de A Coruña, reservado a personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional, que remitió a la Dirección General de Administración Local para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y posterior envío al Ministerio de Hacienda y Función Pública a efectos de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

De acuerdo con la propuesta del subdirector general de Régimen Jurídico Local, y teniendo en cuenta las competencias conferidas por el artículo 29.3.g) del Decreto 117/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes,

RESUELVO:

Dar publicidad a la convocatoria y a las bases que regirán la misma, recogidas como anexo a esta resolución, para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo reservado a funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional que se indica a continuación:

Corporación: Ayuntamiento de A Coruña.

Puesto: oficial mayor.

Subescala: secretaría.

Categoría: superior.

Nivel complemento destino: 30.

Complemento específico anual: 46.688,32 euros.

Conocimiento de la lengua gallega: en los términos del Decreto 103/2008, de 8 de mayo.

Santiago de Compostela, 16 de junio de 2023

Natalia Prieto Viso
Directora general de Administración Local

ANEXO

Bases reguladoras de la convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre designación, entre funcionarios/as con habilitación de carácter nacional, del puesto de oficial mayor del Ayuntamiento de A Coruña

Primera. Objeto

Constituye el objeto de la presente convocatoria la provisión, por el sistema de libre designación, previsto en los artículos 45 y 46 del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, y en los artículos 19, 36 y 37 del Decreto 49/2009, de 26 de febrero, sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, del puesto de oficial mayor del Ayuntamiento de A Coruña.

Segunda. Características del puesto de trabajo

– Corporación: Ayuntamiento de A Coruña.

– Denominación y clase del puesto: oficial mayor, subescala de secretaría, clase primera, categoría superior.

– Nivel de complemento de destino: nivel 30.

– Complemento específico anual: 46.688,32 euros.

Tercera. Requisitos para su desempeño

Conforme a lo establecido en la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de A Coruña (BOP de 19 de agosto de 2020) y en el Reglamento orgánico municipal (BOP de 13 de diciembre de 2004), será requisito indispensable para concurrir a la presente convocatoria y poder desempeñar el puesto, estar integrado en la escala de funcionarios de habilitación de carácter nacional, subescala secretaría, categoría superior.

Para el cumplimiento de lo establecido en el Decreto 103/2008, de 8 de mayo, por el que se regula el conocimiento de la lengua gallega en los procedimientos de provisión de puestos de trabajo reservados a habilitados de carácter nacional en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia, las personas aspirantes deberán acreditar, mediante la presentación con la solicitud de participación en esta convocatoria, estar en posesión del certificado de lengua gallega Celga 4 o de su equivalente, debidamente homologado por el órgano competente en materia de política lingüística de la Xunta de Galicia.

Aquellas personas aspirantes que no acrediten estar en posesión del Celga 4 o equivalente deberán realizar una prueba, de carácter eliminatorio, en la que se evaluará con el resultado de apto o no apto el grado de conocimiento del gallego, que deberá ser equivalente al exigido para el Celga 4.

Para este supuesto, el/la alcalde/sa encomendará la realización de la mencionada prueba a dos técnicos especialistas en lengua gallega designados por el órgano competente en materia de política lingüística de la Xunta de Galicia.

No podrá concurrir a esta convocatoria el personal funcionario que se encuentre comprendido en los siguientes supuestos previstos en el artículo 36.2 del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional:

a) Los/las funcionarios/as inhabilitados/as y los suspensos/as en virtud de sentencia o resolución administrativa firme, si no hubiese transcurrido el tiempo señalado en ellas de suspensión.

b) Los/las funcionarios/as destituidos/as, a puestos de la Corporación donde se produjo la sanción, si no hubiese transcurrdio el plazo establecido en la misma.

c) Los/las funcionarios/as en las situaciones de excedencia voluntaria a que se refiere el artículo 89.1.a) y b) del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, si no hubiese transcurrido el plazo de dos años desde el pase a las mismas.

Cuarta. Publicación en el DOG

La convocatoria será remitida al órgano competente de la Xunta de Galicia (Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes-Dirección General de Administración Local) para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y remisión a la Dirección General de Función Pública del Ministerio de Hacienda y Función Pública para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, conforme al artículo 46.2 del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.

Quinta. Solicitudes

Las solicitudes de participación se presentarán en el modelo establecido, preferentemente por vía electrónica a través de la sede electrónica del Ayuntamiento (https://sede.coruna.gob.es). Podrán presentarse también en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El plazo de presentación será de quince (15) días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE), conforme a lo previsto en el artículo 46.3 del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.

Junto con la solicitud, las personas aspirantes adjuntarán su currículum vitae, en el cual constarán, entre otros datos, los años de servicios, los puestos de trabajo desempeñados en la Administración pública, estudios y cursos realizados, conocimiento de la lengua gallega, que deberán acreditar mediante certificación o copia compulsada del título. Además, las personas solicitantes indicarán la situación administrativa en la que se encuentren, así como su destino.

Asimismo, prestarán declaración jurada de reunir los requisitos legales para participar en esta convocatoria, así como aquellos otros méritos que crean oportuno poner de manifiesto y su acreditación documental.

Sexta. Resolución y nombramiento

Finalizado el plazo de presentación de instancias, el/la alcalde/sa, previa constatación de los requisitos exigidos en la convocatoria, y a la vista de la trayectoria profesional, y de los méritos acreditados por las personas aspirantes, adoptará el acuerdo de provisión correspondiente, en el plazo de un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación.

El puesto deberá ser adjudicado entre los candidatos que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria. En todo caso, deberá quedar acreditada, como fundamento de la resolución acordada, la observancia del procedimiento legalmente establecido.

Del acuerdo de adjudicación se dará traslado a la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes de la Xunta de Galicia (Dirección General de Administración Local). Asimismo, el acuerdo se remitirá a la Dirección General de Función Pública del Ministerio de Hacienda y Función Pública para su publicación en el BOE.

Séptima. Plazo de toma de posesión

El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si el destino anterior radica en la misma localidad que la del nuevo destino, y de un mes si el destino anterior radica en localidad distinta o comporta el reingreso al servicio activo de la persona funcionaria, conforme a las previsiones recogidas en el artículo 41 del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.

Octava. Régimen de impugnación

Contra el acuerdo de aprobación de estas bases, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición, ante el/la alcalde/sa, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o bien podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el órgano competente de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir de la misma fecha, según lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro que estimen procedente.