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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 117 Miércoles, 21 de junio de 2023 Pág. 38803

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social y Juventud

EXTRACTO de la Orden de 12 de junio de 2023 de modificación de la Orden de 19 de octubre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la prestación de servicios en el marco de la Red gallega de atención temprana en los años 2022 a 2024, susceptible de ser cofinanciada por el programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se realiza su convocatoria (código de procedimiento BS700A).

BDNS (Identif.): 655302.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).

Primero. Entidades beneficiarias

Serán entidades beneficiarias según el tipo de gestión:

a) Gestión individual: ayuntamientos con un censo mínimo de 10.000 habitantes, incluidos los que resulten de una fusión municipal.

b) Gestión compartida: agrupaciones de ayuntamientos y/o de mancomunidades de ayuntamientos, mancomunidades de ayuntamientos y consorcios locales constituidos exclusivamente por ayuntamientos.

Quedan excluidas las diputaciones provinciales.

Segundo. Objeto

La presente orden tiene por objeto concretar la fuente de financiación, actualizar las cuantías de las subvenciones y el cálculo de su importe, incrementar el crédito establecido en la convocatoria inicial y proceder a la apertura del plazo de presentación de las solicitudes para la concesión de subvenciones a entidades locales de Galicia destinadas a la prestación de servicios en los años 2022, 2023 y 2024, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 183/2013, de 5 de diciembre, por el que se crea la Red gallega de atención temprana, mediante gestión individual o compartida, directa o indirecta a través de la concertación con terceros de la ejecución total o parcial de la actividad.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 12 de junio de 2023 de modificación de la Orden de 19 de octubre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la prestación de servicios en el marco de la Red gallega de atención temprana en los años 2022 a 2024, susceptible de ser cofinanciada por el programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se realiza su convocatoria (código de procedimiento BS700A).

Cuarto. Financiación

El importe de la financiación de esta convocatoria será cofinanciado en un porcentaje del 60 % por el programa FSE+ Galicia 2021-2027, dentro del objetivo político 4 «Una Europa más social e inclusiva mediante la aplicación del pilar europeo de derechos sociales»; prioridad 7 «Garantía infantil»; objetivo específico ESO4.11 «Mejorar la igualdad y la oportunidad del acceso a unos servicios de calidad, sostenibles y alcanzables, incluidos los servicios que propicien el acceso a la vivienda y unos cuidados centrados en las personas, especialmente la sanidad; modernizar los sistemas de protección social, especialmente el fomento del acceso a la protección social, con una atención particular a los niños y a los colectivos desfavorecidos; mejorar la accesibilidad, también para personas con discapacidad, la efectividad y la resiliencia de los sistemas de asistencia sanitaria y de dependencia» y medida 7.K.01 «Servicio de atención temprana destinado a menores vulnerables con trastornos en su desarrollo».

Para la financiación de la convocatoria inicial, al amparo de la Orden de 19 de octubre de 2022, se destinó un crédito por importe total de once millones ochocientos doce mil doscientos diecinueve euros (11.812.219,00 €), imputados a la aplicación 13.04.312E.460.1.

En virtud de la modificación de esta convocatoria, se incrementa la financiación destinada en un importe total de un millón ciento ochenta y nueve mil novecientos treinta y nueve euros con noventa y seis céntimos (1.189.939,96 €), que se imputarán a dicha aplicación 13.04.312E.460.1, donde existe crédito disponible adecuado y suficiente procedente de los saldos de autorización correspondiente a los ejercicios 2023 y 2024 de la convocatoria inicial.

Así, el desglose por anualidades es el siguiente:

Anualidad

Aplicación

Cód. proyecto

Importe

2023

13.04.312E.460.1

2023 00145

594.098,73 €

2024

13.04.312E.460.1

2023 00145

595.841,23 €

El crédito se distribuirá entre los dos programas según lo señalado a continuación:

Anualidad

Importe programa I

Importe programa II

Total

2023

363.596,15 €

230.502,58 €

594.098,73 €

2024

375.433,93 €

220.407,30 €

595.841,23 €

Quinto. Cuantía

En virtud de la modificación, la cuantía máxima de subvención por entidad beneficiaria vendrá determinada por el número total de horas de trabajo del equipo que conforma la unidad y, en todo caso, con los siguientes importes máximos en función del tipo de gestión:

1º. Individual: 11.045,00 € por mes subvencionable.

2º. Compartida: 14.415,00 € por mes subvencionable.

Al coste unitario se añadirá un 35 % en concepto de los otros costes directos e indirectos necesarios para el desarrollo de la prestación.

Séxto. Plazo de presentación de solicitudes

Procede la apertura de un nuevo plazo de presentación de las solicitudes, que será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia.

Las nuevas solicitudes presentadas se tramitarán de acuerdo con las bases establecidas en la Orden de 19 de octubre de 2022.

Las entidades que ya solicitaron las ayudas de conformidad con la convocatoria inicial al amparo de la Orden de 19 de octubre de 2022 no tendrán que presentar una nueva solicitud.

Séptimo. Otros datos

Los efectos económicos que se deriven para las entidades beneficiarias se retrotraerán al inicio del período subvencionable establecido en el artículo 1.2 de la orden de convocatoria.

Santiago de Compostela, 12 de junio de 2023

Fabiola García Martínez
Conselleira de Política Social y Juventud