Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 117 Miércoles, 21 de junio de 2023 Pág. 38818

III. Otras disposiciones

Agencia Instituto Energético de Galicia

RESOLUCIÓN de 12 de junio de 2023 por la que se redistribuye el crédito presupuestario establecido en la Resolución de 29 de septiembre de 2021, por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes a los programas de incentivos 1, 2 y 3 vinculados al autoconsumo y al almacenamiento en el sector servicios y en otros sectores productivos, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (código de procedimiento IN421W).

Los programas de incentivos 1, 2 y 3 vinculados al autoconsumo y al almacenamiento en el sector servicios y en otros sectores productivos se regulan por el Real decreto 477/2021, de 29 de junio, y fueron convocados por Resolución del Inega de 29 de septiembre de 2021, publicada en el DOG núm. 193, de 6 de octubre.

Dicha resolución fue modificada por la Resolución de 9 de febrero de 2022, con el objetivo de adaptarse a los requisitos exigidos en las órdenes HFP 1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de recuperación, transformación y resiliencia y 1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público estatal, autonómico y local para el seguimiento del cumplimiento de los hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de recuperación, transformación y resiliencia (BOE núm. 234, de 30 de septiembre).

El Real decreto 477/2021, de 29 de junio, distribuyó el presupuesto según lo señalado en su anexo V, sin perjuicio de la posibilidad de ampliación. La Comunidad Autónoma de Galicia solicitó la ampliación presupuestaria que fue concedida mediante Resolución de 10 de junio de 2022 de la Presidenta de la E.P.E Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, M. P. (IDAE), dictándose Resolución de 21 de julio de 2022 (DOG núm. 145, de 1 de agosto), por la que se aprueba la ampliación y redistribución del crédito presupuestario establecido en la Resolución de 29 de septiembre de 2021, por la que se aprueba la convocatoria del programa de incentivos 1, 2 y 3.

Posteriormente, a la vista de las solicitudes presentadas en el ámbito del componente 8 para cada programa, se observó la necesidad de solicitar al IDAE una redistribución de dicho componente entre los diferentes programas, siendo esta autorizada.

En virtud de todo el anterior,

RESUELVO:

Primero. Redistribuir los fondos destinados a los programas de incentivos 1, 2 y 3 vinculados al autoconsumo y al almacenamiento en el sector servicios y en otros sectores productivos modificando los apartados 1 y 2 del artículo 4 de la Resolución de 29 de septiembre de 2021 que quedará redactado de la siguiente manera:

«1. Las subvenciones previstas en esta convocatoria con cargo a los presupuestos del Inega y con el reparto plurianual recogido en la siguiente tabla se financiarán con fondos europeos procedentes del mecanismo de recuperación y resiliencia. El importe total asignado la esta convocatoria asciende a 35.606.908 euros.

Importe 2022 (€)

Importe 2023 (€)

Importe 2024 (€)

Importe total (€)

294.960,71

30.143.783,49

5.168.163,80

35.606.908,00

El presupuesto por partida y anualidad se redistribuirá teniendo en cuenta las solicitudes inscritas conforme a lo establecido en el artículo 31 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia entre las siguientes partidas: 06.A3.733A.770.7, 06.A3.733A.781.7, 06.A3.733A.740.0 y 06.A3.733A.760.8.

2. El crédito máximo según la tipología de programa y componente será el siguiente:

Estructura por programas.

Tipo de actuación

Distribución por tecnología

Presupuesto tras la ampliación (€)

Presupuesto total tras la redistribución por componentes (€)

Programa de incentivos 1

Fotovoltaica

10.912.473

10.017.093,00

Programa de incentivos 1

Eólica

279.807,00

279.807,00

Programa de incentivos 2

Fotovoltaica

22.633.156,65

22.110.670,60

Programa de incentivos 2

Eólica

580.337,35

580.337,35

Programa de incentivos 3

Almacenamiento

5.208.462,00

2.619.000,00

Estructura por componentes.

Tipo de actuación

Componente

Presupuesto ampliado

Programa de incentivos 1

Componente 7

9.093.727,50

10.296.900,00

Solar

Componente 8

923.365,50

Programa de incentivos 1

Componente 7

233.172,50

Eólica

Componente 8

46.634,50

Programa de incentivos 2

Componente 7

19.570.207,80

22.691.008,00

Solar

Componente 8

2.540.462,85

Programa de incentivos 2

Componente 7

501.800,20

Eólica

Componente 8

78.537,15

Programa de incentivos 3

Componente 8

5.208.462,00

2.619.000,00

Este reparto presupuestario no podrá modificarse entre programas ni entre las categorías de autoconsumo renovable o almacenamiento, sin perjuicio de las ampliaciones del presupuesto que podrían acordarse para cada programa o categoría, según lo dispuesto en el artículo 10.10 de las bases reguladoras.

No obstante, dentro de cada programa, podrán redistribuirse los presupuestos por tecnología renovable (recogidos en las tablas anteriores) pasados tres meses desde la apertura del plazo de solicitudes para adaptarse a la evolución de la ayuda solicitada en cada una de los epígrafes».

Segundo. Publicar esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y en la página web del Instituto Energético de Galicia (www.inega.gal), a los efectos previstos en los artículos 44 y 45.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPACAP).

Santiago de Compostela, 12 de junio de 2023

Pablo Fernández Vila
Director de la Agencia Instituto Energético de Galicia