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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 112 Miércoles, 14 de junio de 2023 Pág. 37047

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Turismo de Galicia

ANUNCIO de 25 de mayo de 2023, del Área Provincial de Turismo de Lugo, por el que se notifica el acuerdo de incoación de 18 de abril de 2023 (expediente sancionador LU-S-21/2023).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), se notifica al interesado que en anexo se menciona la incoación del expediente sancionador en materia de turismo por infracción de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia, ya que, intentada por los medios habituales, no se pudo practicar la notificación.

En ese mismo acto se designó instructora del expediente a Ana María Reimonde Martínez; los interesados pueden promover su recusación en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, de conformidad con el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

La resolución de este procedimiento por infracción grave le corresponde a la persona titular de la Agencia de Turismo de Galicia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19.4.g) de los estatutos de la citada agencia, aprobados por Decreto 196/2012, de 27 de septiembre, por el que se crea la Agencia de Turismo de Galicia y se aprueban sus estatutos (DOG núm. 193, de 9 de octubre), en relación con lo dispuesto en el artículo 119.1.b) de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia.

De conformidad con lo establecido en el artículo 124.1 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, la resolución del procedimiento sancionador deberá notificarse en el plazo de un año a partir de la fecha de este acuerdo.

El interesado dispondrá de un plazo de diez días, según lo establecido en el artículo 82.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para presentar ante el instructor del expediente, para su incorporación al mismo, cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de los que pretenda valerse, con advertencia de que, de no plantear alegaciones en el plazo establecido, se considerará este acuerdo como propuesta de resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64.1 de dicha ley.

De acuerdo con el artículo 85.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se informa a la persona imputada de que la sanción que se indica en el acuerdo de iniciación podrá estar sujeta a las siguientes reducciones: 20 % (si reconoce su responsabilidad o paga voluntariamente en cualquier momento anterior a la resolución) o 40 % (si reconoce su responsabilidad y paga voluntariamente en cualquier momento anterior a la resolución).

Lugo, 25 de mayo de 2023

Paloma Vázquez Fernández
Jefa da Área Provincial de Turismo de Lugo

ANEXO

Expediente: LU-S-21/23.

Denunciado: 40977130P.

Establecimiento: vivienda de uso turístico.

Dirección: ronda de la Muralla, 112, 1º C.

Localidad: Lugo.

Preceptos infringidos: artículos 35.a) y 41.1 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia.

Tipificación de la infracción: artículo 110.1 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia.

Calificación: grave.

Incoación: 18 de abril de 2023.

Sanción: multa de novecientos un euros (901 €).