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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 108 Jueves, 8 de junio de 2023 Pág. 35661

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 15 de mayo de 2023, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en los ayuntamientos de Mos y Vigo (expediente IN407A 2022/357-4).

Expediente: IN407A 2022/357-4.

Promotora: UFD Distribución Electricidad S.A.

Denominación: soterramiento de la LMT MOS707-MOS708 entre los apoyos A34H7LFX y A360T6HA.

Ayuntamientos: Mos y Vigo.

Hechos:

Primero. El 14 de septiembre de 2022, UFD Distribución Electricidad, S.A. solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica soterramiento de la LMT MOS707-MOS708 entre los apoyos A34H7LFX y A360T6HA.

Examinado el proyecto de ejecución, se concluye que consiste en el soterramiento del tramo de la línea de media tensión aérea entre los apoyos A34H7LFX y A360T6HA debido a un defecto de distancias de los conductores en relación al terreno en el vano anterior al apoyo A32LL009. A causa de la servidumbre aeronáutica del aeropuerto de Vigo, no se puede aumentar el tamaño del apoyo, por eso hay que enterrar la línea. A consecuencia de esta actuación, se proyecta:

– El desmantelamiento del doble circuito en LA-110 entre los apoyos A34H7LFX y A360T6HA (salidas MOS707 y MOS708).

– La retirada de siete apoyos y la sustitución del apoyo A34H7LFX por un tipo celosía C-7000-14 que tendrá la función de final de línea.

– La instalación de una línea de media tensión subterránea en doble circuito desde el apoyo proyectado hasta el centro de seccionamiento (CS) 36CX14.

Segundo. Esta jefatura territorial solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, de ser el caso, empresas de servicios de interés general afectadas, esto es, el Ayuntamiento de Vigo, el Ayuntamiento de Mos, el Servicio de Montes de Pontevedra, la Diputación Provincial de Pontevedra, la Demarcación de Carreteras del Estado, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y la Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH). La empresa promotora manifestó su conformidad con los condicionados emitidos por el Ayuntamiento de Vigo, Ayuntamiento de Mos, Servicio de Montes y Demarcación de Carreteras del Estado.

Los demás organismos non emitieron los condicionados técnicos, entendiéndose en consecuencia su conformidad con la autorización de construcción de la mencionada infraestructura eléctrica, conforme a lo dispuesto en el artículo 131 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, sin perjuicio de la autorización que les corresponda otorgar.

Consideraciones legales y técnicas:

Primero. La Jefatura Territorial de Pontevedra es competente para resolver este expediente con fundamento en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4 de julio) y en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero).

Segundo. La legislación de aplicación al presente expediente es:

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

Tercero. Las características técnicas da instalación son las que a continuación se describen:

– Línea de media tensión subterránea (LMTS) a 15 kV, con conductor tipo RHZ1 en tres actuaciones. La primera en el circuito MOS708 de 741 metros, con origen en el paso aéreo subterráneo en el apoyo proyectado C-7000-14 y final en el punto de acceso a la red proyectado en el camino de Piñeiro Manso enfrente al centro de seccionamiento 36CX14. La segunda en el circuito MOS707 de 713 metros, con origen en el paso aéreo subterráneo en el apoyo proyectado C-7000-14 y final en el punto de acceso a la red proyectado en el camino del Piñeiro Manso enfrente al centro de seccionamiento 36CX14. La tercera es de 24 metros, con origen en el punto de acceso a la red proyectado en el camino del Piñeiro Manso enfrente al centro de seccionamiento 36CX14 y final en el centro de seccionamiento 36CX14.

– Retensado del vano aéreo, de 104 metros, contiguo al apoyo proyectado.

– La instalación está situada en los municipios de Mos y Vigo (Pontevedra).

Conforme a lo indicado,

RESUELVO:

Primero. Otorgar a UFD Distribución Electricidad, S.A. las autorizaciones administrativas previa y de construcción de la instalación de distribución de energía eléctrica denominada soterramiento de la LMT MOS707-MOS708 entre los apoyos A34H7LFX y A360T6HA, (expediente IN407A 2022/357-4), cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución, a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y a las condiciones establecidas en los condicionados de los organismos que constan en el expediente.

Segundo. UFD Distribución Electricidad, S.A. asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, con el fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad. En todo momento se deberán cumplir las normas y directrices vigente que resulten de aplicación, en particular, cuanto establece el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

Tercero. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo con el dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Pontevedra, 15 de mayo de 2023

Beatriz López del Olmo
Jefa territorial de Pontevedra