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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 107 Miércoles, 7 de junio de 2023 Pág. 35339

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2023, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de A Coruña (expediente-e IN407A 2022/418-1).

Expediente-e: IN407A 2022/418-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación de la instalación: renovación de la LMTS GRN711 entre los CT 15CBQ2 y 15CKVV.

Ayuntamiento: A Coruña.

Hechos:

1) El día 12 de diciembre de 2022, la empresa promotora solicita ante esta jefatura territorial la autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la mencionada instalación de distribución eléctrica, con objeto de mejorar la calidad del servicio e incrementar la capacidad de transporte de energía eléctrica debido a los aumentos de demanda en los alrededores de las calles San Vicente y Eusebio da Guarda, término municipal de A Coruña. Se proyecta el desmantelamiento de tres tramos subterráneos de la línea de distribución LMT GRN711, procedente de la subestación A Grela 2 y la instalación de tres nuevos tramos en nova canalización.

Entregan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, que comprende los documentos siguientes:

– Proyecto de ejecución denominado: renovación LMTS GRN711 entre CTS 15CBQ2 y 15CKVV, firmado con fecha 2 de noviembre de 2022, por Tito Arias Santos, ingeniero técnico industrial eléctrico con número colegial LE-1010.

2) El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3) Conforme a los artículos 127.1 y 127.2 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dio traslado a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas de una separata del proyecto, en la parte en que la instalación pudiera afectar a bienes y derechos a su cargo, conteniendo las características de la instalación y la documentación cartográfica corrrespondiente. Se les solicitó el preceptivo informe al Servicio de Patrimonio Cultural-Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades de A Coruña y el Ayuntamiento de A Coruña. La empresa promotora manifestó su conformidad con el condicionado establecido por el organismo afectado, a saber, Patrimonio Cultural. A día de esta resolución, no consta en el expediente contestación del organismo afectado, es decir, el ayuntamiento, a la solicitud del condicionado solicitado.

4) Con fecha de 8.5.2023 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según lo establecido en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el Decreto 73/2022, de 25 de mayo, por lo que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia y en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por lo que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación.

2. La legislación aplicable a este expediente es la que se relaciona:

1. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

2. El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

3. El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

4. El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

5. El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

6. La Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

3. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

– LMTS (actuación 1) a 15 kV de 117 metros, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240) mm2 Al, con origen en el CT Ramón Cabanillas (15CBQ2) existente y final en los empalmes proyectados en la LMTS GRN711, en el cruce de las calles Eusebio da Guarda y Oidor Gregorio Tovar.

– LMTS (actuación 2) a 15 kV de 79 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240) mm2 Al, con origen en el CT Ramón Cabanillas (15CBQ2) existente y final en los empalmes proyectados en la LMTS GRN711, en el cruce de las calles San Vicente y Eusebio da Guarda.

– LMTS (actuación 3) a 15 kV de 49 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240) mm2 Al, con origen en el empalme a realizar en la LMTS GRN711 en el cruce de las calles Asturias y Eusebio da Guarda y final en los empalmes proyectados en la LMTS GRN711, en el cruce de las calles Eusebio da Guarda y Oidor Gregorio Tovar.

– Las líneas proyectadas discurrirán canalizadas en el interior de tubo de polipropileno de 160 mm de diámetro en zanja de dimensiones de 0,40 metros de ancho y de entre 1,20 y 1,40 metros de profundidad, instalando entre dos y cuatro tubos de idénticas características.

– Desmantelamiento de los tramos subterráneos de la LMT GRN711 siguientes:

• GRN7110215 (expediente 26.438), conductor TRI-CU-95-PPV.

• GRN7110243 (expediente 26.438), conductor TRI-CU-95-PPV.

• GRN7110235 (expediente IN407A 2016/2177-1), conductor TRI-CU-95-PPV.

4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

A) Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

B) La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

C) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

– Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

– Planimetría as built da instalación eléctrica en formato shape.

D) Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que considere pertinente.

Mediante este documento se notifica a la empresa promotora esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 9 de mayo de 2023

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña