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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 105 Lunes, 5 de junio de 2023 Pág. 34543

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2023, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Santiago de Compostela (expediente IN407A 2022/373-1).

Expediente: IN407A 2022/373-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación de la instalación: LMTS enlace subestación Formarís, en el polígono industrial Costa Vella.

Ayuntamiento: Santiago de compostela.

Hechos:

1. El día 8 de noviembre de 2022, la empresa promotora solicita ante esta jefatura territorial la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la mencionada instalación de distribución eléctrica, con objeto de adaptar la red de distribución de media tensión en el polígono industrial Costa Vella, ayuntamiento de Santiago de Compostela, a causa de la puesta en funcionamiento de la subestación Formarís. Se proyecta la instalación de dos nuevos tramos de línea de media tensión subterránea y la ampliación del centro de seccionamiento/reflexión de UFD calle Eslovenia (15CJQL, expediente IN407A 2011/228) instalado en la calle Castela e León del mencionado polígono.

Entregan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, que comprende los documentos siguientes:

– Proyecto de ejecución denominado: LMTS enlace subestación Formarís, firmado el 8 de julio de 2022 por David Núñez Fernández, ingeniero industrial con número colegial 1.534 de Galicia.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Conforme a los artículos 127.1 y 127.2 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dio traslado a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas de una separata del proyecto, en la parte en que la instalación pudiera afectar a bienes y derechos a su cargo, conteniendo las características de la instalación y la documentación cartográfica correspondiente. Se solicitó el preceptivo informe a la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia-Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y al Ayuntamiento de Santiago de Compostela. La empresa promotora manifestó su conformidad con el condicionado establecido por el organismo afectado, a saber, Carreteras. A día de esta resolución, no consta en el expediente contestación del organismo afectado, es decir, el Ayuntamiento, a la solicitud del condicionado solicitado.

4. El 11 de abril de 2023 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según lo establecido en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el Decreto 73/2022, de 25 de mayo, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia, y en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación.

2. La legislación aplicable a este expediente es la que se relaciona:

1º. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

2º. El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

3º. El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

4º. El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

5º. El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

6º. La Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

3. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

– LMTS (actuación 1) a 20 kV de 433 metros, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1×240 mm2 Al, con origen en empalmes a realizar en la arqueta existente delante del CS oficina Grupo San José (15PXF5) sobre la LMTS SCY820 cero-polígono Costa Vella (expediente IN407A 03/284), procedente de la subestación San Caetano y final en el CR calle Eslovenia (15CJQL, expediente IN407A 2011/228) a ampliar.

– LMTS (actuación 2) a 20 kV de 395 metros, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1×240 mm2 Al, con origen en en empalmes a realizar en la arqueta existente delante del CS oficina Grupo San José (15PXF5) sobre la LMTS SCY829 urbanización Cervantes (expediente IN407A 2016/2231-1), procedente del CS Decathlon (15CBBR) y final en empalmes a realizar en la arqueta existente delante del CT Costa Vella 15 (15CTJ5) sobre la LMTS SCY820 Cero-polígono Costa Vella (expediente IN407A 03/284) procedente del CT polígono Boisaca 1 (15CTXW6). Como consecuencia de las actuaciones previstas se procederá a la desconexión y desmonte del tramo de la línea SCY820 que en la acuatilidad entra en el CT Costa Vella 15 (15CTJ5).

– Será necesario realizar nuevas canalizaciones en paralelo con las existentes de las LMTS SCY820 y SCY829 en diferentes tramos.

– Ampliación del CS/CR calle Eslovenia (15CJQL, expediente IN407A 2011/228) (calle Castela e León 2, polígono industrial Costa Vella) en envolvente prefabricada, instalando los siguientes elementos:

• 6 celdas modulares de línea telecontroladas. En estas celdas se conectarán las LMT SCY829, SCY820 (E/S), FOI805, FOI806 y FOI807 (la última es objeto de otro proyecto). El tramo de línea de la SCY829, que a día de hoy enlaza la posición de la subestación de Formarís con el CR calle Eslovenia (15CJQL, expediente IN407A 2011/228), se convertirá en la salida FOI805. El tramo de línea de la SCY829, que actualmente conecta la posición de la subestación de Formarís con el CT calle Eslovenia (15CJPT) y que continuaba hacia el CT Costa Vella 2 (15CTH2), se convertirá en la salida FOI806, finalizando ahora en el CR calle Eslovenia (15CJQL, expediente IN407A 2011/228).

Es objeto de otro proyecto una nueva línea denominada FOI807 que enlazará la subestación de Formarís con el CR calle Eslovenia (15CJQL, expediente IN407A 2011/228).

• 1 celda modular de acoplamiento de barras.

• Retirada de las 3 celdas de línea existentes.

4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

A) Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

B) La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

C) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

– Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

– Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

D) Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a la empresa promotora esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 8 de mayo de 2023

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña