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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 88 Martes, 9 de mayo de 2023 Pág. 28663

III. Otras disposiciones

Consellería de Sanidad

RESOLUCIÓN de 24 de abril de 2023 por la que se da publicidad de la encomienda del Servicio Gallego de Salud a la Agencia Gallega de Infraestructuras de la preparación, selección de contratista y adjudicación de los contratos relativos a las obras del nuevo Complejo Hospitalario Universitario de A Coruña, y a la Sociedade Pública de Investimentos de Galicia, S.A. de la gestión de diversas actuaciones de carácter técnico en relación con dichas obras.

De conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, y en el artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, se da publicidad de la siguiente encomienda con las siguientes características:

– Resolución de 18 de abril de 2023, del conselleiro de Sanidad y presidente del Servicio Gallego de Salud, por la que se encomienda a la Agencia Gallega de Infraestructuras la preparación, selección de contratista y adjudicación de los contratos relativos a las obras del nuevo Complejo Hospitalario Universitario de A Coruña, y a la Sociedade Pública de Investimentos de Galicia, S.A. la gestión de diversas actuaciones de carácter técnico en relación con dichas obras.

– Actividad:

La Agencia Gallega de Infraestructuras asumirá la preparación, selección de contratista y adjudicación de los contratos relativos a las obras del nuevo Complejo Hospitalario Universitario de A Coruña y con este fin se obliga a realizar las siguientes actuaciones:

1. En relación con la obtención de los bienes y derechos necesarios para la ejecución de todas las actuaciones vinculadas al nuevo Complejo Hospitalario Universitario de A Coruña, corresponde a la Agencia Gallega de Infraestructuras el ejercicio de la potestad expropiatoria, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional primera del Decreto 118/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad, que indica que corresponde a esta consellería el ejercicio de la potestad expropiatoria en los supuestos en que esta o sus entidades públicas instrumentales reciban encomiendas o encargos que requieran el ejercicio de esta potestad para su ejecución.

2. En relación con el sistema vial y la urbanización, las labores de supervisión, replanteo y aprobación de los correspondientes proyectos, así como la realización de los actos y negocios jurídicos propios de la preparación, selección de contratista y adjudicación del correspondiente contrato de obras y contratos de los servicios complementarios a estas.

3. En relación con las obras de demolición, las labores de supervisión, replanteo y aprobación de los correspondientes proyectos, así como la realización de los actos y negocios jurídicos propios de la preparación, selección de contratista y adjudicación del correspondiente contrato de obras y contratos de los servicios complementarios a estas.

4. En relación con las obras de edificación, las labores de supervisión, replanteo y aprobación de los correspondientes proyectos, así como la realización de los actos y negocios jurídicos propios de la preparación, selección de contratista y adjudicación del correspondiente contrato de obras y contratos de los servicios complementarios a estas.

La Sociedade Pública de Investimentos de Galicia, S.A. asumirá la gestión de diversas actuaciones de carácter técnico en relación con las obras del nuevo Complejo Hospitalario Universitario de A Coruña y con este fin se obliga a:

1. En relación con la demolición de los edificios que se determinen para poder ejecutar la obra del nuevo complejo:

• Elaborar los informes técnicos y realizar aquellas actuaciones de carácter técnico necesarios en la fase de adjudicación de los contratos de obras derivados de las actuaciones.

• Las funciones de responsable del contrato de la obra y, en su caso, de los contratos de los servicios complementarios objeto del referido contrato.

• La gestión de aquellas autorizaciones y permisos que sean necesarios durante las obras, así como para la recepción de estas.

2. En relación con la obra de edificación del nuevo Complejo Hospitalario Universitario de A Coruña:

• Elaborar los informes técnicos y realizar aquellas actuaciones de carácter técnico necesarios en la fase de adjudicación de los contratos de obras derivados de las actuaciones.

• Las funciones de responsable del contrato de la obra y, en su caso, de los contratos de los servicios complementarios objeto del referido contrato.

• La gestión de aquellas autorizaciones y permisos que sean necesarios durante las obras, así como para la recepción de estas.

3. Convocar al Servicio Gallego de Salud para que designe a una persona representante que asistirá al acto de recepción de las obras en el que se llevará a cabo su entrega.

– Naturaleza y alcance de las funciones encomendadas: el encargo tiene naturaleza de encomienda intersubjetiva a medio propio, según lo dispuesto en el artículo 13.1 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico, y en los artículos 9 y 47 y siguientes de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, al tener la Agencia Gallega de Infraestructuras y la Sociedade Pública de Investimentos de Galicia, S.A. la consideración de medios propios y servicios técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.

– Financiación: la realización de las actividades y/o actos y negocios jurídicos necesarios para la ejecución de esta encomienda de gestión por parte de la Agencia Gallega de Infraestructuras y la Sociedade Pública de Investimentos de Galicia, S.A. se efectuará a título gratuito, sin que exista retribución o tarifa.

– Plazo de vigencia: la eficacia de la encomienda se extenderá desde el día siguiente al de su firma hasta la fecha de finalización del plazo de garantía de los contratos objeto de esta.

Santiago de Compostela, 24 de abril de 2023

Julio García Comesaña
Conselleiro de Sanidad