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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 86 Viernes, 5 de mayo de 2023 Pág. 27819

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

RESOLUCIÓN de 25 de abril de 2023 por la que se da publicidad de la resolución de concesión de las ayudas a las agrupaciones empresariales innovadoras emergentes (clústeres emergentes) en la Comunidad Autónoma de Galicia (código de procedimiento IG410A).

Mediante Resolución de 7 de noviembre de 2022 (DOG núm. 216, de 14 de noviembre), se publicaron las bases reguladoras de las ayudas a las agrupaciones empresariales innovadoras emergentes (clústeres emergentes) en la Comunidad Autónoma de Galicia y se procedió a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

Dichas bases establecen en su artículo 14.3 que la resolución será objeto de publicación en el Diario Oficial de Galicia y en la página web del Igape en la dirección https://www.igape.gal/gl/oficinavirtual, a la cual se remitirá desde el texto publicado en el DOG.

En su virtud y de conformidad con las facultades que tengo conferidas,

RESUELVO:

Primero. Anunciar la publicación del texto completo de la resolución definitiva de 10 de abril de 2023, de concesión de las ayudas del Igape a las agrupaciones empresariales innovadoras emergentes (clústeres emergentes) en la Comunidad Autónoma de Galicia, en la dirección https://www.igape.gal/es/resoluciones-definitivas. El texto completo de la resolución no se publica en el DOG en su integridad en virtud de la cautela prevista en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Se habilita un plazo de 10 días naturales para que los interesados accedan a la oficina virtual del Igape, en la dirección https://www.igape.gal/es/resoluciones-definitivas, utilizando su NIF y el código IDE del expediente, para descargar su resolución individual. Transcurrido el citado plazo desde la puesta a disposición de la resolución individual sin que se acceda a su contenido se entenderá rechazada.

Segundo. Las resoluciones individuales, según lo establecido en el apartado primero, agotan la vía administrativa y contra las mismas podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al acceso a la resolución individual, o desde que se entienda rechazada por el transcurso de diez días naturales desde su puesta a disposición sin que se haya accedido a su contenido. No obstante, previamente podrá interponer un recurso de reposición ante la persona titular de la Dirección General del Igape, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al acceso a la resolución individual, o desde que se entienda rechazada por el transcurso de diez días naturales desde su puesta a disposición sin que se haya accedido a su contenido.

Santiago de Compostela, 25 de abril de 2023

Fernando Guldrís Iglesias
Director del Instituto Gallego de Promoción Económica