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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 86 Viernes, 5 de mayo de 2023 Pág. 27816

III. Otras disposiciones

Agencia Instituto Energético de Galicia

EXTRACTO de la Resolución de 21 de abril de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones para proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas gallegas, para el año 2023, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder-Galicia 2021-2027 (código de procedimiento IN417Y).

BDNS (Identif.): 691512.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarias

1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases:

a) Las empresas legalmente constituidas y los empresarios autónomos, que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia.

b) Las empresas de servicios energéticos que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía y que el objeto de estos contratos de servicios sea la consecución de ahorro económico derivado de un menor consumo de energía. Los centros de consumo en los que se actúe deben estar situados en Galicia, corresponder a entidades incluidas en el ámbito de actuación de las presentes bases y, en concreto, de las actividades recogidas en el apartado a) de este artículo y amparadas por el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior.

Segundo. Objeto

Concesión de subvenciones para la realización de proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas gallegas, que cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en el articulado de estas bases reguladoras.

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Resolución de 21 de abril de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones para proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas gallegas, para el año 2023, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder-Galicia 2021-2027 (código de procedimiento IN417Y).

Cuarto. Cuantía

1. La cuantía de la subvención será del 35 % del coste elegible de la actuación. La intensidad de la ayuda se incrementará un 20 % en el caso de ayudas concedidas a pequeñas empresas y un 10 % en el caso de medianas empresas.

Para ayudas de más de 100.000,00 € se limita la ayuda según el ahorro energético justificado según la siguiente tabla. A estos efectos de la aplicación de este límite en el caso de proyectos de la línea PAP, se utilizará el epígrafe específico para esta tipología de proyectos:

Tipología beneficiario

Ayuda máxima en función del ahorro energético

Pequeña empresa

– Se AEF < 80 MWh/año: AM =100.000

– Se AEF ≥ 80 MWh/año: AM = AEF × 1.250

Mediana empresa

– Se AEF < 100 MWh/año: AM =100.000

– Se AEF ≥ 100 MWh/año: AM = AEF × 1.000

Gran empresa

– Se AEF < 150 MWh/año: AM =100.000

– Se AEF ≥ 150 MWh/año: AM = AEF × 675

Proyectos de ahorro y eficiencia energética en infraestructuras públicas (PAP)

– Se AEF < 80 MWh/año: AM =100.000

– Se AEF ≥ 80 MWh/año: AM = AEF × 1.250

Donde:

AEF = ahorro energético anual de energía final en MWh/año.

AM = ayuda máxima por expediente en función de la tipología de beneficiario y el ahorro energético en euros.

2. En el caso de proyectos del sector industrial con una inversión igual o superior a 100.000,00 € y ratios de ahorro iguales o superiores a 0,81 kWh/€ de inversión, la ayuda estará limitada a un máximo del 25 % de la inversión. A estos efectos, se considera sector industrial aquellas actividades del CNAE 2009 (Real decreto 475/2007) de las divisiones 07 a 39.

3. Se establece una ayuda máxima por expediente de 1.000.000,00 €.

4. La ayuda máxima por entidad beneficiaria en el conjunto de la convocatoria será de 2.000.000,00 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará 10 de mayo de 2023 a las 9.00 horas y finalizará el 15 de septiembre de 2023.

Las solicitudes se presentarán en la página web del Inega accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, y obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado.

Santiago de Compostela, 21 de abril de 2023

Pablo Fernández Vila
Director de la Agencia Instituto Energético de Galicia