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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 83 Martes, 2 de mayo de 2023 Pág. 27037

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 35/2023, de 13 de abril, por el que se aprueba el cambio de titularidad, a favor del Ayuntamiento de Gondomar, de los tramos iniciales de las carreteras EP-2301 y EP-2302.

Según lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y previo acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de ellas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

Con fecha 11 de enero de 2019, la Diputación Provincial de Pontevedra y el Ayuntamiento de Gondomar firmaron un convenio de colaboración para llevar a cabo el proyecto de humanización de la interconexión de las calles San Bieito y Emigrante con las carreteras de Peitieiros y Chaín-Morgadáns.

Dicho convenio recogía la aceptación por parte del Ayuntamiento de la transferencia de titularidad de un tramo de 110 metros de la EP-2301 Gondomar-Peitieiros y de otro de 260 metros de la EP-2302 Gondomar-Chaín-Morgadáns.

La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con el informe emitido por el servicio competente, indica que tanto la carretera EP-2301 como la EP-2302 cumplen con lo estipulado en el apartado 11 del artículo 18 del Reglamento general de carreteras de Galicia, relativo a los cambios de titularidad de tramos de carreteras a favor de administraciones de menor ámbito territorial, según el cual estos solo se llevarán a cabo cuando se trate de tramos terminales o cuando no impliquen la interrupción de ninguno de los itinerarios de los que formen parte sin que exista una alternativa viaria, existente o planificada, para todos ellos que proporcione un nivel de servicio al menos equivalente, a través de la red de carreteras de la Administración cedente o de la red de carreteras de titularidad de administraciones de mayor ámbito territorial, por lo que se formula la propuesta favorable a la transferencia de titularidad del tramo que se define en el artículo 1.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día trece de abril de dos mil veintitrés,

DISPONGO:

Artículo 1

Aprobar el cambio de titularidad, a favor del Ayuntamiento de Gondomar, de los siguientes tramos de las carreteras EP-2301 y EP-2302:

Clave

Denominación

PKi

PKf

Longitud

(km)

EP-2301

Gondomar-Peitieiros

0+000

0+110

0,110

EP-2302

Gondomar-Chaín-Morgadáns

0+000

0+260

0,260

Artículo 2

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo el día siguiente al de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega entre Ayuntamiento y Diputación.

Artículo 3

Corresponden al Ayuntamiento de Gondomar, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación de la vía, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquiera otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular.

Disposición final

El presente decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, trece de abril de dos mil veintitrés

Ethel Mª Vázquez Mourelle

Conselleira de Infraestructuras
y Movilidad

El presidente

P.S. (Artículo 33 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero)

Francisco José Conde López

Vicepresidente primero y conselleiro de Economía,

Industria e Innovación