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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 73 Lunes, 17 de abril de 2023 Pág. 23710

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social y Juventud

RESOLUCIÓN de 3 de abril de 2023, de la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica, por la que se publica la Resolución de 31 de marzo de 2023 de selección de entidad privada sin ánimo de lucro en el procedimiento de asignación del concierto social para la ejecución del Programa de integración familiar, cofinanciado por el Fondo Social Europeo Plus en el marco del Programa FSE+Galicia 2021-2027 (código de procedimiento BS213H).

En el Diario Oficial de Galicia número 20, de 30 de enero de 2023, a través de la Resolución de 11 de enero de 2023, de la Consellería de Política Social y Juventud, se publica la convocatoria del procedimiento de asignación de concierto social para la ejecución del Programa de integración familiar, cofinanciado por el Fondo Social Europeo Plus en el marco del Programa FSE+Galicia 2021-2027 (código de procedimiento BS213H).

Una vez instruido de conformidad con las bases del procedimiento de selección, tras la valoración de los criterios y emitida la propuesta, con fecha 31 de marzo de 2023 se emite por el órgano competente la resolución que finaliza dicho procedimiento.

El epígrafe 7 de la cláusula M) del anexo I de la Resolución de 11 de enero de 2023 establece que la resolución de concertación será publicada en el Diario Oficial de Galicia y la publicación tendrá los efectos de la notificación, conforme al artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Asimismo, serán igualmente objeto de publicidad a través de la página web de la Consellería de Política Social y Juventud.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del contenido íntegro de la Resolución de 31 de marzo de 2023 dictada en el procedimiento BS213H de selección de entidad privada sin ánimo de lucro para la ejecución del Programa de integración familiar, cofinanciado por el Fondo Social Europeo Plus en el marco del programa FSE+Galicia 2021-2027, que se adjuntará a la presente resolución en el anexo.

Segundo. Notificada la resolución por el órgano competente, se formalizará el concierto con la entidad seleccionada.

La formalización de este concierto social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19 del Decreto 229/2020, de 17 de diciembre, por el que se desarrolla el régimen de conciertos sociales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, se hará mediante un documento administrativo dentro de los 30 días siguientes al de la publicación de la resolución de concertación.

El concierto social se perfeccionará con su formalización y no podrá iniciarse su ejecución sin haberse efectuado esta previamente.

Efectuada la formalización, la entidad concertada estará obligada a prestar a las personas usuarias los servicios sociales en las condiciones establecidas en la normativa sectorial aplicable, en la resolución de la convocatoria del concierto social y, en su caso, en los criterios de preferencia y selección de la entidad.

Santiago de Compostela, 3 de abril de 2023

Jacobo José Rey Sastre
Director general de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica

ANEXO

Resolución de 31 de marzo de 2023 por la que se selecciona una entidad privada sin ánimo de lucro para la concertación, mediante procedimiento de asignación de concierto social, de la ejecución del Programa de integración familiar, cofinanciado por el Fondo Social Europeo Plus en el marco del Programa FSE+Galicia 2021-2027 (código de procedimiento BS213H)

A través de la Resolución de 11 de enero de 2023, de la Consellería de Política Social y Juventud, se publica la convocatoria, mediante procedimiento de asignación de concierto social, de la ejecución del Programa de integración familiar, cofinanciado por el Fondo Social Europeo Plus en el marco del Programa FSE+Galicia 2021-2027 (código de procedimiento BS213H), para la selección de entidad privada sin ánimo de lucro para la ejecución del citado programa.

Una vez examinada la solicitud por el órgano instructor (se presentó una única entidad), evaluada dicha solicitud por la Comisión de Valoración, vista la propuesta de resolución formulada por la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica,

RESUELVO:

Primero. Seleccionar para llevar a cabo a ejecución del Programa de integración familiar a la siguiente entidad, en aplicación de los criterios de valoración y baremo de la cláusula 0) del anexo I de la Resolución de 11 de enero de 2023, publicada en el DOG núm. 20, de 30 de enero de 2023.

Conforme a los criterios de valoración reflejados en el texto de la resolución, la Comisión de Valoración establece la siguiente puntuación para la entidad presentada al concierto:

a) Calidad del proyecto técnico (hasta 40 puntos), baremado de acuerdo con los siguientes criterios:

a.1) Proyecto de intervención con las familias y menores, teniendo en cuenta la coherencia entre las distintas problemáticas y necesidades atendidas y los objetivos, contenidos y metodología y actividades propuestos, según los siguientes criterios (hasta 25 puntos)

Puntuación alcanzada:

– Descripción de las necesidades y características de las familias y menores beneficiarios de este programa (1 puntos)

1 puntos

– Definición de la estructura y fases de la intervención-fases de derivación, elaboración del plan de actuación, intervención, seguimiento y finalización, de acuerdo con lo establecido en el pliego técnico del concierto social (hasta 8 puntos)

8 puntos

– Desarrollo de la intervención que se aplicará en función de las características y necesidades de las niñas, niños y adolescentes (hasta 8 puntos)

8 puntos

– Sustento teórico, estrategias y herramientas a través de las cuales se articulará el programa (hasta 4 puntos)

4 puntos

– Modelos de coordinación con los ETM de las jefaturas territoriales y con el resto de agentes sociales y entidades administrativas que intervengan en el caso (hasta 4 puntos)

3 puntos

a.2) Formación continua del personal según los siguientes criterios (hasta 8 puntos)

– Adecuación de contenidos, metodología, recursos empleados respecto a los objetivos pretendidos (hasta 6 puntos)

4 puntos

– Metodología de la evaluación de la formación ofrecida al personal (hasta 2 puntos)

2 puntos

a.3) Acciones de sensibilización y difusión en relación con el programa (hasta 2 puntos) según los siguientes criterios

– Adecuación del formato, contenido, metodología y recursos empleados a los objetivos pretendidos (hasta 1 punto)

0,75 puntos

– Metodología de evaluación del impacto de la difusión realizada (hasta 1 punto)

0,5 puntos

a.4) Calidad del sistema de evaluación de los resultados de la intervención con las familias y niños, niñas y adolescentes propuesto (hasta 5 puntos)

5 puntos

b) Instalaciones en las que se llevará a cabo el servicio: hasta 10 puntos de acuerdo con los siguientes criterios:

b.1) Dimensiones, distribución y grado de adecuación de los espacios, así como grado de adecuación de los equipamientos a las actividades que se vayan a realizar, incluida la situación geográfica (hasta 5 puntos)

3 puntos

b.2) Grado de conservación, calidad y confortabilidad de los espacios y equipamientos, incluida la accesibilidad (hasta 5 puntos)

2 puntos

Total a) y b)

41,25 puntos

c) Medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral y corresponsabilidad: hasta 10 puntos.

c.1) Estar en posesión de la Marca gallega de excelencia en igualdad, o equivalente (4 puntos)

4 puntos

c.2) Estar en posesión del certificado de empresa familiarmente responsable, o equivalente (4 puntos)

4 puntos

c.3) Estar en posesión del reconocimiento a la promoción de la parentalidad positiva, otorgado por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social junto con la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), o equivalente (2 puntos)

2 puntos

Total c)

10 puntos

d) Experiencia del personal asignado al proyecto, hasta 15 puntos.

d) Experiencia del personal asignado al proyecto, hasta 15 puntos. Se computará un punto por cada año de experiencia del personal asignado al proyecto en materia de preservación y reintegración familiar. Se tendrá en cuenta la experiencia laboral como personal técnico en programas o servicios relacionados directamente con el objeto de este concierto, incluidos los prestados en el ámbito de los servicios sociales comunitarios.

En caso de que la entidad acredite su solvencia técnica y profesional a través de la experiencia de dos años de la persona que ejerza de coordinadora y otros miembros del equipo técnico, este período no se tendrá en cuenta para el cómputo en este criterio

15 puntos

Total d)

15 puntos

e) Formación del personal asignado al proyecto, hasta 15 puntos.

e) Formación del personal asignado al proyecto, hasta 15 puntos. Se valorará con un punto cada diez horas de formación del personal en materia de protección a la infancia. En este sentido, se tendrá en cuenta la participación en congresos o jornadas, siempre que las certificaciones de asistencia se refieran a los diez últimos años. Para que sean baremadas, las actividades formativas tendrán que corresponder la formación reglada y homologada o haber sido organizadas por entidades autorizadas por la Administración para prestar servicios sociales (inscripción en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales, o equivalente).

15 puntos

Total e)

15 puntos

f) Experiencia acreditada de la entidad en el ámbito de la protección a la infancia y a la adolescencia, hasta 10 puntos.

f) Por cada año de servicio acreditado por la entidad concertada en el ámbito de la protección a la infancia y a la adolescencia, hasta 10 puntos. Se computará un punto por cada año por encima del requisito mínimo para optar al concierto establecido en la letra c) de la cláusula F de la resolución (dos años).

10 puntos

Total f)

10 puntos

Total puntuación de criterios

91,25 puntos

Segundo. Adjudicar el concierto social de la forma que a continuación se indica por el importe que se señala a la entidad siguiente:

Entidad

Fundación Meniños

NIF

G15551120

Código del procedimiento: BS213H.

Modalidad de concertación: procedimiento de asignación de conciertos.

Fecha de publicación: 30.1.2023.

Plazo de ejecución: el plazo de duración del concierto será desde la fecha de su formalización hasta el 31.12.2026.

El importe de adjudicación (exento de IVA) es el siguiente:

2023 (9 meses)

2024

2025

FSE+

FP

Total

FSE+

FP

Total

FSE+

FP

Total

380.861,49 €

253.907,66 €

634.769,15 €

523.959,40 €

349.306,27 €

873.265,67 €

536.299,71 €

357.533,14 €

893.832,85 €

2026

FSE+

FP

Total

536.299,71 €

357.533,14 €

893.832,85 €

Total FSE+
(2023-2026)

Total FP
(2023-2026)

Total FSE+/FP
(2023-2026)

1.977.420,31 €

1.318.280,21 €

3.295.700,52 €

Tercero. Firmar el concierto social con la entidad seleccionada dentro de los 30 días siguientes al de la publicación de la resolución de concertación, según indica el artículo 19 del Decreto 229/2020, de 17 de diciembre, por el que se desarrolla el régimen de conciertos sociales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Cuarto. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Quinto. La resolución de concertación será publicada en el Diario Oficial de Galicia y la publicación tendrá los efectos de la notificación, conforme al artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, tal como se indica en el artículo 17.2 del Decreto 229/2020, de 17 de diciembre.

Santiago de Compostela, 31 de marzo de 2023

Fabiola García Martínez
Conselleira de Política Social y Juventud