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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 71 Jueves, 13 de abril de 2023 Pág. 23249

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social y Juventud

RESOLUCIÓN de 22 de marzo de 2023, de la Dirección General de Personas con Discapacidad, por la que se publica la rectificación del error material de la Resolución de 30 de diciembre de 2022 por la que finaliza el procedimiento de concesión de subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la prestación de servicios en el marco de la Red gallega de atención temprana en los años 2022 a 2024, susceptible de ser cofinanciada por el Programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS700A).

Por Resolución de 30 de diciembre de 2022 finaliza el procedimiento administrativo de concesión de subvenciones al amparo de la Orden de 19 de octubre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las Entidads locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la prestación de servicios en el marco de la Red gallega de atención temprana en los años 2022 a 2024, susceptible de ser cofinanciada por el Programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS700A).

Dicha resolución fue notificada por Resolución de 31 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personas con Discapacidad, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 21, de 31 de enero de 2023.

Tras detectarse un error material, apreciado de oficio por el órgano de instrucción, en el anexo I de la indicada Resolución de 30 de diciembre de 2022, en relación con el expediente BS700A/2022/0041, correspondiente a la agrupación de los ayuntamientos de Toques, Melide, Arzúa, Santiso y Vilasantar, en referencia al número de profesionales de esta unidad, en el número de horas y en el importe de las acciones subvencionadas a esta agrupación, se inicia el procedimiento de rectificación de errores al amparo de lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, dictándose la resolución el 21 de marzo de 2023.

En el artículo 22 de la misma orden se establece que se publicarán en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los actos administrativos y la correspondiente resolución de este procedimiento. Esta publicación producirá los efectos de la notificación.

Por lo expuesto, se dicta el 21 de marzo de 2023 dicha resolución rectificando el error de la Resolución de 30 de diciembre de 2022, que finaliza el procedimiento de concesión, al amparo de lo dispuesto en los artículos 21 y 22 de la Orden de 19 de octubre de 2022.

RESUELVO:

Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del contenido íntegro de la Resolución de 21 de marzo de 2023, de rectificación de un error material en la Resolución de 30 de diciembre de 2022, que finaliza el procedimiento administrativo, al amparo de la Orden de 19 de octubre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las Entidads locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la prestación de servicios en el marco de la Red gallega de atención temprana en los años 2022 a 2024, susceptible de ser cofinanciada por el Programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se procede su convocatoria (código de procedimiento BS700A), que se recoge en el anexo.

Segundo. Comunicar que contra dicha resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos (2) meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 22 de marzo de 2023

Fernando González Abeijón
Director general de Personas con Discapacidad

ANEXO

Resolución de 21 de marzo de 2023, de rectificación de un error material en la Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personas con Discapacidad, por la que finaliza el procedimiento de concesión de subvenciones a las Entidads locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la prestación de servicios en el marco de la Red gallega de atención temprana en los años 2022 a 2024, susceptible de ser cofinanciada por el Programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS700A).

Con fecha 31.10.2022 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 19 de octubre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las Entidads locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la prestación de servicios en el marco de la Red gallega de atención temprana en los años 2022 a 2024, susceptible de ser cofinanciada por el Programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS700A).

Por Resolución de 31 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personas con Discapacidad, se publica en el Diario Oficial de Galicia número 21, de 31 de enero de 2023, la Resolución de 30 de diciembre de 2022 por la que se finaliza el procedimiento concesión de subvenciones a las Entidads locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la prestación de servicios en el marco de la Red gallega de atención temprana en los años 2022 a 2024, susceptible de ser cofinanciada por el Programa FSE+ Galicia 2021-2027 (código de procedimiento BS700A).

Tras detectarse un error material, apreciado de oficio por el órgano de instrucción, en el anexo I de la indicada Resolución de 30 de diciembre de 2022, en relación con el expediente BS700A/2022/0041, correspondiente a la agrupación de los ayuntamientos de Toques, Melide, Arzúa, Santiso y Vilasantar, referente al número de profesionales de esta unidad, en el número de horas y en el importe de las acciones subvencionadas de esta agrupación, se inicia el procedimiento de rectificación de errores al amparo de lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Al amparo de la doctrina y la jurisprudencia, la rectificación de errores basada en este artículo procede únicamente en los casos en que el acto administrativo revele una equivocación evidente por sí misma y manifiesta en el contenido del acto y que se aprecie teniendo en cuenta exclusivamente los datos y documentos del expediente administrativo, aspecto que concurre en el presente supuesto, apreciado por el órgano instructor, en el informe emitido el 21 de marzo de 2023, a partir de los datos del expediente administrativo, de la solicitud de la entidad y la valoración emitida por la Comisión de Valoración, sin que proceda el procedimiento anulatorio de la resolución que se rectifica.

La revisión no afecta a la valoración del resto de solicitudes presentadas ni por las puntuaciones obtenidas ni por las ayudas concedidas a estas.

Por todo lo anterior, una vez fiscalizado el gasto de conformidad con la Intervención Delegada, el director general de Personas con Discapacidad, en virtud de la competencia delegada en la disposición adicional tercera para resolver los procedimientos de concesión,

RESUELVE:

Primero: Proceder a la subsanación de la Resolución de 30 de diciembre de 2022, que finaliza el procedimiento administrativo al amparo de la Orden de 19 de octubre de 2022, como se indica:

En el anexo I. Relación de ayudas concedidas al amparo de la línea del artículo 3.1.a), en el apartado A. Período de desempeño de la actividad y número de horas máximas subvencionadas, en el expediente BS700A/2022/0041,

Donde dice:

«Expediente

NIF

Entidad

Programa

Grupo profesional

Perfil

Desde

Hasta

Número

Horas solicitadas

Horas subv. final

BS700A/2022/0041

P1508400G

Agrupación de los ayuntamientos de Toques, Melide, Arzúa, Santiso y Vilasantar

I

I

Psicología

1.11.2022

31.10.2024

1,00

3.440,00

3.440,00

II

Terapia ocupacional

1.11.2022

31.10.2024

1,00

3.440,00

3.440,00

Total BS700A/2022/0041

2,00

6.880,00

6.880,00

Total

163,00

463.756,26

444.181,69»

Debe decir:

«Expediente

NIF

Entidad

Programa

Grupo profesional

Perfil

Desde

Hasta

Número

Horas solicitadas

Horas subv. final

BS700A/2022/0041

P1508400G

Agrupación de los ayuntamientos de Toques, Melide, Arzúa, Santiso y Vilasantar

I

I

Psicología

1.11.2022

31.10.2024

1,00

3.440,00

3.440,00

II

Terapia ocupacional

1.11.2022

31.10.2024

1,00

3.440,00

3.440,00

II

Logopeda

1.11.2022

31.10.2024

1,00

3.440,00

3.440,00

Total BS700A/2022/0041

3,00

10.320,00

10.320,00

Total

164,00

467.196,26

447.621,69»

Segundo: proceder a la enmienda de la Resolución de 30 de diciembre de 2022 que finaliza el procedemento administrativo al amparo de la Orden de 19 de octubre de 2022, como se indica:

En el anexo I en el apartado B. Puntuación obtenida e importes máximos de las acciones subvencionadas, en el expediente BS700A/2022/0041, donde dice:

«P

Expediente

NIF

Entidad

Profesionales

Puntuación

2022

2023

2024

Importe total

I

BS700A/2022/0041

P1508400G

Agrupación de los ayuntamientos de Toques, Melide, Arzúa, Santiso y Vilasantar

2

54

13.434,63 €

67.173,17 €

80.607,80 €

161.215,60 €

Total general

163

1.703

766.922,84 €

4.289.670,63 €

5.272.279,13 €

10.328.872,61 €»

Debe dicir:

«P

Expediente

NIF

Entidad

Profesionales

Puntuación

2022

2023

2024

Importe total

I

BS700A/2022/0041

P1508400G

Agrupación de los ayuntamientos de Toques, Melide, Arzúa, Santiso y Vilasantar

3

55

19.766,24 €

98.831,20 €

118.597,44 €

237.194,88 €

Total general

164

1.703

773.254,45

4.321.328,66

5.310.268,77

10.404.851,89»

Tercero: contra esta resolución podrá interponerse el recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos (2) meses a contar a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Cuarto: la presente resolución será publicada en el Diario Oficial de Galicia, haciendo todos los efectos de notificación practicada previstos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 21 de marzo de 2023. La conselleira de Política Social y Juventud. P.D. (Disposición adicional tercera de la Orden de 19 de octubre de 2022, Diario Oficial de Galicia núm. 207, de 31 de octubre). Fernando González Abeijón, director general de Personas con Discapacidad.