El 26 de enero de 2023, se publica en el Diario Oficial de Galicia número 18, la Orden de 11 de enero por la que se regulan las bases que regirán las subvenciones para entidades de acción voluntaria de carácter privado para el fomento y la realización de actividades de voluntariado y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento BS508B).
El artículo 6 de la orden de convocatoria establece el plazo y la forma de presentación de las solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes señalado en el citado artículo es de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia.
Asimismo, en el artículo 7 de la orden se determina la documentación complementaria necesaria para la tramitación del procedimiento.
Una vez revisadas las solicitudes presentadas al amparo de dicha orden de convocatoria por el órgano encargado de la instrucción, se identificaron aquellas aquellas que no reúnen la documentación necesaria, bien por no haberla presentado, bien por contener errores o por no ser suficiente para la determinación del cumplimiento de los requisitos exigidos para su posterior remisión a la comisión encargada de su valoración.
El artículo 8 de dicha orden establece, de conformidad con lo previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que si en la solicitud se aprecian defectos o falta de documentación, el órgano instructor requerirá a la entidad solicitante para que, en un plazo de diez (10) días hábiles desde el día siguiente a la notificación de dicho requerimiento, subsane la falta o aporte los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciese, se considerará desistida de su petición, previa resolución, que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de dicha ley.
Asimismo, el artículo 14 de la orden de convocatoria establece que se publicarán en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de dicha Ley 39/2015, de 1 de octubre, los actos administrativos y la correspondiente resolución de este procedimiento y que esta publicación surtirá los efectos de notificación.
Por todo lo expuesto,
RESUELVO:
1. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del acto de requerimiento de subsanación de solicitudes dictado por el órgano instructor del procedimiento el 23 de marzo de 2023 en el que se relacionan las entidades que deben subsanar la solicitud y/o completar la documentación preceptiva exigida según lo establecido en las bases reguladoras, y que figura como anexo de esta resolución.
2. Hacer indicación expresa a las entidades solicitantes que se relacionan en el requerimiento recogido en el anexo para que, en el plazo de diez (10) días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, subsanen la falta o aporten los documentos preceptivos conforme se establece en la orden de convocatoria. De no hacerlo, se darán por desistidas en su petición, previa resolución, que será dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
3. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de subsanación de la documentación de las solicitudes, podrán dirigirse a la Consellería de Política Social y Juventud a través de los teléfonos 981 95 79 15 o 881 99 65 30.
Santiago de Compostela, 24 de marzo de 2023
Cristina Pichel Toimil
Directora general de Juventud, Participación y Voluntariado
ANEXO
Requerimiento de subsanación de solicitudes
Convocatoria: Orden de 11 de enero de 2023 por la que se regulan las bases que regirán las subvenciones para entidades de acción voluntaria de carácter privado para el fomento y la realización de actividades de voluntariado y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento BS508B).
Acto administrativo: requerimiento de subsanación de solicitudes en la Orden de 11 de enero de 2023.
Fecha del acto: 23 de marzo de 2023.
Órgano competente: Servicio de Voluntariado y Participación.
Efectos: las entidades solicitantes tendrán un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del acto en el Diario Oficial de Galicia, para subsanar la falta o aportar los documentos preceptivos. De no hacerlo, se tendrán por desistidas en su petición, previa resolución, que será dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Relación de expedientes:
Nº de exp. |
Solicitante |
NIF de la entidad |
Documentación requerida |
BS508B 2023/043 |
Asociación Mirabal |
G70312954 |
Proyecto de actividades (art. 7.1): |
BS508B 2023/047 |
Agrupación Xuvenil, Socio Cultural, Recreativa y Deportiva Brigantium |
G15404403 |
– Anexo I: adaptar el presupuesto solicitado (artículo 5.3). |
BS508B 2023/068 |
Asociación Aliad-Ultreia |
G27021120 |
– Anexo I y proyecto de actividades: el número de personas voluntarias y personas beneficiarias indicadas en cada uno de ellos no coincide. |
BS508B 2023/089 |
Asociación Cultural O Castro |
G36116879 |
– Anexo I: adaptar el presupuesto solicitado (art. 5.3). |
BS508B 2023/102 |
Asociación O Son do Pobo |
G94017704 |
– Proyecto de actividades (art. 7.1): indicar lo objetivos, la identificación de los problemas que se pretenden abordar, el número de personas voluntarias con las que se pretende ejecutar el proyecto y el número de días que participará cada una de ellas. – Anexo I y proyecto de actividades: el presupuesto solicitado, el número de personas beneficiarias y la duración del proyecto indicados en cada uno de ellos no coincide. |
BS508B 2023/112 |
Asociación de Familiares de Enfermos de Alzhéimer y otras Demencias de Galicia, Afaga |
G36776920 |
– Anexo I: adaptar el presupuesto solicitado (art. 5.3). – Proyecto de actividades (art. 7.1): revisar las fechas de las actividades (art. 2). – Anexo I y proyecto de actividades: la fecha de fin de proyecto no coincide. |
BS508B 2023/125 |
Asociación de Celíacos de Galicia, ACEGA |
G15675960 |
– Acreditación fehaciente de la persona representante legal de la entidad. |
BS508B 2023/127 |
Cáritas Diocesana de Tui-Vigo |
R3600368I |
– Anexo I: indicar el presupuesto solicitado (art. 5.3). |
BS508B 2023/139 |
Asociación Antonio Noche |
G15210388 |
– Proyecto de actividades (art. 7.1). |
BS508B 2023/140 |
Fundación Educativa Lar |
G27817493 |
– Proyecto de actividades (art. 7.1). |
BS508B 2023/144 |
Asociación de Axuda a Estudantes Estranxeiros |
G70406038 |
– Proyecto de actividades (art. 7.1): indicar una denominación/nombre, indicar un presupuesto desglosado del coste total de todas las actividades y adaptar las actividades propuestas acorde al art. 3.1.b). |
BS508B 2023/145 |
Asociación de Produtores de Madeiras das Somozas, Promaso |
G70067707 |
– Proyecto de actividades (art. 7.1). |
BS508B 2023/148 |
Asociación Grupo Scout Ilex |
G32466187 |
– Anexo I y proyecto de actividades: la fecha de inicio del proyecto indicada en cada uno de ellos no coincide. |