Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 67 Miércoles, 5 de abril de 2023 Pág. 22338

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social y Juventud

RESOLUCIÓN de 24 de marzo de 2023, de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, por la que se publica el requerimiento de subsanación de la documentación de las solicitudes presentadas al amparo de la Orden de 11 de enero de 2023 por la que se regulan las bases que regirán las subvenciones para entidades de acción voluntaria de carácter privado para el fomento y la realización de actividades de voluntariado y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento BS508B).

El 26 de enero de 2023, se publica en el Diario Oficial de Galicia número 18, la Orden de 11 de enero por la que se regulan las bases que regirán las subvenciones para entidades de acción voluntaria de carácter privado para el fomento y la realización de actividades de voluntariado y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento BS508B).

El artículo 6 de la orden de convocatoria establece el plazo y la forma de presentación de las solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes señalado en el citado artículo es de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia.

Asimismo, en el artículo 7 de la orden se determina la documentación complementaria necesaria para la tramitación del procedimiento.

Una vez revisadas las solicitudes presentadas al amparo de dicha orden de convocatoria por el órgano encargado de la instrucción, se identificaron aquellas aquellas que no reúnen la documentación necesaria, bien por no haberla presentado, bien por contener errores o por no ser suficiente para la determinación del cumplimiento de los requisitos exigidos para su posterior remisión a la comisión encargada de su valoración.

El artículo 8 de dicha orden establece, de conformidad con lo previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que si en la solicitud se aprecian defectos o falta de documentación, el órgano instructor requerirá a la entidad solicitante para que, en un plazo de diez (10) días hábiles desde el día siguiente a la notificación de dicho requerimiento, subsane la falta o aporte los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciese, se considerará desistida de su petición, previa resolución, que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de dicha ley.

Asimismo, el artículo 14 de la orden de convocatoria establece que se publicarán en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de dicha Ley 39/2015, de 1 de octubre, los actos administrativos y la correspondiente resolución de este procedimiento y que esta publicación surtirá los efectos de notificación.

Por todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del acto de requerimiento de subsanación de solicitudes dictado por el órgano instructor del procedimiento el 23 de marzo de 2023 en el que se relacionan las entidades que deben subsanar la solicitud y/o completar la documentación preceptiva exigida según lo establecido en las bases reguladoras, y que figura como anexo de esta resolución.

2. Hacer indicación expresa a las entidades solicitantes que se relacionan en el requerimiento recogido en el anexo para que, en el plazo de diez (10) días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, subsanen la falta o aporten los documentos preceptivos conforme se establece en la orden de convocatoria. De no hacerlo, se darán por desistidas en su petición, previa resolución, que será dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

3. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de subsanación de la documentación de las solicitudes, podrán dirigirse a la Consellería de Política Social y Juventud a través de los teléfonos 981 95 79 15 o 881 99 65 30.

Santiago de Compostela, 24 de marzo de 2023

Cristina Pichel Toimil
Directora general de Juventud, Participación y Voluntariado

ANEXO

Requerimiento de subsanación de solicitudes

Convocatoria: Orden de 11 de enero de 2023 por la que se regulan las bases que regirán las subvenciones para entidades de acción voluntaria de carácter privado para el fomento y la realización de actividades de voluntariado y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento BS508B).

Acto administrativo: requerimiento de subsanación de solicitudes en la Orden de 11 de enero de 2023.

Fecha del acto: 23 de marzo de 2023.

Órgano competente: Servicio de Voluntariado y Participación.

Efectos: las entidades solicitantes tendrán un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del acto en el Diario Oficial de Galicia, para subsanar la falta o aportar los documentos preceptivos. De no hacerlo, se tendrán por desistidas en su petición, previa resolución, que será dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Relación de expedientes:

Nº de exp.

Solicitante

NIF de la entidad

Documentación requerida

BS508B 2023/043

Asociación Mirabal

G70312954

Proyecto de actividades (art. 7.1):
– La temporalización del proyecto debe estar comprendida en el período establecido en el artículo 2.
– Cuantificar el número de personas beneficiarias acorde con el anexo I.
– Revisar las tablas del presupuesto y cuadrar las cifras reflejadas en los apartados 7, 8 y 9.

BS508B 2023/047

Agrupación Xuvenil, Socio Cultural, Recreativa y Deportiva Brigantium

G15404403

– Anexo I: adaptar el presupuesto solicitado (artículo 5.3).
– Proyecto de actividades (artículo 7.1): indicar las fechas de inicio y fin de las actividades del proyecto (art. 2) y revisar la coherencia de las partidas presupuestarias.

BS508B 2023/068

Asociación Aliad-Ultreia

G27021120

– Anexo I y proyecto de actividades: el número de personas voluntarias y personas beneficiarias indicadas en cada uno de ellos no coincide.

BS508B 2023/089

Asociación Cultural O Castro

G36116879

– Anexo I: adaptar el presupuesto solicitado (art. 5.3).
– Proyecto de actividades: adaptar las partidas del presupuesto a los conceptos subvencionables (art. 5.1).
– Anexo I y proyecto de actividades: el número de personas voluntarias indicadas en cada uno de ellos no coincide.

BS508B 2023/102

Asociación O Son do Pobo

G94017704

– Proyecto de actividades (art. 7.1): indicar lo objetivos, la identificación de los problemas que se pretenden abordar, el número de personas voluntarias con las que se pretende ejecutar el proyecto y el número de días que participará cada una de ellas.

– Anexo I y proyecto de actividades: el presupuesto solicitado, el número de personas beneficiarias y la duración del proyecto indicados en cada uno de ellos no coincide.

BS508B 2023/112

Asociación de Familiares de Enfermos de Alzhéimer y otras Demencias de Galicia, Afaga

G36776920

– Anexo I: adaptar el presupuesto solicitado (art. 5.3).

– Proyecto de actividades (art. 7.1): revisar las fechas de las actividades (art. 2).

– Anexo I y proyecto de actividades: la fecha de fin de proyecto no coincide.

BS508B 2023/125

Asociación de Celíacos de Galicia, ACEGA

G15675960

– Acreditación fehaciente de la persona representante legal de la entidad.

BS508B 2023/127

Cáritas Diocesana de Tui-Vigo

R3600368I

– Anexo I: indicar el presupuesto solicitado (art. 5.3).

BS508B 2023/139

Asociación Antonio Noche

G15210388

– Proyecto de actividades (art. 7.1).

BS508B 2023/140

Fundación Educativa Lar

G27817493

– Proyecto de actividades (art. 7.1).
– Anexo I: debidamente cubierto.

BS508B 2023/144

Asociación de Axuda a Estudantes Estranxeiros

G70406038

– Proyecto de actividades (art. 7.1): indicar una denominación/nombre, indicar un presupuesto desglosado del coste total de todas las actividades y adaptar las actividades propuestas acorde al art. 3.1.b).
– Acreditación fidedigna de la persona representante legal de la entidad.

BS508B 2023/145

Asociación de Produtores de Madeiras das Somozas, Promaso

G70067707

– Proyecto de actividades (art. 7.1).
– Anexo I: indicar un presupuesto solicitado (art. 5.3) y rectificar la fecha de fin de proyecto (art. 2).
– Acreditación fehaciente de la persona representante legal de la entidad.

BS508B 2023/148

Asociación Grupo Scout Ilex

G32466187

– Anexo I y proyecto de actividades: la fecha de inicio del proyecto indicada en cada uno de ellos no coincide.
– Proyecto de actividades (art. 7.1): indicar el número de personas beneficiarias y el número de personas voluntarias.