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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 66 Martes, 4 de abril de 2023 Pág. 22066

III. Otras disposiciones

Presidencia de la Xunta de Galicia

EXTRACTO de la Resolución de 28 de marzo de 2023, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras del programa Escuelas Abiertas para entidades gallegas del exterior y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento PR923E).

BDNS (Identif.): 685335.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias y requisitos

1. Programa Escuelas Abiertas para personas responsables de impartir docencia en actividades de cultura tradicional gallega o de la confección de trajes tradicionales gallegos.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones establecidas para estas modalidades del programa las entidades gallegas asentadas fuera de Galicia que estén reconocidas en cualquiera de las categorías establecidas en el artículo 4 de la Ley 7/2013, de 13 de junio, de la galleguidad, y cumplan los siguientes requisitos:

a) Tener escuelas constituidas o grupos consolidados de la especialidad solicitada que acrediten una actividad continuada.

b) Tener grupos constituidos en los últimos diez años y estar en su proceso de recuperación, en el supuesto de no cumplir el requisito establecido en la letra a).

c) Tener grupo de baile o música debidamente constituido y con un funcionamiento ininterrumpido, como mínimo, durante cuatro años, en el supuesto de solicitar participar en el taller de confección de traje tradicional gallego.

Las personas propuestas deben ser mayores de 18 años y menores de 65. A pesar de lo anterior, mediante resolución razonada, a la vista de circunstancias excepcionales de excelencia en las materias que se impartirán en el taller correspondiente, la persona titular de la Secretaría General de la Emigración podrá autorizar la participación de alguna persona mayor o menor de estas edades.

2. Programa Escuelas Abiertas para personal responsable de la cocina.

Podrán ser beneficiarias de esta modalidad del programa las entidades gallegas asentadas fuera de Galicia que estén inscritas en las secciones de comunidades gallegas, centros colaboradores o federaciones de entidades del Registro de la Galleguidad que cuenten con servicio de cocina o comedor que ofrezca menús elaborados.

Las personas propuestas deben estar trabajando en la cocina o comedor de la entidad gallega solicitante, ya la gestionen directamente o tengan arrendada o cedida a una tercera persona, y tener una experiencia superior a un año desde la data de publicación de la convocatoria.

3. Programa Escuelas Abiertas para promover la cualificación de la juventud en el desempeño de cargos directivos.

Podrán ser beneficiarias de esta modalidad del programa las entidades gallegas asentadas fuera de Galicia que estén inscritas en las secciones de comunidades gallegas, centros colaboradores o federaciones de entidades del Registro de la Galleguidad.

Las personas propuestas deberán tener una edad comprendida entre los 21 y 35 años y formar parte de la junta directiva de la entidad cuando menos, durante un año desde la data del final del plazo de presentación de solicitudes.

4. No podrán ser beneficiarias las entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

5. Las entidades solo podrán solicitar una candidatura por modalidad según el modelo normalizado del anexo II (ficha de la persona propuesta). Asimismo, no podrán proponer la participación en el programa de personas que ya hayan participado en él, en cualquiera de las modalidades convocadas, más de dos veces en las últimas cuatro convocatorias del programa. Si así fuere, quedarán excluidas.

6. Los requisitos tienen que cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes.

Segundo. Objeto

Esta resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras del programa Escuelas Abiertas, dirigido a la juventud que está ocupando cargos directivos en las entidades gallegas del exterior y a las personas responsables de impartir docencia en actividades de cultura tradicional gallega, de la confección de trajes tradicionales gallegos para la entidad, o responsables de la cocina en dichas entidades (código de procedimiento administrativo PR923E).

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 28 de marzo de 2023, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras del programa Escuelas Abiertas para entidades gallegas del exterior y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento PR923E).

Cuarto. Importe

Las ayudas del programa tienen la consideración de ayudas en especie y, consecuentemente, no suponen contabilización de gasto. Los servicios que prestan las personas participantes en esta convocatoria serán objeto de licitación, de acuerdo con la normativa de contratos del sector público.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. De acuerdo con el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiere día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.

Santiago de Compostela, 28 de marzo de 2023

Antonio Rodríguez Miranda
Secretario general de la Emigración