En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia, por la Ley 18/2021, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, y por el artículo 46 de la Ley 7/2022, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas; en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y demás normas vigentes de aplicación, se somete a información pública la solicitud relacionada con la instalación que se describe a continuación:
Solicitante/promotora: Naturgy Renovables, S.L.U.
Domicilio social: avenida de Arteixo, 171, 15007 A Coruña.
Denominación del proyecto: parque eólico A Espada.
Ayuntamientos afectados: Agolada y Lalín (Pontevedra) y Antas de Ulla (Lugo).
Potencia a instalar: 36 MW.
Potencia máxima evacuable: 33,3 MW.
Producción neta anual estimada: 106.800 MWh/año.
Presupuesto de ejecución material (sin IVA): 37.765.347,95 €.
Localización (coordenadas UTM, huso 29 ETRS89):
Coordenadas que definen la poligonal del parque eólico:
Vértice poligonal |
Parque eólico A Espada |
|
ETRS89 |
||
UTM29N-X |
UTM29N-Y |
|
A |
580.300 |
4.739.100 |
B |
584.300 |
4.739.100 |
C |
584.300 |
4.731.700 |
D |
579.100 |
4.731.700 |
E |
577.500 |
4.736.600 |
Localización de los aerogeneradores:
Aerogenerador |
Parque eólico A Espada |
|
ETRS89 |
||
UTM29N-X |
UTM29N-Y |
|
AE-01 |
579.455,48 |
4.732.299,39 |
AE-02 |
579.404,61 |
4.732.975,00 |
AE-03 |
579.021,58 |
4.733.587,09 |
AE-04 |
579.454,22 |
4.734.092,52 |
AE-05 |
578.496,96 |
4.735.715,28 |
AE-06 |
582.268,03 |
4.735.964,25 |
AE-07 |
581.270,44 |
4.738.161,66 |
AE-08 |
581.646,00 |
4.734.427,00 |
Localización de la subestación:
Subestación |
Parque eólico A Espada |
|
ETRS89 |
||
UTM29N-X |
UTM29N-Y |
|
CT/SUB |
579.580,97 |
4.732.800,22 |
CT/SUB_ENV |
579.563,47 |
4.732.832,47 |
CT/SUB_ENV |
579.612,40 |
4.732.822,18 |
CT/SUB_ENV |
579.600,87 |
4.732.767,37 |
CT/SUB_ENV |
579.551,94 |
4.732.777,67 |
Localización de la torre meteorológica:
Torre meteorológica |
Parque eólico A Espada |
|
ETRS89 |
||
UTM29N-X |
UTM29N-Y |
|
TM |
579.795,96 |
4.734.059,06 |
Las características técnicas principales de las instalaciones de generación, transformación e interconexión del parque eólico son las siguientes:
• 8 aerogeneradores modelo Nordex N155 de 4.500 kW de potencia nominal unitaria con una altura de torre de 122,5 metros y con diámetro de rotor de 155 metros.
• 8 centros de transformación, instalados unitariamente en el interior de la góndola de cada aerogenerador, formados por transformadores de 4.800 kVA de potencia nominal y relación de transformación 0,69/30 kV, celdas de 30 kV y los correspondientes equipos de protección, telemando y demás elementos auxiliares.
• Red subterránea a 30 kV, con conductor tipo RHZ1 2OL (S) 18/30 kV Al +H16, para la evacuación de la energía generada e interconexión entre los centros de transformación 0,69/30 kV y la subestación transformadora 30/220 kV.
• Una torre meteorológica autosoportada de 122,5 m de altura.
• Subestación transformadora 30/220 kV, con edificio de control, transformador de potencia trifásico de 35/40 MVA ONAN/ONAF, transformador de servicios auxiliares de 50 kVA de potencia nominal y relación de transformación 30/0,42-0,242 kV, equipos de seccionamiento, medida, protección, telemando y demás elementos auxiliares.
Órgano competente: el órgano competente para autorizar el proyecto de la referida instalación eléctrica es la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales.
Procedimiento de evaluación ambiental: el proyecto de la referida instalación eléctrica está sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria, según lo establecido en el artículo 7.1.a) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 33 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, y por las demás normas de aplicación, relacionadas al inicio de esta resolución, constituyen el objeto de la información pública los siguientes documentos: proyecto de ejecución (firmado el 29.11.2022 y visado el 1.12.2022), estudio de impacto ambiental (firmado el 14.2.2023) y proyecto de interés autonómico (firmado el 29.11.2022 y visado el 1.12.2022).
Esta documentación estará a disposición de los interesados en las dependencias de la sección de Energía de las jefaturas territoriales de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación de Pontevedra (avenida Mª Victoria Moreno, 43, 5º, 36071 Pontevedra) y de Lugo (ronda de la Muralla, 70, 27071 Lugo), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, con cita previa, respectivamente, en el teléfono 986 80 52 11, y en el correo electrónico enerxia-minas.ceei.ourense@xunta.gal o en el teléfono 988 38 67 35, así como en los ayuntamientos de Agolada y Lalín (Pontevedra) y Antas de Ulla (Lugo), y en la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales (Edificio Administrativo San Caetano, s/n, bloque 5, 4ª planta, 15781 Santiago de Compostela), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, con cita previa en el correo electrónico subdireccion.enerxia@xunta.gal o en los teléfonos 981 54 45 79/981 54 55 73. Además, también se podrá consultar en el portal web de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación:
https://ceei.xunta.gal/transparencia/informacion-publica/en-tramitacion/instalacions-de-xeracion
Lo que se hace público para conocimiento general y para que las personas interesadas puedan examinar los documentos indicados anteriormente y presentar las alegaciones que estimen oportunas en el plazo de 30 días, contados a partir de la última publicación de esta resolución.
Santiago de Compostela, 28 de febrero de 2023
Pablo Fernández Vila
Director general de Planificación Energética y Recursos Naturales