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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 46 Martes, 7 de marzo de 2023 Pág. 16711

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 27 de enero de 2023, de la Jefatura Territorial de Ourense, por la que se conceden las autorizaciones administrativas previa y de construcción y se declara, en concreto, de utilidad pública, a efectos de la urgente ocupación, una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Nogueira de Ramuín (expediente IN407A 2022/140-3).

Examinado el expediente instruido por solicitud de UFD Distribución Electricidad, S.A. sobre las autorizaciones administrativas previa y de construcción y la declaración, en concreto, de utilidad pública de las instalaciones eléctricas que se describen a continuación:

Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Domicilio social: avenida de America, 38, 28028 Madrid.

Denominación: reglamentación LMT PRS806 en apoyo BI6J93DJ//93-4.

Ubicación: ayuntamiento de Nogueira de Ramuín.

Presupuesto: 8.687,23 €.

Características principales del proyecto de ejecución, que fue firmado por el ingeniero técnico industrial Sergio Rodríguez Rodríguez, colegiado número 482 del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Ourense, el 10 de junio de 2022:

– Reforma de la LMTA PRS806, a 20 kV, con la sustitución de los apoyos de hormigón, números 93-4 y 93-5, por apoyos tipo celosía de tipo C-1000-16 (T35/180), y cambio del elemento de maniobra XS 32H894 del apoyo número 93, que se encuentra en situación antirreglamentaria, al 93-4, y del conductor actual en la zona afectada por nuevo conductor LA-56, tramo de 222 m.

La información pública del proyecto fue realizada mediante el Acuerdo de esta jefatura territorial de 26 de agosto de 2022, que fue insertado en el DOG de 21 de septiembre y en el periódico La Región de Ourense de 18 de septiembre. El proyecto también estuvo en exposición pública en esta jefatura territorial y en el portal de transparencia de esta vicepresidencia durante el plazo reglamentario. Dentro del plazo establecido para ello fueron presentadas alegaciones por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Galicia relativas a la falta de competencia profesional del redactor del proyecto técnico, debido a la falta de especialidad. En la contestación realizada por el solicitante se justifica la competencia profesional al no sobrepasarse la limitación cuantitativa de sesenta y seis mil voltios de tensión establecida en el Real decreto ley 37/1977, de 13 de junio, sobre atribuciones de los peritos industriales. Además, esta determinación fue ratificada por la Sentencia de 9 de julio de 2002, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, dictada en el ámbito del recurso de casación número 7785/1994, que establece que «Los ingenieros técnicos industriales tienen ilimitadas atribuciones profesionales dentro de su especialidad y limitadas en el resto de especialidades con las limitaciones cuantitativas que se reflejaban en el artículo 1 del Real decreto ley 37/1977, de 13 de junio, sobre las atribuciones de los peritos industriales».

En consecuencia, no se tienen en cuenta las alegaciones formuladas por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Galicia.

Para dar cumplimiento al artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se realizó el trámite de notificación a desconocidos con el correspondiente anuncio, que se insertó en el Diario Oficial de Galicia (DOG) de 18 de octubre de 2022 y en el tablón edictal único (TEU) del Boletín Oficial del Estado (BOE) de 24 de octubre.

En consecuencia, cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en los capítulos II y V del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, así como en la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero), esta jefatura territorial

RESUELVE:

Conceder las autorizaciones administrativas previa y de construcción y declarar, en concreto, la utilidad pública de dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Estas autorizaciones se otorgan sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de seis meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Que por el representante de la Administración, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 149 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dé comienzo al levantamiento de las actas previas a la ocupación, en los días y horas que a cada interesado se le notifiquen de manera individual, de aquellas fincas que figuran en el anexo del acuerdo de información pública del proyecto, arriba señalado.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Ourense, 27 de enero de 2023

Alicia María López Míguez
Jefa territorial de Ourense