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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 35 Lunes, 20 de febrero de 2023 Pág. 14830

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 27 de enero de 2023, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Bergondo (expediente IN407A 2022/189-1).

Expediente: IN407A 2022/189-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación de la instalación: punto de entronque MT calle parroquia de Guísamo, nº 6.

Ayuntamiento: Bergondo.

Hechos:

1. El día 8 de junio de 2022, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada, con la finalidad de dar respuesta a una solicitud de suministro de energía eléctrica en media tensión para un centro de biotecnología con una potencia total solicitada de 450 kW situado en el polígono industrial de Bergondo (calle parroquia de Guísamo), ayuntamiento de Bergondo. Se proyecta dar punto de conexión en una nueva celda a instalar en el centro de transformación en edificio prefabricado existente CT polígono de Bergondo, nº 2 (15C731, expediente 51.800) de 630 kVA, alimentado por la línea de distribución de media tensión soterrada BEG-714 (polígono de Bergondo, 1 14) procedente de la subestación de Bergondo, instalándose en su lugar un nuevo bloque de celdas telecontrolado.

Entregan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto, conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, que comprende los documentos siguientes:

1) Proyecto de ejecución denominado punto de entronque MT calle parroquia de Guísamo, nº 6, firmado por Raúl Guillermo Naveira Dueñas, ingeniero técnico industrial, esp. electricidad, nº de colegiado 1.905 de A Coruña, el 24 de noviembre de 2022.

2) Anexo, firmado por Raúl Guillermo Naveira Dueñas, ingeniero técnico industrial, esp. electricidade, nº de colegiado 1.905 de A Coruña, el 24 de noviembre de 2022.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Conforme a los artículos 127.1 y 127.2 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dio traslado a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas de una separata del proyecto, en la parte en que la instalación haya podido afectar a bienes y derechos a su cargo, conteniendo las características de la instalación y la documentación cartográfica corrrespondiente. Se le solicitó el preceptivo informe al ayuntamiento de Bergondo. La empresa promotora manifestó su conformidad con los condicionados establecidos por dicho ayuntamiento

4. De fecha 28 de diciembre de 2022, se emitió el preceptivo informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según lo establecido en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el Decreto 73/2022, de 25 de mayo, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia, y en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación.

2. La legislación aplicable a este expediente es la que se relaciona:

a) La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

b) El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

c) El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

d) El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban elReglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

e) El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

f) La Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

3. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

– Sustitución del actual bloque de celdas compactas de tipo 2L+1P del CT polígono de Bergondo, nº 2 (15C731, expediente 51.800), alimentado actualmente por la LMTS BEG-714 (polígono de Bergondo, 1 14) a 15 kV procedente de la subestación de Bergondo.

– Nuevo conjunto de celdas de línea compactas, en configuración 3L+1P, formado por dos celdas telecontroladas (salida de línea), una celda telemandada (entrada de línea) y una celda de protección de trafo, todas ellas dotadas con envolvente metálica y aislamiento en SF6.

– Nueva bancada para alojar las celdas de media tensión proyectadas.

– Se desmontará el armario del equipo telegestor, función que ya irá incorporada en la nueva celda de protección proyectada.

– Alimentación auxiliar en BT desde el CBT para las celdas telecontroladas proyectadas.

– Todos los elementos metálicos proyectados se conectarán a la red de tierras existente del CT.

4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

I. Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

II. Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a la empresa promotora esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 27 de enero de 2023

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña