La consellería con competencias en materia de política social y juventud convocó para el año 2022, a través de la Orden de 27 de abril de 2022, las subvenciones a las entidades de acción voluntaria de carácter privado para el fomento y la realización de actividades de voluntariado (Diario Oficial de Galicia, número 87, de 5 de mayo de 2022).
Por Resolución de 31 de agosto de 2022, de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, se publica la Resolución de 24 de agosto de 2022, de concesión de las subvenciones presentadas al amparo de dicha Orden de 27 de abril de 2022 (Diario Oficial de Galicia número 172, de 9 de septiembre).
El artículo 16 de la orden de convocatoria establece el plazo y la forma de presentación da justificación de las ayudas concedidas. La fecha límite para la presentación de la justificación se estableció en el día 8 de noviembre de 2022.
Asimismo, en el punto 1 de dicho artículo 16 de la orden se determina la documentación necesaria para la justificación de la ayuda concedida.
Una vez revisadas las justificaciones presentadas al amparo de dicha orden de convocatoria por el órgano encargado de la instrucción, se identificaron aquellas que no reúnen la documentación necesaria, bien por no haberla presentado, bien por contener errores o por no ser suficiente para la determinación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de la concesión de la subvención.
El artículo 16.3 de dicha orden establece que, transcurrido el plazo establecido de justificación sin haber presentado esta ante el órgano administrativo competente, este requerirá a la entidad beneficiaria para que en el plazo improrrogable de diez días la presente. La falta de presentación de la justificación en dicho plazo comportará la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención, la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. La presentación de la justificación en dicho plazo adicional no eximirá a la entidad beneficiaria de las sanciones que conforme a la ley correspondan.
Asimismo, el artículo 14 de la orden establece que se publicarán en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los actos administrativos y las correspondientes resoluciones de este procedimiento y que esta publicación producirá los efectos de notificación.
Por todo lo expuesto,
RESUELVO:
1. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del acto de requerimiento de la documentación justificativa de la ayuda concedida, dictado por el órgano instructor del procedimiento con fecha de 9 de febrero de 2023, en el que se relacionan las entidades que deben subsanar las justificaciones y/o completar la documentación preceptiva exigida según lo establecido en las bases reguladoras y que figura como anexo a esta resolución.
2. Hacer indicación expresa a las entidades beneficiarias que se relacionan en el requerimiento recogido en el anexo para que, en el plazo de diez (10) días contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, subsanen la falta o aporten los documentos preceptivos de acuerdo con lo establecido en la orden de convocatoria. De no hacerlo, de acuerdo con el artículo 16.3 de la orden, con el artículo 28.10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, y con el artículo 45 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, ello comportará la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención, la exigencia de reintegro y demás responsabilidades que correspondan.
3. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de subsanación de la documentación de las justificaciones, podrán dirigirse a la Consellería de Política Social y Juventud a través de los teléfonos 981 95 79 20 o 881 99 65 30.
Santiago de Compostela, 10 de febrero de 2023
Cristina Pichel Toimil
Directora general de Juventud, Participación y Voluntariado
ANEXO
Requerimiento de enmienda de la documentación justificativa
de las ayudas concedidas
Convocatoria: Orden de 27 de abril de 2022 por la que se regulan las bases que regirán la concesión de las subvenciones a las entidades de acción voluntaria de carácter privado para el fomento y la realización de actividades de voluntariado, y se procede a su convocatoria para el año 2022 (código de procedimiento BS508B).
Acto administrativo: requerimiento de subsanación de la documentación justificativa de las ayudas concedidas al amparo de la Orden de 27 de abril de 2022.
Fecha del acto: 9 de febrero de 2023.
Órgano competente: Servicio de Voluntariado y Participación.
Efectos: las entidades beneficiarias que se relacionan a continuación tendrán un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del acto en el Diario Oficial de Galicia, para subsanaar la falta o aportar los documentos preceptivos. De no hacerlo, ello comportará la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención, la exigencia del reintegro y demás responsabilidades que correspondan de acuerdo con el artículo 16.3 de la orden, con el artículo 28.10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, y con el artículo 45 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio.
Relación de expedientes:
Nº expte. |
Solicitante |
NIF de la entidad |
Documentación requerida |
2022/005 |
Helsinki España Dimensión Humana |
G80540552 |
– Anexo III: enviar completo y debidamente firmado, junto con la documentación establecida en el art. 16.1.d). – Anexo II: adaptar a los cambios del anexo III. |
2022/014 |
Asociación Asistencial TDAH Salnés |
G94125648 |
– Memoria económica (art. 16.1.b). – Anexo III (art. 16.1.d). – Presentar la póliza del seguro de las personas voluntarias (art. 3.1.c). – Documentación acreditativa del pago de las facturas presentadas (art. 16.1.d). |
2022/020 |
Fundació Isidre Esteve |
G25726316 |
– Justificación de la ayuda concedida (art. 16). |
2022/037 |
Asociación Ambiental Senda Nova |
G70175401 |
– Anexo III: corregir de acuerdo con los justificantes de los gastos presentados y remitir copia de las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico-mercantil de los gastos realizados (art. 16.1.d). – Anexo II: corregir el punto primero de acuerdo con el proyecto solicitado y adaptar los otros puntos a los cambios del anexo III. – Memoria económica: adaptar a los cambios del anexo III. |
2022/039 |
Asociación Socioeducativa para la Educación, Aseduc |
G70067830 |
– Justificación de la ayuda concedida (art. 16). |
2022/050 |
Aspronaga, Asociación Pro Personas con Discapacidad Intelectual de Galicia |
G15028855 |
– RNT octubre para las nóminas del anexo III (art. 16.1.d.4º). |
2022/055 |
Sociedade Recreativa San Xoán de Calo |
G15069883 |
– Memoria de las actividades realizadas (art. 16.1.a). – Memoria económica (art. 16.1.b). – Documentación justificativa de las nóminas presentadas (art. 16.1.d.4º). |
2022/062 |
Asociación Santiago Apóstolo de Cangas |
G36204931 |
– Documentación justificativa de las nóminas presentadas (art. 16.1.d.4º). |
2022/070 |
Fundación Meniños |
G15551120 |
– Modelo 111 del 3er trimestre y justificante de pago (art. 16.1.d.4º). |
2022/072 |
Asociación Itínera de Voluntarios en Saúde Mental |
G15983570 |
– Anexo III: corregir el gasto de la nómina de octubre de acuerdo con el art. 16.1.d.4º. – Anexo II: adaptar a los cambios del anexo III. – Memoria económica: adaptar a los cambios del anexo III. |
2022/073 |
Asociación Aliad-Ultreia |
G27021120 |
– RNT agosto para las nóminas del anexo III (art. 16.1.d.4º). – Recibí de los pagos por desplazamiento de las personas voluntarias. |
2022/080 |
Asociación Gallega de Afectados por Trasplantes Medulares, Asotrame |
G70370713 |
– Memoria de las actividades realizadas (art. 16.1.a.). – Memoria económica (art. 16.1.b). – Presentar los justificantes de pago de los seguros para acreditar la cobertura durante toda la ejecución del proyecto (art. 16.1.d.3º). – Remitir copia de las nóminas y facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico-mercantil de los gastos realizados y documentación acreditativa de su pago (art. 16.1.d). |
2022/095 |
Club Hockey Compostela |
G70160114 |
– Presentar los justificantes de pago de los seguros para acreditar la cobertura durante toda la ejecución del proyecto (art. 16.1.d.3º). – Anexo III: corregir de acuerdo con los justificantes de los gastos presentados – Memoria económica: adaptar a los cambios del anexo III. – RNT octubre para las nóminas del anexo III (art. 16.1.d.4º). – Corregir el gasto de la nómina de octubre de acuerdo con el art. 16.1.d.4º. |
2022/096 |
Asociación Esgaia Inserta |
G16918641 |
– Anexo III (art. 16.1.d): revisar las cantidades indicadas en los seguros y adaptar la relación de facturas a los documentos presentados. – Anexo II: revisar el punto segundo y adaptar a los cambios del anexo III. – Memoria económica: adaptar a los cambios del anexo III. – Presentar los justificantes de pago de los seguros para acreditar la cobertura durante toda la ejecución del proyecto (art. 16.1.d.3º). – Remitir copia de las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico-mercantil de los gastos realizados (art. 16.1.d). – RNT octubre para las nóminas del anexo III (art. 16.1.d.4º). |
2022/097 |
Asociación Lucense de Esclerosis Múltiple, Alucem |
G27209535 |
– Presentar los justificantes de pago de los seguros para acreditar la cobertura durante toda la ejecución del proyecto (art. 16.1.d.3º). |
2022/100 |
Asociación Vodea |
G27861061 |
– Justificación de la ayuda concedida (art. 16). |
2022/104 |
Asociación Síndrome de Down de A Coruña |
G15731466 |
– Anexo III: enviar completo y debidamente firmado (art. 16.1.d). – Anexo IV (art. 16.1.e). |
2022/106 |
Asociación Antonio Noche |
G15210388 |
– Justificación de la ayuda concedida (art. 16). |
2022/111 |
Asociación de Familiares de Enfermos de Alzhéimer de Bergantiños y otras Demencias, Afaber |
G15821572 |
– Anexo III: corregir de acuerdo con los justificantes de los gastos presentados. – Documentación justificativa de la nómina presentada (art. 16.1.d.4º). |
2022/120 |
Asociación Ecos do Sur |
G15354483 |
– RNT octubre para las nóminas del anexo III (art. 16.1.d.4º). |
2022/122 |
Fundación Baiuca Verdescente |
G70542113 |
– Justificación de la ayuda concedida (art. 16). |
2022/123 |
Asociación Ámbar das Persoas con Diversidade Funcional |
G15052434 |
– RNT marzo para las nóminas del anexo III (art. 16.1.d.4º). – Anexo III y memoria económica: adaptar el gasto de la nómina de octubre de acuerdo con el art. 16.1.d.4º. |
2022/125 |
Fundación Pazo de Mos |
G36417251 |
– Anexo II: indicar los datos del punto 4 de acuerdo con el anexo IV y remitir debidamente firmado. – Anexo III: remitir debidamente firmado. – RNT octubre para la nómina del anexo III (art. 16.1.d.4º). – Memoria económica (art. 16.1.b). |
2022/126 |
Asociación de Migrantes de Galicia, Amiga |
G70578083 |
– Anexo III: indicar el gasto computable y retirar los gastos inventariables. – Anexo II: corregir el punto primero de acuerdo con el proyecto solicitado y adaptar los otros puntos a los cambios del anexo III. – Aportar acreditación de la titularidad de las tarjetas de pago y da su asociación a la cuenta de la entidad (art. 16.1.d.1º). |
2022/129 |
Asociación Pratodo |
G27505916 |
– Presentar los justificantes de pago del seguro de accidentes para acreditar la cobertura durante toda la ejecución del proyecto (art. 16.1.d.3º). – Anexo II: adaptar la solicitud a los cambios del anexo III y debidamente firmado por el representante de la entidad. – Anexo III: enviar completo y debidamente firmado por el representante de la entidad. – Memoria económica (art. 16.1.b): adaptar a los gastos indicados en el anexo III. – Anexo IV (art. 16.1.e) debidamente firmado por el representante de la entidad. – Remitir copia de las nóminas y facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico-mercantil de los gastos realizados (art. 16.1.d). |